Las cañas ya están preparadas para la pesca en Arousa

Las restricciones a los salmónidos, reo y truchas son muy estrictas | A partir del 19 de marzo ya empezarán a lanzarse las cañas | De noche está prohibida esta actividad

En bateas o en embarcación se pueden lanzar las cañas. |   // IÑAKI ABELLA

En bateas o en embarcación se pueden lanzar las cañas. | // IÑAKI ABELLA / A.Touriño

Antonio Touriño

Antonio Touriño

Ya se conocen las normas específicas que regularán la pesca continental en los ríos gallegos, entre ellos el Ulla, el Umia, O Con, entre otros, en las que se especifican todas aquellas especies que pueden capturarse, las épocas hábiles, tamaños mínimos, cupos, cebos y tipos de cañas o redes a emplear en esta actividad que se considera deportiva o de ocio.

Un pescador en el Umia, en la zona de As Aceñas. |   // IÑAKI ABELLA

Un pescador en el Umia, en la zona de As Aceñas. | // IÑAKI ABELLA / A.Touriño

Uno de los más recursos más cotizados por los pescadores es el salmón, quizás la especie más controlada y que en el entorno de Arousa puede obtenerse en el Ulla, entre la presa del salto número 2 de Touro y el puente de Catoira o en Valga entre Ponte Poceñas (A Estrada) y la desembocadura del Ulla.

Se trata de una actividad que tiene su máxima expresión en cauces de otras localidades. Así en Betanzos y A Frieira puede capturarse con limitaciones entre el 1 de mayo al 31 de julio; en los cotos de Pontevea, Santeles, Sinde, Ximonde, A Pontenova, Celeiro y Salmeán, del 1 de mayo al 30 de junio; en los cotos del río Eo compartidos con Asturias, también en las mismas fechas anteriores. Asimismo ya son vigentes las normas específicas para la pesca de reo, especialmente en los cotos coruñeses de Betanzos, Noia, Padrón entre otros o en el de Ponte Arnelas, Pontevea, Santeles, Sinde y Ximonde, en este caso del 1 de mayo al 31 de agosto. También se cita el Eo.

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Con todo se subraya que en las zonas de desembocadura y en los embalses en los que se autoriza la pesca de ciprínidos serán hábiles todos los días de la semana para la captura de especies distintas a los salmónidos.

Los pescadores han de saber a su vez que lo que no está autorizado es la pesca del reo en zonas de desembocadura, con limitaciones de dos peces por caña los cuales deberán tener una dimensión mínima de 35 centímetros, que baja a 25 si es en el Eo. En el área más cercana a O Salnés se permite solo en el ámbito de la Fervenza de Segade, entre Ponte Estacas (Cambados y Ribadumia), en un tramo de un kilómetro.

En cuanto a la trucha se establece la campaña entre el 1 de mayo y 31 de julio, en las masas de agua salmoneras, el río Eo, las masas de agua del reo y cabeceras de los ríos de montaña, así como en cotos de pesca intensiva (del 19 de marzo al 30 de septiembre) y en otras masas de agua del 19 de marzo al 30 de septiembre. Tampoco está autorizada la pesca de esta especie en zonas de desembocadura. El número de capturas oscila entre las 4 y las 6 en funciòn del lugar donde se pesquen. En la regulación que acaba de darse a conocer se subraya que en el Ulla está permitida su pesca desde la presa del salto de Touro hasta el límite superior de la desembocadura así como en Ponte Arnelas, entre Ponte Baión (en el límite de Meis y Vilanova y Con do Poste (Ribadumia).

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La orden también refiere normas para la pesca de especies del Catálogo español de especies exóticas invasoras que entre otras autoriza la pesca de perca americana (Micropterus salmoides), carpa (Cyprinus carpio), cangrejo de río americano (Procambarus clarkii) y cangrejo señal (Pacifastacus leniusculus). En las proximidades de Arousa podrían encontrarse en el embalse de A Fervenza y el tramo del río Xallas aguas abajo de la presa de Ventín, donde se pueden capturar del 19 de marzo al 30 de septiembre.

De los ciprínidos autóctonos se explica que la campaña irá del 1 de mayo al 31 de julio. Asimismo se expone que entre el 1 de mayo y el 31 de julio se podrá utilizar gusana roja para la pesca propia de los estuarios, a saber solla, mújol y lubina.

Las normas para la pesca de la saboga (Alosa fallax) son igual de estrictas, de modo que en el tramo del Ulla comprendido entre la presa de Couso hasta la desembocadura podrá pescarse del 1 de mayo al 11 de junio, con la peculiaridad de que su dimensión mínima debe ser de 30 centímetros, con un máximo de cinco ejemplares por licencia.

Aunque la anguila ha sido objeto de otra orden concreta, la Xunta recuerda que está vedada en todas las aguas continentales de la Comunidad Autónoma y en todas las fases del ciclo vital de la especie, incluyendo, en todo caso, los ejemplares denominados comúnmente como angula.

La excepción de este régimen es, explican, “la pesca de interés etnográfico autorizada en el río Miño y los planes de aprovechamiento específicos por los que se regula la pesca profesional de la anguila en aguas continentales, entre ellos en la ría de Arousa desde la desembocadura del Ulla”.

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Las especies vedadas en todas las masas de agua son el cangrejo de río europeo (Austropotamobius palllipes pallipes), bermejuela (Achondrostoma ascasii), espinoso (Gasterosteus gymnurus) sábalo (Alosa alosa), y anguila (Anguilla anguilla). Quedan exceptuados de estas prohibiciones expresas las relativas a pesca profesional, cuya gestión regula la Consellería de Mar.

Los pescadores deportivos también podrán hacer uso de embarcaciones para su actividad en determinados espacios. Así se establece que se podrá pescar a flote en el tramo desde el puente de Catoira hasta el puente de la carretera N-550 en Pontecesures, en una longitud aproximada de diez kilómetros,

La lamprea es otra de las especies recogidas, cuya pesca está autorizada en los ríos Tea y Ulla según las normas específicas que publica anualmente Medio Ambiente. Este año es muy floja su presencia.

En la Orden se fijan también las zonas fluviales vedadas en Galicia y que en O Salnés afectan a varias franjas correspondientes a distintos concellos.

Así está prohibida la pesca deportiva en el río da Chanca desde el nacimiento a su desembocadura, en un tramo de 9,7 kilómetros; en el río do Con, tanto en el tramo desde su nacimiento al embalse, de 3,4 kilómetros como desde el puente de la N-640 a la desembocadura en el mar, en un recorrido de 2,4 kilómetros más.

Figura en la relación de limitaciones absolutas los cuatro kilómetros del rego de Lobeira, desde su nacimiento en Vilanova a la desembocadura o el río Umia desde el puente de Cabanelas, entre el llamado Con da Pista en su límite inferior hasta el coto de Ponte Arnelas, en Ribadumia.

El listado de zonas vedadas comprende asimismo dos zonas de entrada y salida de agua de Mina Mercedes en Valga. Establece en concreto que está prohibida la pesca 30 metros antes y 50 metros después de la laguna.

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