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Bueu somete a consulta el nuevo régimen de venta ambulante, con autorizaciones de 5 años

La ordenanza prevé la posibilidad de transferir la titularidad de los puestos en caso de cese de actividad - Se regula de manera clara la comercialización de alimentos y excedentes

El mercadillo de Bueu, entre la Avenida Montero Ríos y la explanada del Centro Social do Mar. GONZALO NUÑEZ

La Concellería de Promoción Económica de Bueu acaba de abrir el plazo de consultas pública para afrontar la actualización del reglamento municipal de venta ambulante y de productos del campo, un texto con más de 16 años de vigencia y que en algunos aspectos se ha quedado obsoleto. La propuesta que se somete a este trámite previo a la aprobación inicial es el resultado de las conversaciones entre el sector de los ambulantes y el propio gobierno local desde finales del año pasado. Las principales novedades pasan por la ampliación de los permisos de actividad, que pasan de un año a cinco años, y la desaparición del concepto de mercadillo extraordinario.

El propio encabezamiento de la propuesta admite que el reglamento actualmente en vigor “está muy obsoleto” y por tanto “no da respuesta a las demandas del colectivo de comerciantes ni de los consumidores”. Al mismo tiempo, el nuevo régimen establece las bases para regular la venta de los productos que proceden de los excedentes del campo, algo a lo que se da especial importancia debido a los cambios en la legislación sanitaria.

Una de las principales reivindicaciones del sector era cambiar el régimen de los permisos de actividad, que hasta ahora es necesario renovar de manera anual. Esto supone molestias para los comerciantes como una mayor carga de trabajo para los servicios técnicos municipales. Así, la propuesta es que las autorizaciones tengan validez por un periodo de cinco años, que pueden ser prorrogadas por otros cinco años. Además, se aprovecha para adaptar la normativa municipal a la Lei 13/2010 do Comercio Interior de Galicia lo que, entre otras cosas, permitirá que si algún comerciante decide cesar su actividad puede transferir su puesto a su cónyuge, pareja de hecho, ascendientes o descendientes en primer grado. Esta modificación supone un gran cambio con respecto a la ordenanza vigente, que no prevé esta situación y en caso de cese de actividad el punto de venta quedaba vacío hasta que el Concello podía sacarlo de nuevo a concurso.

Otro de los capítulos importantes en el nuevo texto es el referido a los productos de alimentación que se pueden vender en los puestos de carácter desmontable. Así, está autorizada la comercialización de frutas, hortalizas, verduras, quesos de país y curados, productos etiquetados, huevos, embutidos, carnes curadas, productos de horno, churros y similares. Por el contrario, queda expresamente prohibida la venta de carnes y caza fresca, refrigerados y congelados, pescados y mariscos frescos, leche, quesos frescos, requesones, nata, mantequilla, yogures y otros productos lácteos, pastelería o dulces rellenos, pastas frescas y rellenas, anchoas, ahumados y otras semiconservas. La ordenanza deja la puerta abierta a autorizar su venta cuando dispongan de instalaciones frigoríficas o estén debidamente etiquetados.

El periodo de consultas públicas del nuevo reglamento municipal se abrió ayer y estará vigente hasta el próximo 31 de agosto. A continuación se estudiarán las posibles aportaciones para elaborar el texto definitivo, que se debe someter a aprobación plenaria y posteriormente a un periodo de exposición pública abierto al conjunto de la ciudadanía.

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