Las notarías viguesas registran los primeros testamentos que incluyen a las mascotas

Dueños de perros o gatos garantizan su bienestar nombrando en su herencia a una persona o protectora que se encargue de su cuidado

Reservan también un dinero que debe ser destinado al bienestar de los animales

Perros con sus dueños en una actividad en As Avenidas.

Perros con sus dueños en una actividad en As Avenidas. / Marta G. Brea

Los animales de compañía juegan un papel fundamental en la vida de sus dueños, convirtiéndose muchas veces en parte de la familia. Es por eso que las personas que tienen mascotas a su cargo empiezan ya a pensar en el bienestar futuro de las mismas para que no se queden solas. Fe de ello dan los notarios de Vigo, que han empezado a redactar testamentos en los que se incluyen ya a perros y gatos. Obviamente, no se les puede legar directamente una herencia. Pero los dueños sí que los blindan en documento oficial de diversas maneras. La más habitual, como explica el notario vigués Jaime Romero Costas, es nombrar a una persona o protectora de animales que deberá encargarse y ofrecer la mejor atención al animal de la persona fallecida.

Es algo todavía incipiente, pero lo empezamos a ver. La preocupación por el bienestar de las mascotas es cada vez mayor. Hay testamentos en los que se menciona a entidades o personas concretas que deberán darle un techo al animal y encargarse de sus cuidados”, apunta Romero.

Lo más habitual en estos casos es que la persona que acude al notario deje una cantidad de dinero al particular o protectora que se encargará del cuidado del animal y que deberá destinar íntegramente a su bienestar y manutención. Es decir, alimentación, gastos veterinarios... Se le lega ese dinero en algún caso también por gratificación por tomar la responsabilidad del bienestar del perro. “También pueden dejar en herencia un piso de alquiler y determinar que todos los ingresos generados por el mismo vayan destinados al cuidado de su mascota”, explica el notario.

Hay que apuntar además que entre los casos que se están registrando de incluir a las mascotas en los testamentos, se encuentran jóvenes que buscan proteger al animal por si fallecen antes. Personas que por ejemplo no tienen ninguna enfermedad y que tienen una esperanza de vida notablemente superior a la de su perro, prefieren asegurar el futuro de esta por si sucede algo (por ejemplo, un accidente).

Detectamos que la preocupación por el futuro de los animales de compañía es cada vez mayor

Jaime Romero

— Notario

Como decía el notario Jaime Romero, se trata de un fenómeno incipiente, pero que todo apunta a que irá a más en los próximos años. Y es que en tanto en Vigo como en el conjunto de Galicia hay ya más hogares con perros o gatos que con niños. Es decir, la misma sociedad que avanza firme en la tendencia de cada vez tener menos hijos, opta por aumentar los integrantes del hogar de cuatro patas. En otros casos, como en los divorcios y separaciones, son los propios notarios los que ya preguntan a ambos miembros de la pareja quién se encargará del cuidado del animal que los había acompañado a ambos hasta su separación.

Y es que hay que recordar que la nueva ley de 2022 que motivó que jurídicamente hablando los animales de compañía dejasen de considerarse cosas para pasar a ser tratados desde un punto de vista legal como seres sintientes tuvo un impacto directo en el derecho matrimonial. La reforma afectó de pleno al Código Civil, que se modificó para introducir, en los artículos que versan sobre las separaciones y divorcios, las medidas que se deben contemplar para las mascotas familiares cuando se produce una ruptura matrimonial. FARO adelantaba esta semana la novedosa sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 15 de Vigo especializado en Familia en la que se fijó una pensión mensual de 40 euros para la manutención de un perro tras un divorcio.

Se puede determinar que la renta ingresada por un piso en alquiler pueda destinarse al cuidado del perro

Jaime Romero

— Notario

Y recientemente la misma sala acaba de emitir otra resolución en la que junto a establecer también una contribución económica para los gastos de alimentación y sanitarios de otra mascota, un perro como en el caso anterior, concede además a uno de los miembros del exmatrimonio, concretamente a la mujer, un régimen de visitas para que pueda “disfrutar” de la compañía del can que tiene en común con su ya exmarido: la demandante podrá estar con el animal cuatro días por semana “a su elección” durante dos horas completas cada jornada.

Casi dos años después de la reforma del Código Civil que obligó a precisar el destino de las mascotas en los divorcios al pasar a ser considerados “seres sintientes”, las soluciones judiciales son dispares, aunque hay un común denominador: si hay niños, el animal va con ellos. La Audiencia de Madrid le dijo no a una mujer que recurrió los términos de su divorcio y quiso que la mascota se quedara con ella, a pesar de la custodia compartida de los hijos. Así, la mascota debe acompañar a los niños cuando estén con el padre y también cuando vayan con la madre.

Las claves

  1. Algo ya habitual en los divorcios

    En los acuerdos de divorcio, los notarios ya preguntan a los excónyuges quién de los dos se encargará del cuidado del animal.

  2. Herencia económica para su cuidado

    Es habitual que en los testamentos se destine un dinero al futuro encargado de la mascota que deberá dedicar totalmente a su manutención.

  3. Más hogares con mascotas que niños

    Tanto en la ciudad de Vigo como en el conjunto de Galicia, hay ya más familias que tienen algún tipo de mascota que con hijos.

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