El jurado declara culpable al acusado de asesinar con ensañamiento a su vecina en la calle Zamora

Descarta cualquier atenuante psíquico que influyese en su conducta

La Fiscalía eleva su petición hasta los 20 años de prisión mientras la familia de la víctima solicita 25 años

El acusado, tras conocerse el veredicto de culpabilidad del jurado, ayer.

El acusado, tras conocerse el veredicto de culpabilidad del jurado, ayer. / Ricardo Grobas

Pablo Posada mató a su vecina de varias cuchilladas y lo hizo con ensañamiento y restándole cualquier posibilidad de defensa: a la segunda herida, la víctima “era consciente de que estaba siendo asesinada”. Así lo determinó ayer el jurado encargado de enjuiciar la muerte de María Jesús Cruz en octubre de 2022 en el edificio de la calle Zamora donde vivía, declarando por unanimidad culpable al acusado de un delito de asesinato con ensañamiento y alevosía.

En su veredicto, tras poco más de seis horas de deliberación, los miembros del tribunal popular declararon probado que Posada actuó con intención de matar a su vecina y que además, la atacó una primera vez por la espalda, de manera “repentina” en cuanto la víctima abrió la puerta de su casa, con la “intención de causarle la muerte” y dejándola “sin capacidad de reacción” ni “posibilidad de defensa”.

También declararon probado, en este caso por mayoría de 7 a 2, que Pablo Posada actuó con ensañamiento porque, tras la segunda cuchillada –la que le asestó en el abdomen con tal fuerza que atravesó los intestinos, perforó la aorta y llegó a la columna vertebral causándole una herida ya mortal de necesidad–, la tercera acometida “incrementó de forma innecesaria” el sufrimiento de la mujer a tenor del tiempo entre “la primera y la última puñalada”.

A este respecto, precisaron los miembros de jurado que el propio acusado había reconocido el crimen tanto a la policía como a testigos y psiquiatras que lo atendieron tras el crimen.

En cambio, y con respecto al trastorno psíquico transitorio alegado por la defensa para justificar la actuación de Posada, el jurado también fue unánime declarando no probada la alteración psíquica temporal que hubiera podido influir en la capacidad intelectiva o volitiva del acusado, ni siquiera de forma media o leve.

Así, el tribunal argumentó que los informes forenses ponen de manifiesto que el acusado no padecía ninguna patología psiquiátrica, no quedando acreditado que hubiera tenido un episodio psicótico, intoxicación u otra circunstancia que hubiera afectado a sus capacidades.

Penas

En cuanto a las peticiones de pena, y tras acreditar el tribunal popular la agravante de ensañamiento en un veredicto que la fiscal calificó de “ejemplar”, el Ministerio Público elevó su petición de cárcel de 18 a 20 años. La acusación particular ejercida por la familia de la víctima mantuvo su petición inicial de 25 años de prisión para Pablo Posada, agradeciendo el trabajo y la “responsabilidad” de los integrantes del jurado.

Ahora será la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, la que determine en sentencia la condena que fijará para al acusado.

Los hechos se remontan a la noche del 23 de octubre de 2022. Posada reconoció haber asesinado a su vecina harto por los ruidos de la mujer asegurando que “perdió el control” después de que la víctima le mandase “a la mierda” en el portal del edificio y que la atacó con un cuchillo que cogió en la cocina de su estudio, agresión de la que solo recuerda una puñalada, si bien presentaba tres heridas. Esta versión fue desmentida por la Policía, que calificó el ataque como “premeditado” ya que estuvo esperando 38 minutos a que la acusada volviese a su domicilio, donde la esperó armado con un cuchillo de cocina y abordó por la espalda.