El Tribunal Supremo acaba de desestimar el recurso de casación interpuesto en su día por un grupo de vecinos de Beluso contra la aprobación del Plan Especial de Protección de Cabo Udra. La decisión del alto tribunal ratifica la adoptada en noviembre del año 2003 por la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) y en la que también se desestimaba la petición de anular el acuerdo plenario que sirvió para aprobar este planeamiento. Al mismo tiempo, esta decisión supone el fin del largo proceso jurídico iniciado a partir del año 1999 ya que con la desestimación del recurso de casación se entiende que este asunto es "cosa juzgada".

El Plan Especial de Protección del Espacio Natural de Cabo Udra fue auspiciado por el gobierno bipartito BNG-PSOE liderado por Xosé Novás y aprobado por el pleno del Concello de Bueu el 12 de enero de 1999. En total abarcaba más de 4 millones de metros cuadrados, arrancando desde el final de la playa de Beluso y pasando por Cabalo, Sar, Udra y llegaba hasta Lagos. Desde un primer momento un amplio grupo de vecinos se opuso al documento -el recurso presentado ante el TSXG fue firmado por más de 60 personas- ya que se sentían perjudicados por una posible pérdida de posibilidades edificatorias en la zona que abarca el plan y achacaban algunos vicios procedimentales (como la falta de algunos informes). Sin embargo, el TSXG ya apuntó entonces que antes de la aprobación del Plan Especial de Udra ya existían "unas fuertes limitaciones" en las Normas Subsidiarias, en las Normas Provinciales y en la legislación vigente, "como la prohibición de cualquier instalación permanente, con sólo algunas excepciones".

A pesar de todo, el gobierno de Xosé Novas intentó después aprobar una modificación puntual en el Plan Especial para permitir la edificabilidad en una superficie de 100 hectáreas, que venía a suponer casi una cuarta parte del espacio total. El acuerdo plenario fue adoptado el 23 de febrero de 1993-apenas un mes de después de la aprobación del documento- pero la Dirección Xeral de Urbanismo rechazó la modificación propuesta.

Más restrictivas

De hecho, no sólo se denegó esta posibilidad sino que las leyes posteriores ratificaron el espirítu del Plan Especial de Udra e incluso han sido más restrictivas y proteccionistas, caso de la Red Natura 2000 de la UE, la Lei do Solo de Galicia de 2002 o la más reciente que impide la construcción en los primeros 500 metros de costa. De hecho, en la sentencia del año 2003 y que ahora ratifica el Supremo, se recordaba que el Plan Especial de Udra no realizó ninguna clasificación de suelo: "no urbanizable era antes y lo sigue siendo ahora con independencia de que se haya alterado su calificación en algunas partes".