Otros 6 años para el narco Javillo, que alegó dedicarse al berberecho: “Su modo de vida, la compra y venta de droga”

La ‘Reditus’ se salda con su exmujer e hijo absueltos, otros dos acusados exculpados, más 6 años y medio para dos implicados con 4 kilos de cocaína | Dos traficantes confesos: 1,5 y 2 años

Francisco Javier J. R., alias Javillo, durante su traslado al juicio desde la prisión.

Francisco Javier J. R., alias Javillo, durante su traslado al juicio desde la prisión. / IÑAKI OSORIO

Javier Fraiz

Javier Fraiz

Cuando fue detenido en un área de servicio de Sanxenxo, el 8 de diciembre de 2021 –los agentes frustraron una entrega de 5,4 kilos de heroína a la que acudía con 3.000 euros–, Francisco Javier J. R., alias Javillo, nacido en Vilanova de Arousa y con residencia habitual en el barrio ourensano de O Vinteún cuando ocurrieron los hechos, llevaba casi un año en busca y captura, tras ser condenado por la Audiencia Nacional a 8 años de prisión. La Audiencia de Ourense le impone ahora 6 años de cárcel más 50.000 euros de multa por un nuevo delito contra la salud pública, con la agravante de reincidencia.

La sentencia, notificada este jueves, no es firme. Cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). “Su modo de vida habitual era la adquisición y venta de sustancias estupefacientes”. Esta conclusión de los magistrados desbarata su versión.

El narco dijo que, cuando fue detenido en esta operación ‘Reditus’, ya no se dedicaba al narcotráfico, sino que sus ingresos procedían de la venta de coches y también de berberechos para los restaurantes. Al contrario, la Audiencia ve pruebas de que este acusado reincidente “se venía dedicando a la adquisición y venta a terceras personas de sustancias estupefacientes”, tanto heroína como cannabis.

La Audiencia exculpa a su exmujer, Rosa María R. V. así como a su hijo, Miguel Á. J. R., inocentes. Hay otros dos acusados más que son exculpados: Alejandro M. E. y Cristian S. R. En cambio, el tribunal impone 6 años y medio, más medio millón de euros, a José A. G. y Jesús N. O., quienes fueron interceptados en O Carballiño, el 13 de diciembre de 2021, con 4 kilos de cocaína en el coche.

Once paquetes de heroína ocultos en el airbag

Los dos implicados que reconocieron su culpa se benefician de penas a la baja, con las atenuantes de confesión y toxicomanía: un año y medio de prisión más 150.000 euros de multa para Libaniel M. G., así como 2 años y 15.100 euros de multa para Andrés Fernando C. H., la persona que llevaba la heroína –5,4 kilos pero de escasa pureza– a la cita en la que fueron detenidos tanto él como Javillo. Once paquetes ocultos en el airbag.

Los nueve encausados, en el banquillo en una de las sesiones de juicio.

Los nueve encausados, en el banquillo en una de las sesiones de juicio. / IÑAKI OSORIO

La ‘Reditus’ unió en las investigaciones al EDOA de la Guardia Civil, a la UDYCO de la Policía y a Vigilancia Aduanera. En 2021 descubrieron la posible existencia de viajes para transportar estupefacientes con un posible punto de entrega en un callejón en el barrio de O Vinteún.

El 23 de septiembre de 2021, el acusado Libaniel M. G. –uno de los autores confesos en el juicio– fue sorprendido en otro garaje con más de 35 kilos de cannabis. Su intención era vender la droga. La Audiencia concluye que no hay pruebas de que Alejandro M. E., absuelto, estuviese implicado.

No hay pruebas de que Javillo fuese el cabecilla: "Ninguno de los acusados lo menciona como destinatario de la droga"

La condena de la Audiencia Nacional contra Francisco Javier J. R., alias Javillo, es firme desde mayo de 2020. Esa pena de 8 años de prisión está pendiente de cumplimiento. En la resolución que ahora le impone 6 años, los magistrados de Ourense no pueden sostener que fuese el jefe de grupo en la ‘Reditus’.

“El hecho de ser visto en el citado callejón por sí solo, sin otro elemento de cargo, impide mantener tal conclusión. Y así ninguno de los acusados lo menciona como destinatario de la droga”.

Cuando fue detenido en diciembre de 2021 en Sanxenxo, iba con su mujer, Rosa María R. V., quien sale exculpada, tras asegurar en el juicio: “Soy una drogadicta; yo compraba, pero no vendía”.

La exculpación de la exesposa

Ella también fue condenada por la Audiencia Nacional en la misma causa que Javillo, a 3 años y medio, aún por cumplir. En la ‘Reditus’, dice el tribunal, “el bagaje probatorio solo permite llegar a una sospecha fundada, pero insuficiente, de la implicación efectiva de Rosa María en la ocupación de su esposo, más allá del mero conocimiento y tolerancia en el negocio ilícito”.

“Realmente, no se duda de que tuviera conocimiento de los hechos que desarrollaba el acusado, y su actitud, según se deduce, dista mucho de la propia de alguien que los rechaza, como lo demuestra el hecho de que asumió haberle hecho entrega de los 3.000 euros ocupados tratando de corroborar la versión exculpatoria por él ofrecida”. Con todo, “nada permite concluir con carga neta y suficientemente incriminatoria” contra ella.

Javillo "hizo una seña de que le siguiese" al acusado que transportaba la heroína, "lo que fue visto por agentes del operativo policial"

La Audiencia de Ourense considera acreditado que Javillo “se había concertado” con el encausado Andrés Fernando C. H., que acudía desde Madrid para la entrega de 5.429,5 gramos de heroína. “Ambos habían convenido en establecer contacto en la salida número 19 de la AG-41, en el término municipal de Sanxenxo”, en el aparcamiento de una hamburguesería.

“Tan pronto Fernando llegó al lugar de la cita, estacionó el Peugeot en el que se desplazaba en paralelo al ocupado por Francisco Javier y su esposa, y este último le hizo una seña de que le siguiese, lo que fue visto por agentes del operativo policial, que impidieron que ambos turismos emprendieran la marcha”, dice la sala.

En el registro del vehículo de Andrés Fernando, los agentes encontraron once paquetes con la droga, escondida en el airbag del copiloto. “Al acusado Francisco Javier se le intervinieron 3.000 euros, una suma destinada al pago del transporte efectuado por Andrés Fernando”, subraya el tribunal.

“Tal operación fallida evidencia que el acusado se dedicaba a la adquisición y venta de estupefacientes”

Se trata, abunda la sala, de “una cantidad considerable”, sin que Javillo “haya proporcionado una versión más creíble, ya que el pago de la renta de un inmueble alquilado por su suegra, exculpación suministrada, carece de toda apoyatura”.

Magistrados de la Audiencia Provincial que han estudiado esta causa.

Magistrados de la Audiencia Provincial que han estudiado esta causa. / IÑAKI OSORIO

Unas notas halladas en un registro "respondían a los detalles de la operación"

Los magistrados recuerdan que, en el piso de Sanxenxo que Francisco usó los días previos a la operación, había “unas anotaciones que respondían a los detalles de la operación. “Se aludía a 5,5 kilos, el peso de la heroína ocupada, ‘dar 3.000”, la suma que portaba Francisco Javier; ‘Madrid’, localidad de procedencia de Andrés y, finalmente, ‘Burriquin’, forma de referirse al lugar de encuentro”, la hamburguesería. “Tal operación fallida evidencia que el acusado se dedicaba a la adquisición y venta de estupefacientes”.

En un registro en un chalé de Sanxenxo que ocupaba el encausado Javillo se hallaron, en el falso techo de la cocina, dos bolsas con más de 135 gramos de heroína. Unas sustancias “que el acusado pensaba destinar al ilícito tráfico”, expone la Audiencia de Ourense. También se encontraron posibles sustancias para adulterar la droga –cafeína y paracetamol–, así como una prensa para el empaquetado y envasado.

El día siguiente de la detención, se llevó a cabo un registro en la vivienda de Javillo en Ourense. Había casi 882 gramos de hachís, 87 de resina de cannabis, una báscula de precisión con restos de heroína y varios móviles. “Sustancias que nuevamente se hallaban destinadas a su venta y distribución”, afirma el tribunal.

“No ha resultado acreditado que Rosa María, esposa de Francisco Javier, tomara parte activa en la ilícita actividad de su esposo, no resultando tampoco probado que el hijo de ambos” –el encausado Miguel Ángel J. R., también absuelto–, estuviera implicado “en el ilícito tráfico al que se dedicaba su padre”.

En la vivienda del joven se hallaron 11 gramos de resina de cannabis, pero “es consumidor habitual de tal sustancia”, admite la sala. Un amigo del hijo, Cristian S. R., fue sorprendido el 13 de diciembre de 2021 con 6.070 euros, “cuyo destino a fin ilícito no ha podido ser acreditado”, destaca el tribunal.

Un transporte de 4 kilos de cocaína

José A. G. y Jesús N. O. “fueron vistos en varias ocasiones” en el callejón de O Vinteún, “acudiendo por separado en los vehículos de su propiedad, y otras veces ambos, lo que motivó que se intensificara la vigilancia sobre ellos”, dice la sentencia.

El 13 de diciembre de 2021, sobre las 8.35 horas, ambos iban en un coche de Jesús, que conducía. Fueron interceptados a la entrada de O Carballiño. Dentro de una bolsa a la vista, en el suelo del habitáculo del copiloto, había 4.004 gramos de cocaína.

“La droga no iba oculta sino a la vista entre los pies del copiloto, por ello no resulta creíble que un bulto de no pequeñas dimensiones pasara tan desapercibido, como pretenden”

“Transportaban la droga con la finalidad de entregarla a un tercero, para lo cual se habían concertado previamente”, afirma la Audiencia. Javillo no está relacionado con este alijo. José A. G. confesó que llevaba la cocaína, acuciado por las deudas, y exculpó a su acompañante.

“Una asunción frecuente en el mundo del narcotráfico, que obedece a un torpe intento de limitar las consecuencias penales a uno solo de los partícipes en el delito descubierto”, subraya la Audiencia.

“La droga no iba oculta sino a la vista entre los pies del copiloto, por ello no resulta creíble que un bulto de no pequeñas dimensiones pasara tan desapercibido, como pretenden”.

El juicio se celebró en noviembre en la Audiencia Provincial.

El juicio se celebró en noviembre en la Audiencia Provincial. / IÑAKI OSORIO

La investigación policial, “perfectamente elaborada”

Los magistrados deniegan la petición de nulidad planteada por la defensa de Javillo, Carmen Ventoso, que discutió la instrucción policial de este caso.

“Las distintas resoluciones judiciales (...) incorporan un antecedente fáctico policial investigativo perfectamente elaborado, además de suficiente”. Los autos judiciales fueron “motivados”, sin que puedan calificarse “en modo alguno” de investigaciones prospectivas, dice la Audiencia.

“La actuación policial fue acorde a la habilitación legal”

La letrada cuestionó que los investigadores hubieran instalado, sin haber solicitado permisos, una cámara fija hacia el callejón para hacer fotografías. “La actuación policial fue acorde a la habilitación legal”, resuelve la sala.

La abogada hizo referencia que, pese a que los investigadores conocían que Javillo estaba en busca y captura, no lo detuvieron y continuaron con las vigilancias y pesquisas.

Abogados de la defensa.

Abogados de la defensa. / IÑAKI OSORIO

La Audiencia indica que los agentes “pusieron tal hecho en conocimiento de la autoridad judicial, y la decisión de cerrar el procedimiento antes o después responde a cuestiones operativas”.

Además, los magistrados señalan que al acusado “no le asiste el derecho a ser descubierto y sancionado con prontitud, por lo que en ningún caso cabe hablar de indefensión”.

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