Compra un labrador por una web, recibe otro perro y solo le devuelven 200 de los 950 euros

El Supremo decide que esta causa, que se instruía en Ourense, se remita al juzgado de Málaga, el lugar desde el que se cometió el presunto fraude

Un perro labrador, la raza que quería comprar la mujer que denuncia haber sido estafada.

Un perro labrador, la raza que quería comprar la mujer que denuncia haber sido estafada.

Javier Fraiz

Javier Fraiz

Una mujer de Ourense denunció haber sido víctima de una estafa cometida a través de una conocida página web de anuncios. La perjudicada remitió 950 euros para la adquisición de un perro de la raza labrador, pero recibió otro can distinto. Además detectó deficiencias en la documentación y el registro del animal. Se puso en contacto con el vendedor y este solo le devolvió 200 euros.

Los hechos se investigaban en el juzgado de Instrucción Número 3 de Ourense, pero el Tribunal Supremo ha resuelto, tras una cuestión de competencia, que la causa sea remitida al juzgado de Instrucción Número 5 de Málaga, el lugar desde el que se cometió el presunto fraude y donde se encuentran los sospechosos.

Según el resultado de las diligencias practicadas hasta el momento, la investigación se centra en esclarecer la posible participación en una estafa del vendedor del animal, así como de la empresa y de la persona que realizaron el envío a Ourense. Tanto los dos particulares como la mercantil tienen su domicilio en Málaga.

“En este caso se investigan unos hechos con una cierta complejidad porque las personas (físicas y jurídicas) investigadas residen en Málaga, lugar desde el que se realizó el fraude. No ofrece duda que dicho juzgado está en mejores condiciones para concluir la investigación, por cuanto es presumible que en dicha localidad se encuentren las evidencias y las fuentes informativas que permitan el conocimiento completo de los hechos investigados”, resuelve el Supremo.

La cuestión de competencia fue planteada por el juzgado de Instrucción 3 de Ourense. La Fiscalía informó a favor de que este procedimiento recayese en Málaga. “El criterio de la ubicuidad debe en este caso ceder ante el de eficacia, en atención a la naturaleza del fraude y a las circunstancias concurrentes que justifican sobradamente una mayor facilidad para la investigación del Juzgado Número 5 de Málaga”, zanja la sala.

Suscríbete para seguir leyendo