34 años sin levantar el acelerador para los derechos en la infancia

.

. / Shutterstock

Jose Manuel Suárez Sandomingo y Jose Carlos Otero López **

Ayer, 20 de noviembre, se celebró el trigésimo cuarto aniversario de la Convención de los Derechos del Niño. Un aniversario que, como todos los años, concitó multitud de actos para dar la palabra a los menores como demandantes de responsabilidades y de nuevas prerrogativas. También hubo eventos institucionales e informales para que los adultos ponderasen lo que se ha hecho y lo que todavía queda por hacer en torno a las realidades de la infancia. Aquel año 1989 yo escribía un artículo titulado “Érase una vez los Derechos del Niño…” que me permitió ganar el primer premio nacional de Unicef en prensa. En él exponía las pocas consecuencias que había tenido la Declaración de los Derechos del Niño desde su aprobación por la ONU en 1959.

Pero hoy tengo que decir que la convención sí ha supuesto todo un aldabonazo en la creación de nuevos derechos de la infancia en todo tipo de ámbitos. En primer lugar, hay que decir que la Convención está incorporada desde 1990 a la legislación española como un referente de derechos para todos los niños nacidos o residentes en España. Además, muchas de las Comunidades también incorporaron a sus textos legales muchos de sus artículos, a la vez que los incrementaban o referenciaban algunas de sus previsiones o actividades de una forma más concreta. Tampoco se puede dejar de lado el hecho de que el concepto legal de niño, enunciado en la Convención y que abarca el periodo que va el nacimiento a los dieciocho años, haya sido dividido en varias etapas.

“Establecer las etapas de la infancia permite a gestionar mejor los derechos en función de las necesidades y oportunidades de cada una”

José Manuel Suárez Sandomingo

— Presidente de la Asociación de Pedagogos y Pedagogas de Galicia

Algo que se observa en todas las legislaciones que han tratado de cumplir con los designios de la Convención al preferir definirlo en función de sus etapas biológicas de niñez, adolescencia y juventud.

Una división que, además, le permite al legislador gestionar mejor los derechos en función de las necesidades y oportunidades de cada una de estas. Así, la Comunidad Gallega, expresando su interés por legislar los aspectos relativos a la “infancia”, los concretó en una ley de 1997 en donde los vincula con las etapas de la infancia y la adolescencia. Mientras, el Estado, el año anterior, había emitido su propia norma bajo el concepto de menor (Ley de Protección Jurídica del Menor). Un concepto que aludía a los artículos 12 de la Constitución española y del 315 del Código Civil en los que se determina que la mayoría de edad se alcanza en España a los 18 años cumplidos. Lo que, por exclusión, viene a significar que ‘menor’ es todo aquel que no ha cumplido dicha edad. Pero como decíamos, la Convención ha supuesto la apertura de muchas y nuevas expectativas a los niños, adolescentes y jóvenes en todos los ámbitos. 

“Uno de los grandes peligros que afectan a la infancia y en el que no se podía pensar en noviembre de 1989 es el mal uso de las nuevas tecnologías”

José Carlos Otero López

— Licenciado en Pedagogía y miembro de APEGA

Uno de los grandes peligros que afectan a la infancia en la sociedad actual y en los que no se podía pensar en noviembre de 1989 es el mal uso de las nuevas tecnologías, con importantes riesgos para la infancia y la juventud y a los que los padres no saben como hacer frente. Son tales como el uso indebido de la información personal, la dificultad para filtrar el exceso de contenidos disponibles, el caudal de información inapropiada, la interferencia en otras actividades imprescindibles para el desarrollo personal de los menores (como el estudio, el deporte, el contacto con la naturaleza, el disfrute del tiempo de ocio...).... Los retos actuales para padres y para pedagogos se centran precisamente en buscar estrategias básicas de procedimiento para neutralizar, o al menos minimizar, los riesgos que conlleva el uso sin control de las nuevas tecnologías y su uso abusivo que puede generar problemas familiares, deterioro de la autoestima, conflictos sociales, etc...

Treinta y cuatro años son muchos años, pero aún vemos cómo todos los días seguimos dándonos cuenta de que todavía no hemos hecho lo suficiente para actuar sobre unas realidades cada vez más complejas de nuestros niños, adolescentes y jóvenes. Así que seguimos, sin poder levantar el pie del acelerador normativo con el que poder cubrir sus nuevas necesidades para afrontar el mundo con todo su derecho.