Nuevo aval del Supremo a la permanencia de Ence: desestima la nulidad judicial que pidió Greenpeace

La asociación ecologista, al igual que el Concello, reclamó la anulación de la sentencia de febrero que daba validez a la prórroga de la concesión de Costas | El alto tribunal tumba la petición y refuerza las garantías jurídicas de la empresa

Planta de Ence a orillas de la ría en Lourizán.

Planta de Ence a orillas de la ría en Lourizán. / FdV

El Tribunal Supremo da un nuevo paso en las resoluciones judiciales que consolidan la permanencia de Ence en la ría. Es al menos el cuarto en el último año. Del mismo modo que hizo en julio pasado con el Concello y la Abogacía del Estado, el Alto Tribunal ha rechazado también el incidente de nulidad que presentó la asociación Greenpeace contra la resolución judicial que avaló la continuidad de la fábrica en los terrenos de Lourizán y certificaba la prórroga hasta 2073 de la concesión de Costas en esa ubicación que otorgó el gobierno de Mariano Rajoy en 2016.

La misma sección que rechazó en verano tumbó la iniciativa municipal, la quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, subraya ahora que “no ha lugar a declarar la nulidad de la sentencia” e impone las costas al colectivo ecologista.

Esta resolución cierra la vía de Greenpeace ante el Supremo y solo queda, de momento, acudir al Tribunal Constitucional, a donde ya se dirigió el Concello en septiembre pasado, cuando presentó un recurso de amparo que sustentó en la “vulneración de la tutela judicial efectiva con indefensión del Concello” en esta causa. También esgrimía el gobierno local la doctrina del propio Constitucional, que en sentencias previas sobre las concesiones en dominio público de costas resolvió que solo se justifican si la actividad únicamente puede desarrollarse en ese espacio marítimo y en ningún otro. Otro motivo es que el Tribunal Supremo no habría argumentado en su sentencia las razones por las que rechaza todos los fundamentos que previamente llevaron a la Audiencia Nacional a rechazar la última prórroga de sesenta años en la concesión.

Hace un año, en febrero de 2023, la sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo estimaba los recursos presentados por Ence y otras entidades (entre ellas la Autoridad Portuaria, los comités de trabajadores y al menos seis empresas) contra las sentencias de la Audiencia Nacional que anularon la prórroga que determinaba la continuidad de la factoría en la ría de Pontevedra hasta el año 2073.

Con esta decisión corregía la sentencia de la Audiencia Nacional, que había anulado la prórroga concedida el 20 de enero de 2016 por el Gobierno que dirigía entonces Mariano Rajoy, que otorgaba a Ence una prórroga de 60 años (a contar desde la fecha de solicitud, en 2013) de la concesión de ocupación de una franja de dominio público marítimo terrestre destinada a la fábrica de pasta de celulosa en Pontevedra.

Con el rechazo de esta tercera petición de nulidad, el Supremo se ratifica en su planteamiento a favor de prorrogar las concesiones anteriores a la Ley General de Costas de 1988, como es el caso, “siempre que consten informes medioambientales favorables”. En el asunto analizado, remarca, “constaban informes favorables de la Administración en esa materia”.

Los argumentos que esgrimió Greenpeace eran similares a los de los apelantes anteriores. Así, la Abogacía del Estado había presentado su incidente de nulidad alegando indefensión, mientras que en el de la administración local se apuntaba que no se entraban a valorar cuestiones relevantes, por lo que pretendía que el proceso volviese a la Audiencia Nacional.

El Concello basaba esta incidencia de nulidad en que cuando se presentó el recurso contra la prórroga concedida a Ence para hacer uso del suelo de Costas en la ría de Pontevedra había cinco argumentos para cuestionar su continuidad y la Audiencia Nacional solo tuvo en consideración el referido al ya famoso artículo 32 de la Ley de Costas, que recoge que la fábrica podía tener otra ubicación que no fuese en terrenos de dominio público marítimo terrestre. Los magistrados aceptaron ese argumento y anularon la prórroga, aunque sin entrar a valorar el resto de argumentos.

Una resolución que reafirma el plan inversor de la empresa

Esta nueva postura en firme del Supremo (al menos la cuarta, incluida la sentencia de febrero) y las escasas opciones que se le otorgan a la vía del Tribunal Constitucional ya llevó en su día a Ence a retomar su plan social, temporalmente suspendido hasta disponer de garantías jurídicas de continuidad, y a reactivar las inversiones en Lourizán. Hace escasas semanas la compañía anunció que destinará 120 millones para mejoras en la fábrica a partir de 2025 y que se desarrollará durante seis años. Este proyecto, que requiere la modificación del Proyecto de Interés Autonómico vigente, permitirá un “aumento de la eficiencia energética y mejoras ambientales en casi todas las áreas del proceso productivo”, según destacó entonces la firma. Estas inversiones se sumarán a las que prevé incluir Ence en su nuevo plan estratégico y que contemplarán partidas recurrentes para la factoría. El plan para la fábrica de Lourizán hará posible producir y suministrar, desde Pontevedra, “productos celulósicos especiales de la más alta calidad, que aportarán mayor margen, y capaces de sustituir a la fibra larga y a los plásticos en multitud de aplicaciones”. Asimismo, “permitirá aumentar la eficiencia y competitividad de la factoría, garantizando que Ence Pontevedra se mantenga a la vanguardia, generando empleo y riqueza sostenibles en el entorno”, dice la empresa.

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