El Juzgado tumba por segunda vez una denuncia contra el gobierno de Valga

El alcalde insiste en que los pagos a los funcionarios fueron completamente legales

El alcalde de Valga, José María Bello Maneiro.  | // IÑAKI ABELLA

El alcalde de Valga, José María Bello Maneiro. | // IÑAKI ABELLA / A.M.

A.M.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Caldas de Reis ha desestimado por segunda vez la denuncia presentada por el concejal de las Mareas, Manuel Castiñeiras, por supuesta prevaricación administrativa en la contratación y pago de dietas al secretario y al interventor municipales.

“Los órganos judiciales fallan a favor del Concello, y ya van unas cuentas veces, destacó el alcalde de la localidad, y candidato a la reelección por el PP, José María Bello Maneiro. “Esta nueva sentencia confirma que la postura que el gobierno municipal mantuvo desde el primer momento, y los organismos que tienen capacidad resolutiva nos están dando continuamente la razón por mucho que la oposición se empeñe en seguir con sus mentiras y patrañas”.

El Ayuntamiento de Valga advierte de que es la segunda vez que se archivan estas actuaciones. El fallo, del 16 de mayo, indica que, “estudiados los argumentos expuestos (en el recurso del concejal de las Mareas) no se aprecian datos o elementos que permitan sostener un pronunciamiento distinto al ya fundamentado” en la primera resolución.

Entre la documentación que incluía el recurso de Manuel Castiñeiras estaba el informe del Consello de Contas, al que también hace referencia el juez en su fallo. “El informe del Consello de Contas no tiene el valor de alterar la decisión tomada ni de revelar indicios” de delito.

En este sentido, el alcalde de Valga reitera que, “el Consello de Contas es un organismo que tan solo aconseja. Los que tienen capacidad resolutiva son los juzgados y el Tribunal de Cuentas”, y recuerda que este último también se pronunció a favor del Concello, en un auto que concluía que, “no hay lugar a la incoación de un proceso judicial contable por resultar de modo manifiesto e inequívoco la inexistencia de supuesto alguno de responsabilidad contable”. Añadía, además, que, “los pagos en concepto de dietas abonados al secretario y al interventor tienen cobertura legal y no supusieron vulneración alguna de la normativa presupuestaria aplicable”.

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