La eólica zozobra en los juzgados gallegos con 2.400 recursos y 112 contenciosos

Más de la mitad de todos los proyectos autorizados están afectados, sin que en muchos casos se hubieran presentado alegaciones durante el proceso de tramitación pública

Un parque eólico de Naturgy en Galicia. / FDV

Un parque eólico de Naturgy en Galicia. / FDV / julio pérez

Julio Pérez

Julio Pérez

A la abultada lista de proyectos eólicos suspendidos por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) se unió hace pocos días el parque Campo das Rosas, impulsado por Naturgy. Ubicado entre los concellos de A Estrada, Campo Lameiro y Cerdedo-Cotobade, tiene una potencia de 25,56 megavatios (MW), la previsión de producción neta supera los 67. 000 MWh al año y el presupuesto de ejecución asciende a 25,5 millones de euros sin IVA. El Consello de la Xunta le otorgó la autorización administrativa previa, la de construcción, la declaración de utilidad pública y la compatibilidad con diversos aprovechamientos forestales en la zona el 13 de abril de 2023. Adega recurrió, alegando que la declaración de impacto ambiental y los permisos finales “ignoraron descaradamente la presencia de hábitats prioritarios”, como un tipo de turberas, “e incluso de especies en peligro de extinción”, el licopodio das brañas. Como está sucediendo en la mayoría de casos, saltó del ámbito administrativo al judicial. La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal gallego aceptó la petición de otra organización, la Asociación Ecologistas en Acción Galiza, de suspender de forma cautelar el acuerdo del Ejecutivo autonómico que dio vía libre al parque.

Que haya dos asociaciones diferentes litigando contra un parque eólico es muy habitual en la batalla que los críticos u opositores libran contra el desarrollo del sector. En estos momento hay 2.390 recursos administrativos presentados contra permisos concedidos y 112 recursos contencioso-administrativos que afectan a 64 parques, según los datos confirmados por la Consellería de Economía a Faro.

Más de la mitad de todos los proyectos sin construir que cuentan con la autorización de la Xunta (109) tienen, al menos, un recurso en el TSXG. Muchos, sin haber recibido alegaciones durante la tramitación. Los informes periciales que acompañan los recursos son, según coinciden varias fuentes del sector, “frecuentemente, copias de otros” y denuncian incluso la afectación a especies que ni siquiera existen en Galicia con imágenes adjuntas genéricas sacadas de internet.

El presidente del Gobierno gallego mostró la pasada semana su preocupación por la situación. Respeta las decisiones judiciales, “pero no las comparto”, matizó Alfonso Rueda, que defendió “la rigurosidad” de los técnicos autonómicos y el derecho de la administración a recurrir también.

Ese mismo mensaje daba la conselleira María Jesús Lorenzana en una entrevista con este periódico cuando estalló la conflictividad. “Como jurista me parece muy dudoso que se pueda estimar una medida cautelar de suspensión en base a un informe pericial que se aporte, y no digo que el técnico que lo haga no sea competente. Ese tipo de medidas cautelares crean inseguridad jurídica”, lamentó. En su reciente comparecencia en el Parlamento gallego para presentar las cuentas de su departamento para el próximo año, Lorenzana admitió que el sector está “bloqueado”. El director xeral de Planificación Enerxética e Recursos Naturais, Pablo Fernández Vila, insiste: “Si la tramitación en su momento fue positiva es porque, por supuesto, fue hecha con todas las garantías jurídicas y ambientales”.

Con motivo de la celebración del Día de las montañas, las 200 organizaciones y colectivos integrados en la plataforma “Eólica Así Non” preparan el 9 y 10 de diciembre nuevas movilizaciones en las localidades de Amil (Moraña), Vilar de Barrio, Campo de Carlexo (Val do Dubra), Ortigueira, Lugo y A Fonsagrada. “Hace tiempo que los gobiernos de la Xunta y el Estado vienen demostrando un manifiesto abandono de su función pública como valedores del interés general en el proceso de transición ecológica, para ponerse al servicio del lobby energético”, aseguran. Con la campaña de #Tipodesparalos de recogida de donativos sacaron adelante la financiación de los recursos de casi una treintena de parques y en estos momentos la campaña está abierta para otros dos.

En una carta a los asociados de la patronal eólica gallega, EGA, su presidente alertaba recientemente de las consecuencias irreparables “de la paralización del sector”. “La implantación de parques eólicos en Galicia y sus autorizaciones vienen avalados por la normativa autonómica, estatal y comunitaria en vigor, por informes, administraciones, entidades, funcionarios públicos y un largo etcétera”, señala Manuel Pazo, frente a las asociaciones “opuestas sistemáticamente al desarrollo energético, económico y social en Galicia”. “Amparándose en discrepancias ideológicas comprometen el futuro de todos”, lamenta.

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La ley de medidas fiscales y administrativas que va en paralelo a los presupuestos de Xunta para 2024 recoge un apartado específico para la “promoción en Galicia del despliegue de la energía eólica como energía renovable”, dado su “papel esencial” en el cumplimiento de los objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, su contribución a la lucha contra la contaminación “y a la protección, restauración y mejora del estado del medio ambiente” y los “beneficios socioeconómicos”, desde la creación de empleo al fomento del tejido industrial, pasando por la búsqueda de un precio de la energía “justo y alcanzable para los ciudadanos y empresas”. Los proyectos eólicos de competencia regional, aquellos que no superen los 50 megavatios (MW), tendrán la consideración de “interés público superior”. También las líneas de evacuación y subestaciones.

No es una decisión de la Xunta. Sigue el dictado de la Unión Europea para el despliegue de renovables porque “contribuyen a la salud y seguridad públicas”, un “elemento relevante al ponderar los intereses jurídicos de cada caso”, incluido el momento de la evaluación ambiental para autorizarlos. “Salvo –recuerda la Xunta– que dichos proyectos tengan efectos adversos importantes sobre el medio ambiente y sobre el paisaje que no pueden mitigarse ni compensarse”.

La última resolución del TSXG con el parque Campo das Rosas evidencia algunos matices respecto a fallos anteriores. Los magistrados acogen la solicitud de paralizar el proyecto en el criterio fumus boni iuris, “una figura jurídica que se refiere a la apariencia o probabilidad de que una acción legal tenga un fundamento jurídico válido”, como explicó el propio tribunal en la comunicación pública de su decisión. En otras palabras, la famosa apariencia de buen derecho. Pero no entra al fondo de la cuestión. Si hay realmente o no daño al entorno.

Ciñen la suspensión a los supuestos defectos en la tramitación formal al considerar que, en el momento de la exposición pública del informe de impacto, deberían haberse presentado también los informes sectoriales emitidos por otros organismos. Fue la razón que dieron en enero de 2022, cuando empezó la cascada de resoluciones contrarias a proyectos eólicos en la comunidad, para tumbar la repotenciación del parque eólico Corme de EDP. Todo un bombazo porque hasta ahora, tanto en Galicia como en el resto del país, los informes sectoriales se piden en una segunda fase. EDP, Xunta y la patronal eólica gallega EGA pusieron el asunto en manos del Tribunal Supremo, que aceptó analizarlo para fijar jurisprudencia. De su veredicto dependerá la tramitación de miles de proyectos de energía y de cualquier actividad industrial en toda España.

La última suspensión no entra en el fondo y tiene un voto particular muy crítico

Esta vez, además, la resolución del TSXG viene acompañada del voto particular de uno de los cinco integrantes de la Sala del Contencioso-Administrativo. “El auto de la mayoría confunde medida procesual y fumus boni iuris”, señala. “La aplicación de dicho precepto determinaría, en su caso y en su momento, a lo sumo, previa audiencia de las partes sobre la cuestión, la suspensión del proceso o del incidente cautelar o de ambos, pero nunca la adopción por el tribunal de la medida cautelar solicitada, con desconocimiento, en fin, de las decisiones de los órganos administrativos, que, en principio, repito, se presumen legítimas y son ejecutivas”, subraya la jueza. 

La tramitación

  • El caso “Corme” y su transcendencia

    El TSXG anuló la repotenciación del parque amparándose en que no se pidieron los informes sectoriales en la misma fase que la exposición pública del informe de impacto.

  • Decisión del Tribunal Supremo

    Será el alto tribunal el que marque jurisprudencia. Si hay que hacerlo así o, como hasta ahora, en un trámite posterior.

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