Admite que abusó de una menor y acepta dos años de prisión

Los hechos juzgados en la Audiencia Provincial ocurrieron durante el año 2018 dentro del partido judicial de Cambados

Fachada de la Audiencia Provincial de Pontevedra. |   // FARO

Fachada de la Audiencia Provincial de Pontevedra. | // FARO / F. Martínez

Un vecino de O Salnés reconoció ante la Audiencia Provincial de Pontevedra que abusó de una menor de 16 años, por lo que acepta una condena de dos años de prisión como autor de un delito de abusos sexuales continuados. En todo caso eludirá el ingreso en la cárcel por ser su primera condena, siempre que en no vuelva a delinquir.

Los hechos, que se juzgaron ayer en la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, ocurrieron durante el año 2018 dentro del partido judicial de Cambados, sin facilitar más datos para proteger la identidad de la víctima.

Fiscalía y defensa han llegado a un acuerdo para rebajar la pena hasta los dos años de cárcel, de modo que no tenga que celebrarse la vista. Son dos años menos que los solicitados inicialmente por el ministerio público, que pedía cuatro años de prisión.

Además de los dos años de cárcel, el reo debe respetar la medida judicial de alejamiento de la víctima.

El hombre no podrá comunicarse con la joven o aproximarse a ella, a su domicilio, lugar de trabajo, centro de estudios y cualquier lugar en el que esta se encuentre a menos de 150 metros durante un período de seis años. También se redujo el tiempo de esta orden de alejamiento, que en la petición inicial se elevaba a nueve años.

Al aceptar los hechos y la pena, el tribunal de la Audiencia de Pontevedra dictará una sentencia condenatoria que no tendrá recurso posterior.

Desestiman el recurso de un pontevedrés condenado por maltrato

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de un pontevedrés condenado a más de 13 años de prisión por maltrato habitual, agresión sexual, amenazas y lesiones sobre su pareja. El hombre fue condenado por la Audiencia Provincial de Pontevedra en febrero de 2021, por los delitos de maltrato habitual en el domicilio, amenazas contra la mujer, delito de lesiones, un delito de agresión sexual consumado y otro en grado de tentativa. Conllevan las penas de dos años de cárcel en el caso del maltrato habitual cometido en el domicilio común, seis meses de prisión por amenazas contra la mujer, otros ocho meses de cárcel por un delito de lesiones contra la mujer, así como 9 años y 1 día de prisión, como autor de un delito de agresión sexual, concurriendo las circunstancias agravantes de parentesco y género. La sentencia expone que a lo largo de la convivencia, pero fundamentalmente desde el año 2016, el hombre se dirigía a su pareja llamándola “puta” y “zorra” y con el ánimo de amedrentarla le decía “te voy a reventar la cabeza “inútil”, “te voy a matar”, dando golpes a las puertas y paredes y con idéntico ánimo le propinaba golpes o la empujaba, además y durante la convivencia en el periodo señalado exponía a la mujer exigencias sexuales pese a la negativa de esta, llevándola a mantener relaciones sexuales por la fuerza, entre otras vejaciones constatadas en la sentencia.