La asesoría jurídica no redactó la resolución del contrato
"El acuerdo de resolución del contrato sin firmar no fue redactado por la asesoría jurídica. Sería un borrador". Así de rotundo fue su responsable, Luis Tros, durante su declaración ante el juez, en relación a la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) de diciembre de 2010, por la que se anulaba la adjudicación a la UTE Troncoso-Saludges del contrato del servicio de ayuda a domicilio, y que siguió realizando durante un año más hasta que se volvió a sacar un nuevo concurso a través de una resolución de mutuo acuerdo, y por los que percibió más de 3 millones de euros.
Una cuestión que también es objeto de investigación por parte del juzgado, al no ejecutarse la sentencia y optar por el mutuo acuerdo y permitir seguir a la UTE con la contrata, y que el responsable de la asesoría jurídica dijo desconocer, aunque explicó que para dar cumplimiento a la sentencia el órgano gestor tendría que ejecutarla bien a través del servicio de Contratación o del de Bienestar Social, pero sin ir más allá.
En esa línea de fijar responsabilidades, señaló que desde la asesoría jurídica no se informó de que se pagaban facturas que no correspondían, al no tener requerimiento en ese sentido.
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