...    
Faro de Vigo

Faro de Vigo

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Seis años de odisea legal y burocrática para cuidar a su hijo

Una trabajadora del Chuvi denuncia las trabas para una reducción de jornada remunerada para atender a Martín, con un 83% de discapacidad

Elena Estévez Ramos, con la documentación de todo el periplo burocrático y judicial de 6 años. Pablo Hernández

Martín tiene once años y un enfermedad congénita rara que le provoca una dependencia reconocida del 83%. Según informe oficial de su pediatra, “precisa seguimiento médico hospitalario por múltiples servicio (oftalmología, cardiología, neurología, rehabilitación gastroenterología…)”. Ha sido hospitalizado en 2010,2011,2013, 2015 y 2019 en Vigo, Ourense y Madrid, por diferentes intervenciones quirúrgicas. También va a rehabilitación y terapia ocupacional de forma privada una vez por semana. Porta una sonda para comer y necesita suplementos dispensados en farmacia hospitalaria. Concluye que tiene “dependencia absoluta” porque “no realiza de manera autónoma ninguna función de cuidado diario, no lenguaje, no control de esfínteres… Por lo que precisa cuidado continuo, directo y permanente”. Su madre, Elena Estévez Ramos, auxiliar administrativa con plaza fija en el Chuvi lleva más de seis años inmersa en una odisea burocrática y legal con el Área Sanitaria de Vigo para poder disponer de una reducción de su jornada suficiente para poder atenderlo.

Elena asegura que la Dirección de Recursos Humanos del Sergas en Vigo le denegó “verbalmente” la reducción de jornada desde 2011. Mientras, se cogía permisos sin sueldo y una excedencia tras el nacimiento de su segunda hija. “Hasta 2015, que empecé la lucha”, indica Elena.

El 16 de marzo solicita reducción de jornada percibiendo sus retribuciones íntegras, amparada por el artículo 49.e del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), que regula el permiso por cuidado de hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave. Por aquel entonces, Martín tenía reconocido un 67% de discapacidad. La Dirección de Recursos Humanos se lo deniega. El 8 de mayo ella interpone recurso de alzada y cree que no obtiene más que la callada por respuesta, lo que en la práctica supone una denegación. Por lo que no le queda más vía que los juzgados. Tras presentar la demanda, el 30 de diciembre, el Sergas le responde reconociendo el derecho a disfrutar de la reducción, pero sin que en febrero de 2016 –cuando se emite el fallo judicial–, hubiera resuelto en qué porcentaje y cómo aplicarla.

El magistrado da la razón a Elena en base al EBEP y también por el artículo 106 de la Ley autonómica del empleo público. El Real Decreto para la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave también reconoce el derecho a cobrar el sueldo a todos los trabajadores, no solo a funcionarios, pero en este caso con cargo a la Seguridad Social.

El fallo fija en un 75% la reducción de la jornada por “la específica rareza de la enfermedad, el conjunto de complicaciones clínicas asociadas, la especial dedicación, esfuerzo y desvelo que requiere su atención por parte de los progenitores, los horarios laborales de estos, la ausencia de familia extensa [...], la escasa complejidad o trastorno que podrá significar para la Administración”.

En una de las solicitudes de prórroga que tiene que hacer cada 6 meses, en febrero 2020, la Gerencia del Área rebaja a un 50% la reducción de jornada –el mínimo legal– pese a que la discapacidad había subido al 83%. Alegó que el niño estaba escolarizado, cuestión que es obligatoria, y que eso le permitía a la madre trabajar. Ella tuvo que volver a los juzgados, que le volvieron a dar la razón en julio de 2021. Porque ni la escolarización –tres días en Aspanaex y dos en Compañía de María– era algo nuevo “ni la prueba practicada avala que dicha escolarización permita a la recurrente la necesaria conciliación de la vida laboral con el cuidado de su hijo”, ya que “no habilita a que la recurrente disponga con libertad de su tiempo, debido al absentismo del menor, fruto sin duda, de su delicado estado de salud”. Eso sí, deja abierta la puerta a que el Sergas rebaje la reducción si pasa a ser atendido toda la semana por Aspanaex. La sentencia es firme.

“A esta trabajadora, desde el 2016, se le ha concedido una reducción retribuida del 75% de su jornada”, comenta la Dirección del Área Sanitaria de Vigo y añade: “Es decir , lleva 5 años cobrando el sueldo íntegro y trabajando el 25% de su jornada”.

Toda esta lucha y la tensión le han pasado factura a la salud de Elena, acabando en una incapacidad temporal. Se reincorpora en pocas semanas, con el temor de que vuelvan a recortarle la reducción de jornada. “Es duro tener que demandar para conseguir un derecho. ¿El Sergas no es una entidad que debe cuidar de la salud física y mental de las personas?”, se pregunta.

Compartir el artículo

stats