El concejal no adscrito de Lalín, Juan José Cruz García, deberá devolver al Concello un teléfono móvil que le fue entregado cuando formaba parte del grupo de gobierno. Así lo acaba de determinar un fallo del titular del Juzgado de Primera Instancia Número 2 de Lalín a instancias de la denuncia interpuesta por la administración municipal contra el representante de la corporación.

La sentencia, que es firme, estima la demanda del Concello y condena a Cruz a "restituir a la entidad actora el teléfono móvil", sin que proceda la condena en costas a ninguna de las partes. A partir de ahora se abre un procedimiento para que el edil no adscrito entregue un terminal Iphone 6 asociado a un número determinado y, en caso contrario, la normativa aplicable en estos casos podría consistir en la imposición de sanciones coercitivas hasta alcanzar el objetivo delimitado en la sentencia.

Los hechos se remontan a junio del año pasado cuando esta sala recibe una demanda de juicio verbal presentada por el Concello de Lalín contra el edil, en la que la administración pide que le sea exigido a Cruz la devolución del teléfono y de un módem USB. Tras la vista, celebrada el 13 de septiembre del año pasado, el juicio quedó visto para sentencia. Ahora, el magistrado entiende que Cruz, como defendía el Concello a través del letrado Carlos Collazo, el terminal le fue entregado al edil cuando formaba parte del grupo de gobierno y como responsable de las áreas de Ocio y Fiestas. Y entiende que, aunque por más que cuestionable pueda parecer el razonamiento esgrimido en la normativa municipal relativa a la cesión de los teléfonos corporativos, el Concello sí tiene derecho a reclamar el terminal, que Cruz disfrutaría ya sin formar parte del ejecutivo y, en consecuencia, tampoco con concejalías delegadas. Sí descarta el reintegro del dispositivo USB, al no poder corroborar si su cesión se plasmó o no en un documento.