Un juzgado de Santiago de Compostela, donde otro tribunal obligó por primera vez en España a vacunar a una residente de un geriátrico cuya hija había rechazado la inyección, impone la adminsitración del antígeno a otros dos usuarios de residencia. En uno de los casos, la negativa partía del hombre, tutelado por la Fundación Pública para a Tutela de Persoas Adultas (Funga), en el otro era la tutora la que negaba el pinchazo a una interna.

Según informa el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Santiago, especializado en Familia, ha autorizado el suministro de la vacuna a un interno en una residencia que se negó a que se la administrasen. El magistrado considera que el consentimiento informado por sustitución prestado por la entidad tutelar Funga. debe ser atendido a pesar de la negativa del paciente, pues indica que “carece de capacidad natural actual para comprender el alcance de la intervención médica pautada”. Así, en el auto señala que de la exploración judicial del interno en la residencia se constata “la total ausencia de capacidad de decisión, en particular en relación a la necesidad/conveniencia de que le sea administrada la vacuna”. 

El mismo juzgado ha acordado en un auto autorizar el suministro de la vacuna contra la COVID-19 a una interna en una residencia cuya tutora se negó a que se la pusiesen. El juez indica en la resolución que estima la solicitud del Ministerio Fiscal “en el exclusivo interés de la paciente”. Así, señala que la vacuna “evita el riesgo de contraer la enfermedad e incluso de morir”, al tiempo que resalta que “permitirá a la paciente, una vez alcanzada su inmunidad, disfrutar de un mayor régimen de estancias y comunicación con sus familiares y allegados”. De esta forma, según el juez, se atenuará “la grave y continuada separación del entorno más inmediato que padecen nuestros mayores residentes desde marzo de 2020, con presumible menoscabo de su bienestar emocional”.