La “ley del solo sí es sí” aminoró un total de 16 años a 12 agresores sexuales en la provincia

Al menos, dos de los condenados, que estaban dentro de prisión, fueron excarcelados tras las revisiones

Uno de los condenados por agresión sexual, sentado en la Audiencia Provincial, que vio disminuída su pena.   | // IÑAKI OSORIO

Uno de los condenados por agresión sexual, sentado en la Audiencia Provincial, que vio disminuída su pena. | // IÑAKI OSORIO / A.G.

A.G.

Los tribunales españoles acordaron al menos 978 reducciones de pena en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, más conocida como la ley del solo sí es sí, según los datos recabados hasta el día 31 de marzo por el Consejo General del Poder Judicial del Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional, los Tribunales Superiores de Justicia y las Audiencias Provinciales. Estas resoluciones supusieron al menos 104 excarcelaciones, de las que, al menos, dos de ellas fueron en la provincia de Ourense. En términos provinciales, la aplicación de la nueva ley ha supuesto la rebaja de penas a 12 agresores, por el momento, y se traducen en una disminución de condenas en más de 16 años.

En todas las resoluciones judiciales favorables a la revisión, se establece un principio fundamentado como es la condena más favorable al reo. Todos los fallos así hacen referencia a él y para que no haya dobles interpretaciones de la ley del Supremo unificará los criterios en el mes de junio con la intención no ofrecer decisiones dispares, ya que hay algunos tribunales que están bajando las penas y otros no. Además, a este hecho se une la división política sobre dicha ley y también sobre la reforma que el propio PSOE plantea ante el Congreso de los Diputados.

Lejos del plano político y judicial, las rebajas de las penas tienen otro componente social, ya que en algunas de ellas hay menores de por medio, todas ellas mujeres, que fueron agredidas sexualmente. La media de disminuciones es de una rebaja de un año para cada condenado, siendo la mayor rebaja cuatro años y la menor tan solo seis meses.

Las condenas

El primero de los fallos, en el sentido de la rebaja de la pena impuesta, se dio en el mes de diciembre donde el condenado vio como la condena pasaba de tres años y medio a dos años y medio, después de quedar probados los hechos juzgados. Él intentó agredir a una joven en Xinzo de Limia, pero esta se resistió y el condenado no llegó a consumar la violación.

Otro de los acusados, J.F.B. se sobrepasó con su empleada del hogar en el municipio de O Carballiño y la condena, que era de seis años, pasó a ser de tan solo cuatro, el mínimo que fija la actual ley. Los hechos ocurrieron en una de las habitaciones primero llegando el condenado a besarla y hacerle tocamientos en contra de la voluntad de la mujer y minutos después la inmovilizó, sentándose encima de ella en el sofá, para bajar las mallas que lleva puestas, apartarle la ropa interior y penetrarla. Posteriormente se masturbó y eyaculó sobre ella. La mujer terminó sus tareas, ante el “miedo” y “temor” que sentía hacia él, según como señala la sentencia.

Otro de los casos más sonados es el agresor del gallinero, que vio como su pena disminuyó en un año tras violar a una niña de 11 años, en el municipio de Coles. En este caso, la rebaja de la pena permitió adelantar la salida de prisión, ya que la pena quedó en doce años y ocho meses de cárcel y ya habría cumplido el tiempo.

Otra de la rebaja de las penas, con menores como víctimas, fue la de J.M.O.D.C. que intimidó a una joven de 16 años cuando regresaba a casa de madrugada y, a punta de navaja, llevó a la menor de Ourense a Portugal hasta una casa donde la violó. Dicho condenado vio como la pena pasaba de nueve a ocho años después de juzgarlo por delitos de agresión sexual, detención ilegal y lesiones.

Y a estas se suma otra sentencia, con menores de por medio, donde un hombre vio disminuida la pena de 12 a 11 años, por agredir sexualmente a la hija de su pareja. Lo hizo mientras estaba con su pareja y después de haber finalizado la relación, ya que el condenado visitaba regularmente la casa donde residía la menor. En la sentencia, se señala que los abusos continuaron durante casi un año entero, donde aprovechaba los momentos que estaban solos en casa para realizarle tocamientos.

Otro de los casos más conocidos es el de un condenados que vio como se le bajaba la pena un año, después de agredir sexualmente a una mujer sexagenaria y a otro septuagenaria. A esta última, con motivo de la simulación de un presupuesto para pintar su casa, la intimidó y le dijo que “te voy a robar y a violar”. Posteriormente, la ató de pies y manos en su casa, preguntándole si tenía dinero.

La interpretación de la norma por parte de los diferentes órganos judiciales es dispar y es por ello que el Supremo quiere unificar dicho criterio. Hay que destacar que en la provincia de Ourense, al menos, hay media docena de revisiones que fueron desestimadas y que siguen con la condena establecida en primer lugar.

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