Vecinos del corazón de Vigo resisten con su renta antigua los intentos de los nuevos dueños de echarlos

La propiedad recurrió a varias vías jurídicas para lograr el desahucio de los inquilinos, personas mayores y de bajos ingresos, pero los tribunales tumbaron sus pretensiones

La Audiencia Provincial también rechaza multiplicarle los alquileres y se quedan con mensualidades de entre 67 y 205 euros

El edificio, en la confluencia de María Berdiales y Hernán Cortés, en el que viven los inquilinos

El edificio, en la confluencia de María Berdiales y Hernán Cortés, en el que viven los inquilinos / Marta G. Brea

Firmaron sus contratos de alquiler en pesetas, en cantidades irrisorias desde la perspectiva actual, y mantienen unos precios impensables hoy en día gracias a su resistencia, al amparo legal y a la pericia de sus abogados. Un grupo de vecinos de un céntrico edificio de Vigo, personas mayores con bajos ingresos, conservará sus viejos contratos, solo actualizados con el IPC, pese a los insistentes intentos de los nuevos propietarios de desahuciarlos o, al menos, de multiplicarles la renta.

La última y definitiva victoria la lograron con una sentencia de febrero de este año de la Sección Sexta Audiencia Provincial, con sede en Vigo, en la que se ratifica que los dueños llegaron tarde en su pretensión de elevar el coste mensual de los apartamentos y lo hicieron "de manera manifiestamente irregular". Pretendían subirles desde unos 100 euros, o incluso menos, a más de 400. Es el último capítulo de una historia que empezó a principios de 2019, cuando una sociedad limitada, Residencial María Berdiales, se hizo con un inmueble entero en la confluencia de esta calle con Hernán Cortés, en el corazón de la urbe.

Los cuatro titulares que protagonizan el fallo judicial firmaron sus contratos entre los años 1964 y 1981 con los anteriores dueños, un matrimonio que vivía fuera de la ciudad y que se limitó a incrementos del IPC durante estas décadas. Los nuevos titulares, en cambio, tenían otros planes. Su idea original, explican desde el despacho Borrás y Parapar Abogados, que llevó la defensa de tres de estos inquilinos, era la de vaciar todos los apartamentos. Al principio lo intentaron complicando la vida a los residentes, en su mayoría personas ya mayores, con ruidosas y molestas obras.

Como esa vía no surtía efecto, probaron a desahuciarlos con varias estrategias. Con una vecina alegaron impagos de las cuotas relativas a los gastos de comunidad, como la portería y el ascensor. Pero la defensa pudo demostrar que esos conceptos ya estaban incluidos en los contratos originales. A otra inquilina también la quisieron echar con el argumento de que se había subrogado el contrato en dos ocasiones, pero esa vía tampoco prosperó.

Mientras estas tentativas de desahucio seguían su curso, Residencial María Berdiales también peleaba en los tribunales para, al menos, subir los alquileres. Este es el pleito, iniciado a finales de 2019, al que ahora da carpetazo la Audiencia Provincial validando el fallo del Juzgado de Primera Instancia n.º 4, al que ha tenido acceso FARO. En un principio eran cinco los demandados, pero uno de los inquilinos falleció al comienzo del proceso y su viuda acabó dejando el apartamento.

Contratos de 2.400 pesetas

Los tres residentes representados por Borrás y Parapar habían firmado sus contratos en 1964, 1966 y en 1981, los dos primeros con mensualidades de 2.400 pesetas (14,4 euros) y el tercero ya con 17.296 pesetas (103,951 euros); a lo largo de los años esas cifras solo registraron aumentos vinculados al IPC. La nueva propiedad, en cambio, pretendía incrementarlos hasta 484,18, 377,22 y 440,4 euros, respectivamente. La cuarta afectada, que contó con otra abogada, tenía en origen un contrato rubricado en 1976 por 1.000 pesetas (6,01 euros) y querían elevarlo hasta 206,58 euros.

La defensa conjunta de los tres inquilinos esgrimió dos argumentos para rechazar la subida. En primer lugar, consideró que la reclamación había prescrito, ya que se había consumido con creces el plazo de 15 años para acometerla desde que en 1995 entró en vigor la ley que regula estas situaciones. Tachó el intento de "retraso desleal y de abuso del derecho" y reprochó la pretensión de actualizar la renta "muchos años después de haberlo podido hacer".

La segunda baza que jugaron los letrados fue la de que el incremento tampoco procedía porque sus ingresos eran inferiores a dos veces el Salario Mínimo Interprofesional. Esta era la razón, de hecho, por la que los anteriores propietarios no ejecutaron subida alguna.

(I-D) LOS ABOGADOS JOSE PARAPAR, DANIEL BORRAS Y CARLOS BORRAS MIEMBROS DEL DESPACHO DE ABOGADOS BORRAS Y PARAPAR

De izquierda a derecha, los abogados José Parapar y Daniel y Carlos Borrás, en una imagen de 2016OGADOS BORRAS Y PARAPAR / Ricardo Grobas

La prescripción fue, a la postre, el elemento definitivo para que los jueces diesen la razón a los vecinos. De hecho, la demanda contra la residente representada por otra letrada fue acogida parcialmente, ya que en su caso no se utilizó el argumento de que la reclamación había caducado. De todos modos, su renta, ahora establecida por sentencia judicial, seguirá siendo la más baja: 67,44 euros. Las demás quedaron como estaban cuando comenzó el proceso judicial, en 205,57, 101,41 y 95,27 euros, a lo que habría que sumar el IPC de estos últimos años. Ese es el único incremento que cabe aplicar hasta decaigan los contratos con el fallecimiento de sus titulares.

La situación del bajo

Residencial María Berdiales tuvo más éxito judicial contra el inquilino de uno de los bajos del edificio, el que situado en el número 10 de Hernán Cortés acoge a un popular karaoke. Los tribunales sí le dieron la razón en el desahucio del local, al menos hasta el recurso presentado ante la Audiencia Provincial, resuelto en marzo de 2023. Consideraron se trataba de un contrato, firmado en 1991, de un año de duración, prorrogable sucesivamente si las dos partes estaban de acuerdo.

Los nuevos dueños, según la sentencia de instancia y la que la ratifica en apelación, cumplieron en tiempo y forma lo estipulado para reclamar que abandonasen el local, en diciembre de 2019. El caso es que el negocio sigue funcionado a día de hoy, de modo que tal vez sus propietarios estén intentado agotar la vía del Supremo o hayan llegado a un arreglo extrajudicial. En el local contiguo había una óptica que sí cerró y con la que no consta pleito alguno de los nuevos dueños.

Derecho de rectificación

En el ejercicio del derecho de rectificación por parte de Residencial María Berdiales SL, y respecto a la información titulada “Vecinos del corazón de Vigo resisten con su renta antigua los intentos de los nuevos dueños de echarlos”, publicamos el siguiente texto: “Se niega rotundamente que las obras que se realizaron en su momento en el edificio respondiesen a una intención de complicar la vida a los residentes. Muy al contrario, las obras acometidas y sufragadas íntegramente por Residencial María Berdiales supusieron la implantación en el edificio de notables mejoras fundamentalmente en materia de accesibilidad, energía y seguridad que han incrementado enormemente la calidad de vida de los residentes. Además de lo anterior, también se realizaron importantes obras para mejorar la estética del edificio, resultando ello notorio y fácilmente constatable solamente con fijarse en el estado actual de la fachada y comprararlo con su estado anterior”.

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