Ola de sentencias que obliga a Interior a pagar a los policías de paisano los gastos de vestuario

En solo cinco meses, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia falló sesenta y ocho recursos a favor de los agentes, cinco en marzo

Policía de paisano (aunque con chaleco identificativo) junto a un coche potrulla.

Policía de paisano (aunque con chaleco identificativo) junto a un coche potrulla. / R. Prieto

No solo los escoltas de personalidades. Los policías que prestan sus servicios de paisano también tienen derecho a una compensación económica por vestuario. Así lo dictaminó el Tribunal Supremo en una sentencia dictada en septiembre de 2021 en la que advertía del quebranto del principio de igualdad el no reconocer el derecho a este complemento a funcionarios exentos de la obligación del uso del uniforme por exigencias del servicio que desempeñan. Pese al fallo del Alto Tribunal, la Dirección General de Policía elude de manera reiterada ese dictamen, provocando una oleada de recursos por parte de policías que no reciben una compensación por la vestimenta de calle que utilizan en su día a día, ya que por su tarea no tienen que llevar el uniforme, que sí paga y repone de forma gratuita el Ministerio del Interior cuando lo necesitan los agentes o cuando están deteriorados.

Desde noviembre, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha recibido un aluvión de recursos por parte de agentes requiriendo el pago por la vestimenta de paisano. Hasta un total de 69 reclamaciones llegaron al alto tribunal gallego en solo cinco meses, seis de ellas marzo. Salvo una, en todas se dio la razón al recurrente. A Coruña, Ferrol, Santiago, Pontevedra, Vigo, Marín… Las quejas proceden de toda la geografía gallega y la resolución se repite de manera casi literal en todas ellas. En solo una fue desestimada la reclamación del agente. Fue el pasado día 6 de este mes, de un agente destinado en A Coruña en sistemas especiales y la certificación no resulta clara para el tribunal, según detalla el Sindicato Unificado de Policía (SUP).

Desde que el Supremo reconoció esa compensación económica, el sindicato mayoritario reclama que la Dirección General de Policía establezca un procedimiento de pago “ágil y rápido” que garantice el pago y evite la judicialización de estos abonos.

En junio de 2022, el SUP llevó a la Comisión de Personal y Proyectos Normativos del Consejo de Policía esta queja, pidiendo la negociación de una resolución que arbitrase la forma de concretar esa compensación reconocida por sentencia. A día de hoy, desde el SUP critican que la Dirección General de la Policía “obligue a los agentes a iniciar una reclamación judicial a sabiendas del trastorno que eso ocasiona a los efectivos y el colapso que provoca en la Administración de Justicia y en la propia Dirección General”. “Reconoce estar saturada por este tipo de reclamaciones, pero sin embargo no negocia y no pone en marcha un procedimiento ágil y rápido para que los policías puedan cobrar de forma automática”, censura Roberto González, secretario general del SUP.

“Entendemos —añade— que tienen retroactividad de cuatro años desde que se hace la reclamación si en ese periodo han estado desempeñando sus funciones de paisano y también retribuirlo de forma autonómica, pero están poniendo muchísimas trabas y están obligando a la gente a recurrir a los tribunales cuando es una compensación que está reconocida por el Supremo”.

En las resoluciones del TSXG se alude a sentencias del Supremo y de otros tribunales en la materia. Y se señala que en caso de sentencia estimatoria, procede la imposición de intereses legales. El último fallo en Galicia fue dictado el pasado día 13 de este mes. La reclamación fue presentada por una funcionaria del Cuerpo de la Policía Nacional destinada en la Brigada de Policía Judicial de la Comisaría Provincial de A Coruña, donde realiza su servicio con ropa de paisano “debiéndola adaptar a las condiciones y particularidades del mismo”, según detalla la recurrente.

En su dictamen, el TSXG acuerda imponer la compensación económica reclamada en concepto de gastos por vestuario. Por la naturaleza del servicio, la funcionaria realiza sus funciones “habitualmente con vestimenta de paisano”, desde el 11 de mayo de 2012, según los datos que constan en la dependencia. Por tanto, el tribunal gallego concluye que tiene derecho a percibir la indemnización por vestuario.

El derecho reconocido, detalla el fallo, se aplica también a los años anteriores, teniendo en cuenta el límite de prescripción de cuatro años año desde la reclamación en vía administrativa. “Habiendo reclamado el 28 de octubre de 2021, el derecho a la compensación económica por vestuario comprende desde el 28 de octubre de 2017”. Pero además, el reconocimiento “ha de extenderse mientras continúa prestando sus servicios habituales de paisano”. Además el TSXG impone el pago de las costas a la Administración, fijadas en 1.500 euros.

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