El TSXG anula la adjudicación de los parkings de Policarpo Sanz, Areal y Pintor Colmeiro

El alto tribunal gallego asegura que el Concello tenía que haber rechazado la oferta de la UTE Eloymar-Tranvías Eléctricos

Vista de una de las entradas del parking de Policarpo Sanz.

Vista de una de las entradas del parking de Policarpo Sanz. / FDV

R. V.

En el año 2007, días antes de las elecciones municipales, la junta de gobierno local selló la adjudicación, en dos lotes, del servicio público de aparcamientos subterráneos de uso mixto. El primero de ellos fue asignado a la UTE Eloymar-Tranvías Eléctricos, para la ejecución y explotación de los parkings de Policarpo Sanz, Areal y Pintor Colmeiro, que suman cerca de 1.250 plazas.

Una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acaba de anular aquel acuerdo del gobierno municipal, comandado entonces por Corina Porro, al considerar que la oferta de Eloymar tuvo que haber sido rechazada por incumplir requisitos técnicos de anchura y altura de los estacionamientos. Contra el fallo cabe recurso de casación en el Supremo, opción que previsiblemente ejecutará Praza do Rei. Fuentes del ejecutivo que preside Abel Caballero incidieron en que la sentencia no cuestiona la continuidad del servicio, aunque lo estudiarán con mayor profundidad.

El alto tribunal explica en la sentencia que la perita judicial ha concluido que en la calle Pintor Colmeiro el 66,92 % de las plazas no alcanzan los 240 centímetros de anchura exigida en el pliego de prescripciones técnicas, un porcentaje que en la calle Policarpo Sanz se eleva hasta el 67,55 %; y, en la calle Areal, al 70,32 %. Los criterios, según indican los magistrados en la resolución, “fueron claramente fijados en el apartado cinco del pliego de prescripciones técnicas y correctamente valorados por la perita judicial en un informe que ha destruido el juicio técnico que siguió la mesa de contratación y, después, el acuerdo municipal de 21 de mayo de 2007, que tiene que ser anulado, junto con el del 10 de septiembre de 2007, que lo confirmó, si bien solo en lo que alcanza a la adjudicación del lote 1”.

Decisión del Concello

A efectos prácticos, este fallo delega en el Concello las acciones a ejecutar a partir de ahora, dado que no ha ordenado ejercer ninguna acción retroactiva. Al respecto, apunta que no puede tomar esa medida por la gran cantidad de tiempo transcurrido, por la incidencia que podría suponer la aplicación de la ordenación provisional municipal (de julio de 2019) y, sobre todo, porque “es lógico que se haya ejecutado ya la construcción de los aparcamientos”.

“Será la corporación local la que decida la mejor manera de prestar el servicio público que declaró en el año 2005. Por supuesto, tampoco se realiza pronunciamiento alguno sobre las responsabilidades que de las primeras de esas decisiones se deriven”, expone literalmente el fallo. La razón por la que el tribunal no ordena repetir el concurso es porque también tendría opción el Concello de recuperar para sí la gestión de los parkings, con una remunicipalización, una posibilidad improbable. La adjudicataria de este lote, Eloymar, podrá volver a concurrir en otro proceso competitivo, aseguraron fuentes jurídicas.

El hecho de que el recurso de casación haya que presentarlo en el Tribunal Supremo demorará cualquier resolución definitiva, como mínimo, en torno a tres años. El de Policarpo Sanz es el de mayor capacidad, de los asignados entonces en el lote 1, con cerca de 500 plazas. A continuación se sitúa el de Pintor Colmeiro, con 390, frente a las 270 disponibles en el aparcamiento subterráneo de Areal.

La compañía Eloymar explota en Vigo, además, los parkings de Urzáiz y Praza da Independencia. También el Lote 2, adjudicado a Puentes y Calzadas Grupo de Empresas S.A. y que incluía tres parkings: Castelao, Jenaro de la Fuente y Rosalía de Castro (este último nunca llegó a construirse), estuvo inmerso en problemas económicos y legales desde su construcción. De hecho, el Concello tuvo que acabar declarando el incumplimiento de la concesión de los dos aparcamientos ejecutados y asumiendo temporalmente la ejecución directa del servicio público de explotación de los subterráneos.