La nueva ordenanza de venta de Bueu obliga a darse de alta en un registro para los productos del campo

El texto se aprobó inicialmente en el pleno y ahora se somete a exposición pública

El mercado ambulante de Bueu, delante del Centro Social do Mar.

El mercado ambulante de Bueu, delante del Centro Social do Mar. / Santos Álvarez

El pleno de Bueu aprobó en su primera sesión del año 2024 la nueva ordenanza de venta ambulante, en la que se incluye un apartado específico para la comercialización de productos agrícolas de temporada por parte de los propios agricultores. El nuevo reglamento sustituirá al que está en vigor desde 2005 y se adapta a la nueva legislación autonómica aprobada desde entonces, como la Lei 13/2010 do Comercio Interior de Galicia. Entre las novedades destaca que las personas que vendan productos del campo deberán darse de alta en un registro de la Xunta de Galicia.

El texto aprobado el lunes debe publicarse ahora en el Boletín Oficial da Provincia (BOP) para un periodo de exposición pública de 30 días. La ordenanza describe las distintas modalidades de venta ambulante, que serán el mercadillo de los lunes y jueves; las fiestas populares y otros mercados ocasionales, como los mercadillos ecológicos o artesanales; la venta en camión o vehículos tienda; y nuevas realidades como la venta a través de las conocidas como “food trucks”.

El reglamento incluye un capítulo específico para la tradicional comercialización de productos del campo, en el que se aclara que no se puede considerar como venta ambulante. “Es una venta directa de productos agrícolas de temporada ejercida por los propios agricultores, limitada a su propia producción”, precisa la concejala de Promoción Económica, Silvia Carballo.

El espacio reservado para este tipo de venta es el frente de la plaza de abastos, en los días de mercado ambulante [lunes y jueves] o los que el Concello determine. La ordenanza enumera los requisitos que deben cumplir los vendedores y entre ellos destaca la obligación de que esos excedentes agrícolas procedan de explotaciones inscritas en el Rexistro de Explotacións Agrarias de Galicia (Reaga).

La nueva regulación establece que los vendedores no podrán ocupar más de 4 metros cuadrados y en ningún caso los productos se podrán exhibir directamente encima del suelo. “Deben estar en mesas para garantizar unas condiciones mínimas de higiene y sanidad, o directamente en cestas o cestos, situados a una altura mínima del suelo de 60 centímetros y protegiendo las mercancias de la lluvia y del sol”, se estipula.

Con la adaptación de la ordenanza de venta ambulante a la ley autonómica también se recoge la posibilidad de ceder los puestos a ascendientes, descendientes, conyuges o parejas de hecho. El texto se aprobó en el pleno del lunes con los votos a favor del BNG y PSOE y con la abstención del PP, que explicó que esperará al periodo de alegaciones y no descarta presentar aportaciones.

La moción de los pélets fue aprobada con los votos de BNG y PSOE.

La moción de los pélets fue aprobada con los votos de BNG y PSOE. / C.B.

[object Object]

El pleno de esta semana incluyó una moción del PSOE presentada por vía de urgencia sobre el vertido de pélets que afecta a parte de la costa gallega. El texto salió adelante únicamente con los votos de PSOE y BNG y se reclama a la Xunta mayor agilidad para evaluar directamente el nivel de emergencia, la puesta a disposición de medios para los concellos, un plan específico por parte de la Diputación de ayuda para los municipios afectados y una mayor cooperación con el Estado.

La moción contó con el voto en contra del PP, que reprochó que se centrasen las responsabilidades en la Xunta.

Suscríbete para seguir leyendo