Los forenses creen que Nerea Añel habría sobrevivido con ayuda y el fiscal culpa al novio de esa omisión: "No puede quedar impune"

El Imelga no descarta ni accidente ni homicidio como causa de las fracturas en la cabeza y cuatro vértebras

La defensa considera que fue una “fatalidad” y Análisis de Conducta de la Policía señala al encausado: “Sabía que ella no iba a volver; no pidió ayuda porque percibió que era un peligro para él”

Julio G. S., el acusado, llega a la Audiencia bajo custodia de la Guardia Civil, este jueves.

Julio G. S., el acusado, llega a la Audiencia bajo custodia de la Guardia Civil, este jueves. / IÑAKI OSORIO

Javier Fraiz

Javier Fraiz

La ourensana Nerea Añel Vázquez habría cumplido 31 años este jueves, el día de la última sesión de juicio que determina el grado de implicación de Julio G. S. –su novio– en el fallecimiento de la joven, el 15 de enero de 2020. El próximo lunes, los cinco hombres y las cuatro mujeres titulares del jurado recibirán del magistrado presidente el objeto del veredicto, un esquema que recoge las distintas posturas de las partes –dos acusaciones y la defensa– sobre las circunstancias de la muerte.

El tribunal popular estudiará cada uno de los puntos y decidirá si el acusado es responsable de los hechos. Para que sea declarado culpable es necesaria una mayoría de al menos siete votos contra dos en los hechos desfavorables. Para la inocencia bastan cinco.

La Fiscalía y la acusación particular solicitan 14 años de cárcel por un delito de homicidio, aunque sostienen una calificación técnica diferente. El ministerio público considera que Julio es autor de la muerte de Nerea por no haber solicitado ayuda para salvarle la vida, después de que ella sufriera una caída.

El abogado de la familia de la víctima atribuye a Julio un homicidio intencionado. Esta parte sostiene que agredió a su pareja y que le causó la muerte. La defensa solicita la libre absolución y considera que el fallecimiento de la ourensana fue un accidente fatal.

En la sesión final de este jueves declararon los últimos testigos y también los peritos. A continuación, cada una de las partes expresó su informe de conclusiones ante el jurado. El encausado no hizo uso de su derecho a la última palabra. El lunes, en su interrogatorio, se declaró inocente y se desvinculó de la muerte de Nerea, con la que llevaba dos meses. Ambos eran adictos a las drogas.

La madre de la víctima, Belén Vázquez, y el acusado al fondo, durante el juicio.

La madre de la víctima, Belén Vázquez, y el acusado al fondo, durante el juicio. / IÑAKI OSORIO

Los ocho meses hasta el hallazgo del cadáver complicó la autopsia

Dos médicos forenses del Instituto de Medicina Legal (Imelga) realizaron un total de tres informes sobre las causas de la muerte y el estado del cadáver de la víctima. Cuando los restos fueron localizados en un río de Barbadás, a unos 250 metros del motel en el que la pareja había estado la tarde del 15 de enero, ya habían transcurrido ocho meses. El hallazgo se produjo el 13 de septiembre, favorecido probablemente por el bajo estado del caudal en esas fechas. El Imelga ve posible tanto que la muerte fuese un accidente como un crimen.

El fiscal: “La causa real de la muerte de Nerea es sin duda alguna la falta de ayuda del acusado”

El tiempo que pasó hasta la localización del cadáver ha jugado en contra de la precisión del análisis forense y del esclarecimiento concreto de las circunstancias de la muerte de Nerea. “Las autopsias de cuerpos en avanzado estado descomposición son complejas, no podemos tener las mismas certezas que si se trata de un cadáver reciente”, explican los forenses.

No han podido demostrar, por ejemplo, si la joven sufrió un ahogamiento en el río en el que apareció el cadáver –estaba bajo un tronco–, ni tampoco se ha podido estudiar si la víctima sufrió un hipotético estrangulamiento, porque la parte del cuello no se encontraba ya en el cadáver, por el tiempo transcurrido.

La joven presentaba una fractura en la cabeza –en la zona parieto-occipital derecha–, así como cuatro fracturas más en distintas vértebras: la segunda –denominada axis–, la quinta, la novena y la undécima.

A criterio de los expertos, las lesiones que sufrió Nerea son compatibles con una “precipitación en una posición de flexión”, es decir, de cabeza y mediante una caída de un plano a otro –probablemente, un cauce arenoso– desde una altura que resulte “suficiente” para que se produzcan esas heridas. La energía de la caída fue “media-baja”, desde unos “dos o tres” metros. Aun sin contar con una certeza plena, los indicios “bastante contundentes” que aprecian los forenses es que Nerea Añel continuaba con vida tras la lesión craneoencefálica.

No se trataron de lesiones que “necesariamente” hubieran tenido que producir la muerte. En su informe, los forenses expusieron que probablemente generó un estado de inconsciencia, aunque los expertos tampoco descartan que pudiera desplazarse tras la lesión por sí misma. El examen del cabello evidenció un consumo repetido de cocaína, así como también de esta droga y de alcohol en las horas anteriores a la muerte.

El camino que lleva al río de Barbadás donde apareció el cadáver.

El camino que lleva al río de Barbadás donde apareció el cadáver. / IÑAKI OSORIO

La autopsia no halló lesiones en las extremidades ni tampoco signos en la ropa que indiquen la víctima fue arrastrada. Los peritos del Imelga ven probable que si Nerea Añel hubiera recibido ayuda tras la caída podría haber sobrevivido.

El fiscal concluye que Julio G. S. es responsable de un delito de homicidio, por una omisión, por no haber vuelto al motel para pedir auxilio. “La causa real de la muerte de Nerea es sin duda alguna la falta de ayuda del acusado”, dijo en su informe Julián Pardinas, delegado en la Fiscalía de Ourense contra la violencia de género desde hace más de dos décadas.

El fiscal: "No es una persona tranquila y pacífica ni un pobre drogodependiente. Prácticamente ha recorrido todo el Código Penal. Ser un drogodependiente no le da una patente de corso para cometer lo que le dé la gana y hacer todo tipo de tropelías”

Antes de la intervención final de las acusaciones y de la defensa, los miembros del jurado escucharon la visión sobre este caso de la Sección de Análisis de Conducta de la Policía. Se trata de un grupo policial especializado, integrado por psicólogos y criminólogos, que en este procedimiento emitió un dictamen en mayo de 2022, cuando la causa era instruida por la magistrada Eva Armesto.

Además de analizar la información disponible en el procedimiento, como declaraciones de testigos, el informe forense o la inspección ocular, también llevaron a cabo una reconstrucción ocular en el camino por el que se marchó la pareja del motel a la carrera –según tres testigos, mientras que el encausado afirma que se separaron en la carretera–. El cadáver de Nerea Añel se encontraba a 248,5 metros del inicio del sendero.

“El cuerpo de Nerea suponía una amenaza y su conducta es trasladar el cadáver”, dice Análisis de Conducta de la Policía

Análisis de Conducta considera que, por sus numerosos antecedentes delictivos, el acusado “tiene tolerancia a situaciones de riesgo”. En opinión de esta unidad, las presuntas versiones “falsas” que dio el acusado sobre que Nerea no estaba desaparecida, sino en prisión, obedecen a un intento de “desvinculación” con los hechos.

“Sabía que Nerea no va a volver”, dijo una de las agentes. “El cuerpo de Nerea suponía una amenaza y su conducta es trasladar el cadáver”, expone esta unidad en su hipótesis sobre la incriminación del acusado. Análisis de Conducta teoriza con que la muerte de Nerea “supuso una amenaza para Julio. Si no pide ayuda es porque percibe que era una amenaza y un peligro, e iba a traer consecuencias negativas”.

Por esa razón –siempre según la hipótesis de esta unidad–, el acusado presuntamente trasladó el cuerpo de la joven al río e intentó hacer pasar su muerte como una desaparición.

Julio G. S., este jueves, a su llegada al juicio bajo custodia de la Guardia Civil.

Julio G. S., este jueves, a su llegada al juicio bajo custodia de la Guardia Civil. / IÑAKI OSORIO

Análisis de Conducta descarta que Nerea hubiera acudido por el camino forestal próximo al motel con la intención de permanecer oculta o ir hacia otro lugar, en medio de la oscuridad y sola. Además, este grupo de la Policía considera que la causa no fue un accidente.

Este es un delito de violencia de género, un ámbito en el que los delitos muchas veces son invisibles y, como en esta ocasión, la víctima ya no puede hablar”, introdujo el fiscal en su informe. Desde que la pareja salió a la carrera del motel a las 20.40 horas, tras ser reprendidos por un hurto a un taxista, hasta que Julio regresó solo a la 1 de la madrugada se sitúa el margen temporal en el que se produjo la muerte de Nerea.

Hay “certeza”, dice el fiscal, de que se adentraron por el sendero y no por la carretera OU-540, como defiende el encausado, cuya versión se basa en que creyó que su novia había sido detenida y había ingresado en prisión después de que supuestamente se separaran para que ella asumiera la autoría del hurto al taxista.

Un operativo de búsqueda cuando la joven aún estaba desaparecida.

Un operativo de búsqueda cuando la joven aún estaba desaparecida. / IÑAKI OSORIO

Una obligación "moral y legal" de socorrer a la pareja

El fiscal asume que no puede establecer el porqué de la caída de la joven, pero en su opinión ha quedado probada la autoría de Julio G. S. de un homicidio por no haberla auxiliado, aunque “muy posiblemente no tuviera intención de quitarle la vida”, manifestó Julián Pardinas.

“Esa omisión de su obligación moral y legal de prestar ayuda equivale a la causación del homicidio”, subrayó a continuación. “La relación de pareja establece una serie de obligaciones, como la de socorrerse mutuamente. Esa omisión no puede quedar impune. Hay alguien ahí arriba que nos está pidiendo que hagamos justicia”, añadió el fiscal, en alusión a Nerea.

Pardinas hizo mención al historial delictivo del acusado, con múltiples antecedentes por hurtos. “No es una persona tranquila y pacífica ni un pobre drogodependiente. Prácticamente ha recorrido todo el Código Penal”, expuso el representante del ministerio público. “Ser un drogodependiente no le da una patente de corso para cometer lo que le dé la gana y hacer todo tipo de tropelías”.

“Sabía que en Covadonga no estaba bien visto y su vida estaba en peligro, así que empezó a asumir condenas, lo que nunca había hecho”

Las explicaciones que el acusado dio sobre una supuesta estancia en prisión de la joven se demostraron inciertas. “Llegó a decir que fue a ver a Nerea a prisión y mantuvo un vis a vis”, recordó el fiscal al jurado como una de las mentiras en su coartada que, a criterio de esta parte, denotan su incriminación en los hechos.

La joven tenía amigos en Covadonga, el barrio donde la pareja acudía a comprar droga a diario, que la echaron en falta. El fiscal dice que, tras descubrirse que la chica no estaba en la cárcel como dijo Julio, sino desaparecida, el encausado empezó a aceptar penas de prisión porque “estaba deseando” entrar. “Sabía que en Covadonga no estaba bien visto y su vida estaba en peligro, así que empezó a asumir condenas, lo que nunca había hecho”, relató Pardinas.

El fiscal Julián Pardinas.

El fiscal Julián Pardinas. / BRAIS LORENZO

La acusación particular reprocha los "embustes" del acusado "para complicar la investigación"

La acusación particular, que ejerce el abogado Jorge Temes, reprocha al acusado que a través de sus “mentiras” y “embustes”, trató de “engañar” a la Policía para “embarrar y complicar la investigación”. Esa conducta –enlazó el letrado– causó sufrimiento a la familia de Nerea, hasta el punto de que “fue capaz de llamar a la madre” mientras presentaba la denuncia, para jurarle que la joven no estaba desaparecida, sino presa.

La acusación particular atribuye a Julio G. S. un homicidio doloso, intencionado. Hay un “dato incontestable”, y es que víctima y acusado huyeron juntos por el camino forestal próximo al motel por el que se llega al río donde fue localizado el cadáver de la víctima, subraya el letrado.

Los antecedentes violentos de Julio: "No lo pueden condenar pero así era su forma de ver la relación con las parejas: una situación de dominación, de agresión y de necesidad de sumisión", subraya la acusación particular

“Si ella se hubiese caído, ¿qué motivo tiene para llevarla al río y dejarla allí? Creo que le dio un golpe, la mató o la dejó inconsciente, y después la bajó y escondió”, expuso Jorge Temes en su informe al jurado. Tanto esta conducta como las “mentiras” que el sospechoso manifestó en sus declaraciones tras la desaparición constituyen “indicios claros de culpabilidad”, considera la acusación. Si Julio llevó al lecho del río el cuerpo de Nerea “es por su directa participación en el hecho, no porque se hubiera caído”, reiteró el abogado.

El abogado Jorge Temes ejerce la acusación particular.

El abogado Jorge Temes ejerce la acusación particular. / BRAIS LORENZO

Temes recordó las manifestaciones de conocidos y amigos de Nerea sobre episodios de violencia machista que presuntamente le infligió su novio. “Esa era su forma de proceder. Sus antecedentes no lo pueden condenar pero así era su forma de ver la relación con las parejas: una situación de dominación, de agresión y de necesidad de sumisión”, concluyó Temes en su informe al jurado.

La última parte en intervenir fue la abogada de la defensa, Cristina Rial, que representa al encausado a través del turno de oficio. “Ha sido una fatalidad, un accidente. Descartamos totalmente la intervención de Julio”, expuso la letrada en su turno.

“No miente a la Policía ni a la madre, no se inventa una coartada. Solo dice lo que él cree y vio”, afirma la defensa

Rial solicita la absolución de Julio G. S. y avala su versión sobre que creyó que Nerea había sido detenida. La abogada asegura que hubo un vehículo de la Guardia Civil que circuló entre las 21.15 y las 21.35 horas de la noche de los hechos por el entorno del motel. “Él está convencido de que Nerea va en ese vehículo después de que le dijera ‘esto me lo como yo’”.

En esa línea, la abogada citó a una testigo, reclusa en la actualidad, que días después dijo a Julio que, cuando ella salía del centro penitenciario, quedaba una mujer para ingresar. “Puede ser que no quepa en lógica, pero lo que no se puede es imaginar que Julio supiera que Nerea había fallecido”, dice la letrada.

Cristina Rial es la abogada defensora, por el turno de oficio.

Cristina Rial es la abogada defensora, por el turno de oficio. / BRAIS LORENZO

“No miente a la Policía ni a la madre, no se inventa una coartada. Solo dice lo que él cree y vio”, reitera la profesional. Rial aludió a jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la comisión por omisión de homicidios. La doctrina –dijo la abogada– exige para incurrir en responsabilidad que hubiera posibilidad de evitar el resultado de la muerte con una intervención. “En este caso no está acreditado”, considera esta parte.

Por último, Cristina Rial solicitó en su informe al jurado que tenga en cuenta que ambos jóvenes habían consumido drogas y que, cuando ocurrieron los hechos, estaban bajo sus efectos.

Tras cuatro sesiones de juicio, el proceso se interrumpe hasta el lunes. Una vez que el jurado reciba el objeto del veredicto, empezará a deliberar y permanecerá incomunicado hasta que alcance una conclusión.