Un condenado por violación y abuso sexual a una niña incumplió además el alejamiento

Tras ser sentenciado a 11 años y medio de cárcel por los delitos sexuales, ahora debe pagar una multa de 2.250 euros por estar dentro de su coche cerca del domicilio de la víctima

Fue juzgado a puerta cerrada en la Audiencia Provincial.

Fue juzgado a puerta cerrada en la Audiencia Provincial. / J. F.

Javier Fraiz

Javier Fraiz

Un auto del juzgado de instrucción le prohibía, desde febrero de 2015, acercarse a menos de 300 metros de la niña –la hija de su prima– a la que violó en una ocasión y de la que abusó sexualmente de forma reiterada, durante cuatro años. Tampoco podía aproximarse a su domicilio o cualquier otro lugar frecuentado por ella, ni comunicarse por cualquier medio.

Sin embargo, la medianoche del 16 de agosto de 2021, el delincuente sexual incumplió la medida cautelar de alejamiento y estacionó su vehículo –y él se encontraba dentro– cerca del domicilio de la perjudicada. El 31 de octubre pasado, la Audiencia Provincial de Ourense dictó una sentencia que condena a este encausado a 11 años y medio de prisión por un delito continuado de abusos sexuales y un delito de agresión sexual. Este jueves, en el juzgado de lo Penal 2 de Ourense, aceptó una sentencia de conformidad por quebrantar el alejamiento con respecto a la misma víctima.

Puede pagar 100 euros al mes para saldar la multa

Mientras que la condena por los delitos sexuales todavía no es firme –cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia–, la resolución por vulnerar la medida cautelar sí que es definitiva, debido al acuerdo entre las partes y a que el acusado admite los hechos. Deberá pagar un total de 2.250 euros de multa por el quebrantamiento. El juzgado accede a que pague la cantidad en plazos de 100 euros al mes.

Es primo carnal de la madre de la víctima y, durante cuatro años, abusó sexualmente de la niña cuando la perjudicada tenía entre 9 y 13 años. En una ocasión, además, la violó, tras amenazarla con una navaja y golpearla. La Audiencia ve probado que, entre 2009 y 2013, cuando la niña tenía entre 9 y 13 años, “la acompañaba a su habitación con el pretexto de jugar a la consola, donde con ánimo libidinoso y conocimiento de la edad de la niña, le formulaba preguntas de contenido sexual y le tocaba las nalgas y las partes íntimas”.

“Si no haces lo que quiero, ya sabes lo que va a pasar”

En diciembre de 2013, acompañó a la víctima a su domicilio y la besó en los labios. Ella le dio una bofetada y él la agredió con una patada. Sobre las 20:30 del 29 de diciembre de 2013, momento en que la víctima tenía 13 años, el acusado usó el pretexto de acercarla a casa, la llevó en su coche a un parque y, una vez allí, sacó una navaja de la guantera y le dijo: “Si no haces lo que quiero, ya sabes lo que va a pasar”, recoge la sentencia de la Audiencia. Llevó a la víctima al asiento trasero, llegando a golpearla en la cara porque la menor se negaba a mantener relaciones sexuales. Tras quitarle el pantalón y las bragas, la violó. Después la llevó a casa y la advirtió de que no dijese nada.

La niña fue víctima de un "reiterado ataque sexual"

Los magistrados le impusieron 12 años de libertad vigilada, así como la prohibición de acercarse a menos de 300 metros del domicilio o lugar en que se encuentre la víctima y de comunicarse con ella durante 12 años. Deberá abonar a la perjudicada –mayor de edad actualmente– 25.000 euros por daño moral. “Nuestra convicción se funda en el testimonio de la víctima claro, reiterado y digno de crédito para la sala, quien en todo momento (desde el momento de la denuncia inicial hasta el plenario) ha relatado de forma prácticamente monocorde el reiterado ataque sexual que sufrió”, subraya la Audiencia Provincial en la resolución de primera instancia.

Había “una diferencia de edad evidente (en el momento de la agresión sexual, el acusado tenía 28 años y la víctima 13), sin olvidar que los hechos abusivos previos a la agresión sexual ocurrían siempre en la vivienda del acusado, lugar en el que él, además de por la edad y por superioridad madurativa, podía tener un mayor dominio de la situación y la menor sentirse más desprotegida”, destacan los magistrados de la Audiencia.

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