El TSXG pone fin al caso por el choque mortal de Salceda y envía al conductor ebrio a prisión seis años

El proceso judicial se cierra al no recurrir el fallo ninguna de las partes

El proceso judicial por el trágico accidente del 19 de marzo de 2021 en Salceda, en el que murieron una madre y sus dos hijos menores de edad, ha llegado a su fin y el único acusado por estos hechos, el joven que conducía bajo los efectos del alcohol cuando impactó contra el coche en el que viajaba la familia fallecida, tendrá que ingresar en prisión para cumplir una pena de seis años de cárcel por tres delitos de homicidio por imprudencia grave y otro de conducción bajo la influencia de drogas tóxicas.

Así lo ha ordenado el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), luego de declarar firme la sentencia dictada el pasado 9 de noviembre, en la que el alto tribunal ratificaba el fallo de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra, que impuso la pena de seis años de cárcel al conductor ebrio. Dicha condena fue recurrida por todas las partes, tanto por la defensa como por la acusación particular, ejercida por la familia de las víctimas, y por la empresa aseguradora. En el caso de la acusación particular, lo hicieron al considerar insuficiente una pena de seis años de cárcel por la pérdida de tres vidas humanas, reclamando lo máximo que permite la ley para este tipo de sucesos, que es de nueve años de prisión.

La acusación particular reclamaba la pena máxima fijada para este tipo de delitos, nueve años de cárcel en total

Contra esta ratificación del TSXG cabía recurso ante el Tribunal Supremo; no obstante, ninguna de las partes apeló, por lo que la sentencia ya es firme y el alto tribunal requiere el cumplimiento y ejecución de la misma, así como el archivo definitivo de la causa. En este sentido, se estima la entrada en prisión del condenado, Alfredo L.R., de 34 años, previsiblemente, en el próximo mes de enero.

Quintuplicaba la tasa de alcohol permitida

Alfredo L.R. cumplirá condena por la muerte de una madre y sus dos hijos, de 13 y 6 años, a consecuencia del brutal impacto que ocasionó cuando conducía quintuplicando la tasa de alcohol permitida. Durante su conducción invadió el sentido contrario de circulación, chocando frontalmente contra el vehículo familiar, que nada puso por evitar el trágico impacto.

Tanto la Audiencia Provincial como el TSXG culpan únicamente al conductor ebrio de dicha fatalidad, llegando a apuntar los magistrados del alto tribunal que “en pocos supuestos, como en el presente, resulta sencilla la conclusión sobre la culpabilidad del recurrente”.

Los jueces destacan que se trata de “un accidente brutal, en el que han perdido la vida tres personas, sin que a través de la instrucción o el plenario se atisbe otra participación en los hechos de la conductora que no sea la de circular por una carretera en la que coincide con el acusado, que ha decidido conducir su vehículo perfectamente consciente de la limitación de facultades debido a una altísima ingesta alcohólica”.

Recuerdan sus señorías que, antes de coger el coche, el condenado pidió en varias ocasiones que lo llevasen a su domicilio y que, cuando se puso al volante, condujo a 128 km/hora en una vía en la que la velocidad máxima está limitada a 90.

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