Multa de 150 euros por amenazar a su vecina con una hoz: “Sal para fóra que che corto o pescozo”

Un morañés, también condenado a multa por agredir a otro con una pala

Una vista de la Carballeira de Moraña.

Una vista de la Carballeira de Moraña. / Gustavo Santos

“Sal para fóra que che corto o pescozo”. Fue la frase con la que un pontevedrés amenazó a una vecina desde el exterior de su vivienda, mientras enarbolaba una hoz. Al mismo tiempo, otra mujer que le acompañaba golpeaba con un palo la cancilla de la vivienda, también amenazando a la inquilina. El Juzgado de Instrucción 3 de Pontevedra les condenó por ello a sendas multas de 150 euros, como autores de dos delitos leves de amenazas, pero la Audiencia Provincial ha anulado ese juicio y la sentencia, al haberse celebrado en ausencia de los afectados, que en realidad estaban en el edificio de los Juzgados desde antes de la hora señalada para su celebración, pero no llegaron a entrar en la sala. La Audiencia Provincial dictó que debe volverse a celebrar un nuevo juicio.

En la primera resolución judicial se consideró probado que el 17 de julio de 2023 por la tarde, cuando la afectaba se encontraba en su domicilio, el hombre se acercó a las escaleras de la vivienda y con una hoz en la mano le gritó la frase amenazante, mientras la mujer que le acompañaba golpeaba con un palo la verja de la vivienda, también amenazando a la inquilina. Los demandados recurrieron la sentencia porque no asistieron a la vista.

Moraña

Por otra parte, un vecino de Moraña ha sido condenado a una multa de 150 euros, así como al pago de la responsabilidad civil derivada del delito en la suma de 100 euros, por golpear a un vecino con una pala durante una discusión.

Se declara probado que sobre las 10.00 horas del 17 de noviembre de 2022, ambos mantuvieron una discusión en la Carballeira de Moraña y durante el transcurso de esta, el demandando sacó una pala del maletero de su vehículo y propinó al perjudicado un golpe en el brazo izquierdo. Como consecuencia del golpe, el hombre sufrió un hematoma que precisó una única asistencia facultativa, sin necesidad de tratamiento médico o quirúrgico, tardando en curar 7 días.

El demandado presentó recurso ante la Audiencia Provincial, que lo desestimó, confirmando la sentencia que previamente dictó el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Caldas de Reis.

"No se descarta que el trato al agresor no fuera el correcto, o fuese descortés o grosero”

Recoge que en la sentencia se mantuvo que la declaración del perjudicado “constituye un relato creíble, coherente y verosímil de lo ocurrido, que además queda corroborado” entre otras cosas por el informe de asistencia médica del Centro de Salud de Moraña, al que acude inmediatamente después de haber sido agredido y en el que se objetivan las lesiones causadas.

Tiene en cuenta además lo manifestado por un compañero de trabajo del afectado quien ofrece “un relato de lo ocurrido que sostiene la versión del denunciante”. Por su parte, el denunciado “no ofrece una versión especialmente esclarecedora de lo ocurrido”. Por un lado dice que se tuvo que defender porque eran dos hombre en su contra y por otro indica que no recuerda si les agredió o no, o si llegó a sacar una pala de su maletero. Aún así no se descarta que el trato que pudiera dispensar el afectado al agresor “no fuera el correcto, o fuese descortés o grosero”.