A debate: ¿Puede haber sobresaliente con mala conducta?

Desde la Xunta aconsejan que el comportamiento del alumno no influya en la nota de la asignatura

Comportamiento evaluable ¿sí o no?

Comportamiento evaluable ¿sí o no? / Shutterstock

Es algo que “siempre ha ocurrido”. Muchos docentes tienen en cuenta el comportamiento de sus alumnos a la hora de ponerles nota. Por supuesto, cuánto y cómo influyen a esa evaluación final depende de cada profesor, pero la Xunta no ve con buenos ojos que cuestiones no asociadas al aprendizaje curricular (o sanciones de cualquier otro tipo) tengan hueco a la hora de calificar a un estudiante.

De hecho, la Consellería de Educación considera esta costumbre como algo “a evitar”, igual que la de tener en cuenta la asistencia o la de suspender toda una evaluación solo por la no lectura de un libro obligatorio o no realizar una actividad en concreto. Se crean entonces diferentes situaciones: “Un alumno que falta a clase con frecuencia acabaría aprobando”, mientras que “un muchacho encantador podría no pasar de curso”. ¿Es esto cierto, o el debate es mucho más complejo?

La conversación está a la orden del día, y en FARO EDUCA recurrimos a voces autorizadas para mostrar dos de las posturas más comunes a este respecto. Les preguntamos: el comportamiento del alumnado, ¿puede o debe ser evaluable? 

Isabel Dans, Profesora de Didáctica.

Isabel Dans, Profesora de Didáctica. / Cedida

"Se trata de evaluar, no de premiar"

Uno de los fines de la educación, también recogido por la ley educativa LOMLOE y las anteriores, es el desarrollo de los conocimientos, habilidades y actitudes. En esta dirección, cabe entender la evaluación en un sentido amplio, como integradora de los fines educativos. Ahora bien, en el marco actual no se contempla la actitud como un aspecto separado que deba analizarse y del que deban extraerse evidencias con peso en la calificación.

Se tiende a separar la instrucción de la educación, porque son dos realidades diferentes, aunque el acto educativo incluya en parte a la primera. Educamos en un pasillo y en el comedor, educamos en el cambio de clase y educamos durante la clase.

Ahora bien, educar no es evaluar, es algo mucho más grande y trascendente, no cabe en un registro de evidencias didácticas, no cabe en un examen, no cabe en unas calificaciones. Hay mil caminos para educar la conducta, para ayudar en la mejora del comportamiento y no tienen que ser calificaciones.

"En el marco actual no se contempla la actitud como un aspecto separado que deba analizarse y del que deban extraerse evidencias con peso en la calificación"

En algunas materias forma parte de la propia didáctica; pensemos por ejemplo en Educación Física: ¿solo evaluamos la altura del salto o podemos evaluar cómo se trabaja ayudando a otras personas o gestionando un evento deportivo para el resto del cole? También ocurre en Primaria en Educación artística, donde se puede evaluar la cooperación o la limpieza y el cuidado de los materiales, ¿por qué no? Cuando participamos en un proyecto se incluyen actitudes en las rúbricas de una forma habitual.

El interrogante nos lleva mucho más allá: ¿podemos ser buenos profesionales si no somos buenas personas? Podremos obtener buenos resultados, pero nuestra educación, nuestra sociedad, seguro que ha fallado. Se plantea en esos casos una evaluación un tanto subjetiva.

Evaluamos para aprender, para tomar decisiones de mejora, no para premiar conductas. Me parece que debemos reconocer el esfuerzo al editar ese manual de orientaciones para elaborar programaciones: todo lo que sea apoyar al profesorado merece un aplauso. El debate debe tratar más sobre cómo ayudar a mejorar a las personas, en definitiva, cómo educar.

Fernando Fraga, Profesor Departamento  Pedagogía y Didáctica USC  Grupo Stellae

Fernando Fraga, Profesor Departamento Pedagogía y Didáctica USC Grupo Stellae / Cedida

"No es capricho, es coherencia"

Lo expresaré con contundencia: sí, la evaluación debe contemplar también las conductas, incluyendo ahí los problemas de comportamiento del alumnado en el día a día de la escuela. No por capricho, sino por coherencia con el modelo de enseñanza por competencias que oficialmente regula la práctica de la enseñanza y el aprendizaje, desde hace 17 años (desde la LOE hasta la actual LOMLOE pasando por la LOMCE).

En la escuela hemos superado una visión del aprendizaje que se reduce a los contenidos de las diferentes materias. Desde hace más de quince años estamos intentando desarrollar competencias entendidas no sólo como respuesta a las demandas del mercado laboral sino también como un desarrollo total de la persona. Una de ellas, por ejemplo, es la Competencia Ciudadana, que se refiere a que el alumnado pueda ejercer una ciudadanía responsable y participar plenamente en la vida social y cívica. Casi nada.

Al final de la escolarización obligatoria el alumnado debe demostrar “respeto por las normas, empatía, equidad y espíritu constructivo en la interacción con los demás en cualquier contexto”, tal y como se indica en el descriptor operativo correspondiente. Por lo tanto, salvo que ignoremos que “lo que no se evalúa se devalúa”, este descriptor se integra en los criterios de evaluación del alumnado, y debe valorarse. No es razonable ni tampoco coherente con el marco curricular vigente obviar los problemas de comportamiento que, sin duda, pueden evidenciar dificultades al nivel de las actitudes y de los valores para el desarrollo de esta competencia.

"No es razonable ni tampoco coherente con el marco curricular vigente obviar los problemas de comportamiento que pueden evidenciar dificultades"

De la gravedad de este asunto cabe percatarse cuando advertimos que no estamos hablando de normativas en un documento cualquiera: el manual que detalla estas recomendaciones es el referente base sobre el que giran las Programaciones Didácticas, el principal elemento de apoyo para el diseño de la propuesta de trabajo en las aulas, la guía por la que finalmente se va a orientar su práctica.

La pregunta clave es: ¿qué ocurre si esta documentación es, como sugiero, contradictoria e incoherente con el modelo de enseñanza basado en competencias? ¿A qué criterio deben hacerle caso los profesores? Y lo que es más importante, ¿cuál ampara y legitima el quehacer docente ante eventuales reclamaciones de las familias? ¿El de la fragmentación que supuestamente ignora las “malas conductas” o el del desarrollo integral que sí las contempla?

Es por eso por lo que nos encontramos ante lo que motiva este debate: la posibilidad de que un alumno alcance la máxima nota en alguna materia con un comportamiento desastroso en la escuela. Los maestros, en general siempre han sabido resolver eso asumiendo junto a su tarea instructiva su responsabilidad formativa. Por lo que es de desear que las orientaciones emanadas de la administración contribuyan a fortalecer ese buen hacer docente en vez de provocar confusión.