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Absuelto por un caso de Ourense un joven que tenía chats sexuales con 33 menores

No hay pruebas de que la “embaucara” ni llegara a recibir una fotografía pornográfica de la adolescente | La jueza ve “absurda” la versión de él, que dijo desconocer si era menor

Absuelto por un caso de Ourense un joven que tenía chats sexuales con 33 menores

La UFAM de la Policía Nacional encontró en su teléfono móvil chats de índole sexual con 33 menores de entre 9 y 15 años. Una de ellas era de Ourense. En esta causa, en la que la Fiscalía solicitaba una condena de un año de prisión y tres de alejamiento de la víctima, a un mínimo de 300 metros, el acusado ha salido absuelto de un delito de abuso sexual.

En una resolución que no es firme –admite recurso de apelación ante la Audiencia Provincial–, la magistrada del Penal 2 no ha encontrado pruebas de que embaucara a esta adolescente para obtener material pornográfico. Este hombre, de 27 años, cuenta con 16 procedimientos judiciales en distintas partes de España, y cuatro ya se han archivado, según la defensa.

Se considera probado que el joven contactó por el móvil con la menor, que tenía 15 años, en agosto de 2018. El acusado le preguntó por su edad y la adolescente se lo dijo. Esta y el resto de conversaciones surgieron a partir de un grupo de Whatsapp en el que estaban las víctimas.

En el juicio él alegó que se abordaba la cuestión sexual como “fantasías” o “juegos”, y él fingía la edad, suponiendo que el interlocutor también. “Pensaba que todos éramos mayores de edad, porque soy de esas personas que supone que los menores no tienen por qué tener un teléfono. No tenía por qué desconfiar y pensaba que tampoco estaba haciendo nada malo. Yo también mentía sobre la edad, dependiendo del día me la inventaba. Simplemente era por diversión y fantasía, un simple juego”, dijo.

Sin embargo, la magistrada asegura que esa postura sobre que desconocía que la interlocutora era realmente menor “es totalmente absurda e inverosímil”. Su versión es “extravagante”. Y añade la jueza: “Si una persona pregunta a otra la edad y esta le contesta que tiene 15 años, sin que se aporte al mismo tiempo alguna conversación previa en la que convienen fingir que son personas con circunstancias distintas a las comunicadas, no hay fundamento alguno para considerar por qué habría de ser mayor de edad, pese a decir que tiene 15”.

En su conversación con la menor de Ourense le dijo: “Tengo ganas, ayúdame a que suba, alguna foto en bikini”. La adolescente le dijo que no podía, porque carecía de datos y él respondió: “Pues dime cosas. Lo que quieras que haga que se me suba”. A continuación, él preguntó si “quieres verla”. Tras un ok de la menor consta un envío de un mensaje por parte del acusado, pero aparece como eliminado. Por último, le pidió: “Pásame una tú”. Pero no consta que la consiguiera.

“De la conversación directa y sin rodeos que mantuvieron, no se extrae la posibilidad de considerar que existiera un engaño o seducción dirigido a conseguir la finalidad”, dice la magistrada, que también coincide con la defensa en que solicitar una imagen en bikini“tampoco tiene pleno encaje en el concepto de pornografía infantil”.

“No ha sido posible considerar probado que hubiera existido algún otro tipo de comunicación entre la menor y el acusado a partir del análisis del terminal telefónico usado por esta menor”, debido a que había borrado las conversaciones por orden de su madre, cuando esta descubrió el chat inapropiado.

El relato de la víctima, dice la magistrada, tampoco permite considerar probado un intercambio de mensajes o archivos distintos a los que se considera acreditados, “dadas las contradicciones” de la menor con respecto a declaraciones previas. Ante la Policía declaró que le envió una foto en la que mostraba los pechos, sin que se le viese la cara, y aseguró que el acusado no llegó a enviarle foto sexual alguna. En la fase de instrucción, la menor dijo que ella le había remitido varias y que él le había enviado alguna.

En el juicio, la adolescente aseguró que le pidió que se identificara con una foto y que él le remitió una de un joven de unos 16 años. También aseguró que el acusado le pidió una imagen sin ropa y, tras una primera negativa, se la acabó pasando. Según su versión, el encausado le mandó vídeos pornográficos.

Una foto en bikini no es pornografía

Pero solo está probada la conversación que pudo extraerse del móvil del acusado. Si bien en este caso se cumple el primer requisito del tipo penal –contactar con un menor de 16 años–, falta el acto de “embaucamiento” dirigido a conseguir el material pornográfico, al no poder probarse que el acusado engañara a la menor sobre su edad.

“De la conversación directa y sin rodeos que mantuvieron, no se extrae la posibilidad de considerar que existiera un engaño o seducción dirigido a conseguir la finalidad”, dice la magistrada, que también coincide con la defensa en que solicitar una imagen en bikini “tampoco tiene pleno encaje en el concepto de pornografía infantil”.

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