Eliminada la discriminación a los supervivientes de cáncer en el carné de conducir

Renovarán la licencia con la misma frecuencia que el resto de la población

REDACCIÓN

El Boletín Oficial del Estado (BOE) puso fin ayer a la discriminación de las personas que han superado un cáncer en lo relativo a la renovación del carné de conducir. A partir de ahora, el plazo establecido para esa actualización será el mismo que para el resto de la población, tras la modificación del anexo IV del Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009.

En el caso de trastornos oncohematológicos, las personas que cuenten con determinados permisos de conducción y hayan superado los tres primeros años con una remisión completa de la enfermedad, debidamente acreditada por un informe del oncólogo o hematólogo competente, puedan renovar su documentación no por el plazo de tres o cinco años previsto actualmente, sino por el que les correspondiera por razón de la edad, siempre y cuando ya hayan transcurrido diez años de remisión completa.

En el supuesto de otros procesos oncológicos, las personas que posean determinados permisos de conducción podrán renovarlo siempre y cuando no exista evidencia de su enfermedad y siempre que no estén recibiendo tratamiento adyuvante, previo informe favorable del especialista, según informa Europa Press.