El ladrón confeso del Códice Calixtino, José Manuel Fernández Castiñeiras, será juzgado el 15 de enero por el supuesto robo de cartas a sus vecinos. Así lo confirmó ayer el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que indica que el juicio se celebrará en el juzgado de lo Penal número 1 de Santiago. Lo que no hay, por ahora, es fecha para la vista por el robo del manuscrito medieval de la catedral de Santiago.

Aunque la obra desapareció en 2011 y se recuperó un año después y la instrucción del caso, que recayó en manos del juez José Antonio Vázquez Taín, ya está finalizada, la Audiencia de A Coruña tuvo que resolver numerosos recursos. Ayer mismo, se hacían públicas una docena de sus resoluciones en respuesta a varios recursos presentados por la defensa del exelectricista de la catedral. De hecho, en uno de ellos, la Audiencia Provincial de A Coruña apunta la "caótica" tramitación del proceso y la "inaudita actividad alegatoria e impugnatoria de la defensa" del ladrón confeso, que considera que "ha sobrepasado" al instructor.

Aunque versan sobre distintos puntos y providencias, los recursos, en su mayor parte rechazados, introducen la petición de nulidad de todo lo actuado desde enero de 2013, cuando se presentó una petición de recusación del instructor. En los autos, la Sala reconoce que la tramitación de la petición de recusación de Vázquez Taín fue "extemporánea y tardía" y apunta como un error de procedimiento que el propio juez decidiese sobre su recusación.

"Lo que plantea" la defensa, indica la Audiencia en un auto, "es que el incumplimiento del juez recusado de apartarse del proceso vicia de nulidad todo lo tramitado por él". No obstante, apunta que "la irregularidad cometida no puede determinar la anulación de todo lo actuado hasta que se tramitó debidamente la recusación". Ello se debe a que la propia sala desestimó más tarde la "concurrencia de causas de recusación del instructor".

El tribunal sí estimó parcialmente uno de los recursos de la defensa, relativo a la entrega de las cantidades incautadas al supuesto autor del robo al Cabildo catedralicio. En un auto contra el que no cabe recurso, señala que el Cabildo deberá ofrecer una "garantía" para poder recibir de forma "provisional" los fondos económicos incautados.

Dado el "carácter fungible del bien y su elevada cuantía", la Audiencia ve "justificado" que se "preste garantía de su eventual restitución" y acuerda que la devolución "podrá producirse" cuando el Cabildo ofrezca la "garantía o caución que considere que cubre debidamente la devolución de lo que pueda percibir provisionalmente".