La condena inicial de 31 años de cárcel impuesta a Aniceto Rodríguez Caneiro por el crimen machista de Isabel Fuentes se revisará en el Tribunal Supremo solo a instancias de la defensa. Tras estudiarlo con su abogada, Beatriz Seijo, la familia de la víctima decide no acudir en casación para sostener la tesis mantenida en el juicio del ensañamiento, por el que pedían agravar la condena hasta los 49 años de prisión. Consideran que el castigo es aceptable para un acusado que cumplirá en septiembre 78 años. Probar esa agravante "es muy complicado y el principio de derecho penal exige un plus de acreditación", explica la abogada.

La sentencia no será firme por ahora, ya que la defensa, ejercida por Jorge Temes, ha anunciado casación. Pide al alto tribunal la declaración no practicada de una psiquiatra del CHUO, que formaba parte del equipo médico que asistió al septuagenario tras el ictus sufrido al autolesionarse después del crimen. Entonces su estado mental estaba más deteriorado. Según la Audiencia Provincial, su evolución garantiza que conserva facultades para ser juzgado. Además descartan que sufriera un trastorno mental cuando ocurrieron los hechos.

El abogado plantea el recurso apelando a la presunción de inocencia. En su opinión, no hay pruebas suficientes de su autoría en el primer ataque. La defensa discute la investigación de la Guardia Civil y cree que no se descartó la hipótesis del robo con violencia. También cuestiona que ni el martillo ni el cuchillo pueden atribuirse a Aniceto Rodríguez como armas del primer intento de asesinato y el crimen consumado en el hospital, respectivamente. Si el Supremo mantiene que el marido fue el autor del primer hecho, perpetrado la noche del 1 al 2 de abril de 2015, la defensa pedirá que se califique como lesiones y no tentativa de asesinato. Mantiene que su alerta a los vecinos -aun culpando del hecho a unos supuestos ladrones- permitió que los servicios de emergencia llegaran a la casa y salvaran a Isabel. El 8 de mayo la remató en el CHUO, apuñalándola.

En declaraciones recogidas por Europa Press, el abogado defensor planteó esta semana la posibilidad de solicitar una excarcelación de Aniceto Rodríguez, cuando la sentencia sea en firme" o "incluso antes", por edad y motivos "humanitarios". La ley contempla la opción de un tercer grado, sin necesidad de que se haya cumplido tres cuartas partes de la condena, si el preso es mayor de 70 años. Pero entre otros requisitos tendría que admitir el delito, cuando se limitó en el juicio a declararse inocente, sin recordar nada. La acusación particular descarta la posibilidad para un delito de sangre y una condena de 31 años, salvo que el acusado sufra una enfermedad terminal. "Sería como invitar a los octogenarios a delinquir con impunidad", subraya la letrada.

Caben permisos "excepcionales" para los presos preventivos -su situación antes de fallo firme-, pero una petición de excarcelación por causas humanitarias tendría que pasar por la junta de tratamiento de la prisión de Pereiro y el juez de Vigilancia Penitenciaria, con los informes de las partes. Tanto la Fiscalía como la familia se opondrán. Consideran que Aniceto Rodríguez no cumple las condiciones y que, en todo caso, la solicitud no procedería antes de la sentencia firme. Al tratarse de una causa con preso, considerada como prioritaria, la respuesta del Supremo podría tardar menos de 6 meses.