Condenado 21 años de prisión por el crimen machista de Gondomar: “Fue un acto de dominación”

La Audiencia condena a Valentín Alonso por delito de asesinato con alevosía

"Cometió los hechos al sentirse superior a la víctima por el hecho de su condición femenina", concluye

El condenado, durante el juicio celebrado en Vigo. |   // MARTA G. BREA

El condenado, durante el juicio celebrado en Vigo. | // MARTA G. BREA / m. fontán

Marta Fontán

Marta Fontán

Con el reciente veredicto emitido por el jurado popular como imperativa guía, la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha condenado a 21 años de prisión por delito de asesinato a Valentín Alonso Becerra, el sexagenario que la tarde del 2 de diciembre de 2020 mató a cuchilladas a su esposa Soledad Rey Valverde, de 59 años de edad, que, debido a su obesidad mórbida y a otro conjunto de dolencias que le habían provocado una discapacidad del 65%, no pudo defenderse ni huir del ataque. La sentencia contempla la alevosía –pero no el ensañamiento al ser descartado por el tribunal ciudadano pese a las 21 heridas de arma blanca que presentaba la víctima–, así como las circunstancias agravantes de parentesco y de discriminación por razón de género. El agresor actuó movido con “desprecio” hacia su mujer “por su condición femenina” y decidió matarla “como acto de imposición y dominio”. “Se sentía superior a la víctima mujer por el hecho de su condición femenina”, ahonda el fallo, y acabó con su vida “como medio para demostrarle” que era “un ser inferior”.

La pena de cárcel establecida por la magistrada-presidenta es inferior a la que solicitaban la Fiscalía, la acusación particular y la acusación popular que ejerce la Xunta –que interesaron 25 años de prisión– y superior a la que planteó la defensa –15 años–, por lo que es previsible que alguna de las partes recurra en apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). Junto a la medida de encarcelamiento tras la cual deberá cumplir otros cinco años de libertad vigilada, la sala acuerda con respecto al condenado la privación de la patria potestad prorrogada con respecto al menor de sus hijos –declarado judicialmente incapaz por sufrir una discapacidad–, con el que no se podrá comunicar ni aproximar durante 26 años. Además, deberá indemnizar a este joven con 200.000 euros y a su hijo mayor, que ejercía la acusación particular, con otros 100.000.

Un ataque “rápido y violento”

La magistrada concluye que el jurado razonó “perfectamente y de forma lógica” el veredicto en el que concluyó que Valentín asesinó a Soledad en el domicilio familiar con un cuchillo de 20 centímetros de hoja, provocándole múltiples y graves lesiones: fueron 21 heridas de arma blanca, de las cuales ocho eran severas puñaladas. Fue un ataque “rápido y violento” en el que varias cuchilladas, “alguna de 17 centímetros de profundidad”, rompieron costillas o afectaron a órganos como “hígado, pulmón o corazón”.

La víctima “no tuvo oportunidad de defenderse ni de huir por las limitaciones que sufría”, pero, en atención a lo que dictaminó el jurado, la sentencia establece que no fue un ataque “inesperado” porque de forma previa al mismo el acusado empujó a la mujer y ésta llegó a coger un cuchillo para tratar de defenderse. Esa circunstancia, argumenta la jueza, no excluye sin embargo la alevosía contemplada: la víctima no llegó a causar lesión alguna a su marido con dicho arma, sus enfermedades le impidieron huir cuando el acusado le propinó el ataque mortal y, además, aunque la fallecida tenía lesiones de defensa en las manos del forcejeo previo, estas eran “mínimas” evidenciando que los intentos de la mujer nacieron “del propio instinto de conservación” sin que tuvieran “eficacia verdadera” contra “el agresor y la acción homicida”.

Sobre el intento del abogado defensor de que se tuviese en cuenta que Valentín confesó el crimen a un taxista y que escribió una carta a sus hijos pidiendo perdón, la sala dice que esta parte no alegó circunstancia atenuante alguna y que, en todo caso, esos hechos son “irrelevantes” para apreciar la confesión porque el acusado no reconoció los hechos en ningún momento del procedimiento judicial.

Dos jurados no apreciaron la agravante de violencia machista

El jurado, formado por cinco mujeres y cuatro hombres, fue unánime al dictaminar que Valentín Alonso mató a su esposa, pero no al apreciar la alevosía ni tampoco a la hora de establecer la agravante de discriminación por razón de género, que salió adelante con siete votos a favor y dos en contra. Además del propio y grave hecho del crimen, en el juicio se pudo escuchar el testimonio del hijo mayor del matrimonio, que relató que desde niño vio insultos y actitudes violentas de su padre hacia su madre. Una vez, contó, le golpeó la cabeza contra un calentador y en otra ocasión le gritó: “Me cago en Dios, si fueses un tío te comía”.