El TSXG avala un despido en un astillero de Moaña por pintadas ofensivas al jefe

El trabajador fue despedido por pintar insultos como “misógino” y “ladrón”

REDACCIÓN

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) mantiene la consideración de “despido procedente” a un trabajador del grupo empresarial Metalship&Docks, al rechazar su recurso. El despido se produjo después de que la empresa lo acusase de realizar pintadas con graves descalificaciones contra el vicepresidente y consejero delegado de la empresa. Las pintadas fueron realizadas en mayo de 2022 en los muros del astillero Neuvisa, situado en A Borna, entre las parroquias moañesas de Meira y Domaio.

Se enmarcan en un conflicto laboral durante la negociación del convenio colectivo. La Guardia Civil identificó, supuestamente, al trabajador que sería despedido, con otras dos personas y botes de spray de color negro, supuestamente poco después de realizar las pintadas. La justicia las considera un claro supuesto de “malos tratos de palabra” y una “evidente falta de respeto”, pues incluían expresiones como “ladrón”, “misógino” y “explotador”

El alto tribunal gallego confirma así la decisión del Juzgado de lo Social Número 2 de Vigo. La empresa había esgrimido unos gastos de 3.900 euros para reponer la fachada. En su recurso el trabajador alegaba que había sido despedido por su activo trabajo sindical en la negociación colectiva, al estar afiliado al sindicato Comisiones Obreras y haber sido candidato a las elecciones sindicales.

El empleado alegó también que no se podía probar su participación en las pintadas, por lo que pedía que se declarase nulo el despido. Extremo que el TSXG no estimó. Su defensa alegaba que en los vídeos de las cámaras de seguridad no se podía reconocer su identidad. El tribunal considera, sin embargo, que “los hechos se produjeron inmediatamente antes de la intervención policial, la pintura estaba fresca y los sprays de esa pintura en la mano”. Esgrime también el intento de huida ante la llegada de los agentes.

La sentencia, que supone un segundo fallo contra los intereses del trabajador, ya solo permite un recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de 10 días.

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