En busca de un criterio único a la hora de actuar ante las cláusulas abusivas que imponen las entidades bancarias o financieras en los préstamos hipotecarios o de cualquier otra índole que contratan los ciudadanos. Con este fin, los magistrados de los juzgados de Primera Instancia vigueses se reunieron ayer en una junta sectorial en la que, sin embargo, no hubo acuerdo unitario en todos los puntos. Los jueces, ante la ausencia de unanimidad, decidieron dejar a la libertad de criterio de cada uno de ellos la posibilidad de declarar nulos unos intereses abusivos en el mismo momento en el que entra la demanda en el juzgado, sin esperar así a que el moroso se oponga y haya que señalar juicio. Lo que sí se acordó fue realizar un estudio para concretar a partir de qué tipo un interés moratorio se considera excesivo y debe ser anulado, lo que permitiría que en esta materia sí hubiese un criterio uniforme para todos los magistrados de Vigo.

La convocatoria de esta junta sectorial presidida por el juez decano Germán Serrano se produce tras el encuentro nacional de decanos celebrado en Barcelona y a raíz de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europa que permite al juez ya en el momento inicial del procedimiento anular de oficio una cláusula cuando considere que el interés de demora pactado es abusivo. En ese fallo se analizaba un caso de Barcelona en el que un banco impuso un interés moratorio del 29% en un préstamo para la compra de un vehículo.

Este fallo de la justicia europea supuso un revulsivo al dictaminar que los jueces no pueden cambiar o suavizar esa cláusula contractual, sino directamente anularla en el caso de verla excesiva. Y también, según explicó ayer el decano vigués, porque esa sentencia establece que la legislación española no se ajusta a la directiva comunitaria ya que no permitía que el juez declarara ya la nulidad de ese interés excesivo en el mismo inicio del proceso monitorio, es decir en el momento de examinar la demanda (labor que realizan los secretarios) y antes "de despachar ejecución" del asunto. Al poder declarar la nulidad en el momento inicial, no hay que esperar a que el deudor se oponga y haya juicio. El procedimiento solo tendría que seguir para que el moroso pagase el capital principal del préstamo pactado. "Se ahorra tramitación y las medidas de ejecución son por una cantidad inferior", explicó Germán Serrano.

Ya hay jueces en Vigo que están decretando la nulidad de intereses abusivos al principio del procedimiento. Tras la junta de ayer, y al no haber acuerdo, se mantiene que cada magistrado tenga libertad de criterio para decidir la anulación en esta fase inicial de la demanda o con posterioridad.

En cuanto al estudio que realizarán para tratar de establecer a partir de qué tipo se considera que un interés moratorio es excesivo, para que haya unanimidad en esta materia en todos los juzgados, se celebrará otra junta para intentar alcanzar una solución. El interés moratorio es un interés sancionatorio que se aplica una vez vencido los plazos pactados sin que se haya producido el pago. El objetivo último este tipo de medidas es "proteger al consumidor", según resumió el decano vigués.