Sólo cinco días después de que finalizase el juicio, la sección segunda de la Audiencia de Ourense ha dictado sentencia condenando a 20 años de cárcel a Javier G. J., integrante del clan de los 'Madriles', por secuestrar durante 19 días a una mujer, violarla reiteradamente, golpearla y someterla, con violencia e intimidación, a un trato degradante con continuas humillaciones y vejaciones. La pena impuesta excede a la solicitada por la Fiscalía, que en la última jornada del juicio rebajó a 17 años la petición inicial, retirando de su escrito el delito de lesiones por el que pedía dos años al considerar que estos hechos ya estaban comprendidos en el resto de acusaciones. La acusación particular pedía 42 años y medio.

El sospechoso ha sido condenado como autor de delitos de detención ilegal, agresión sexual continuada y contra la integridad moral. Los magistrados también imponen dos años y medio de cárcel al padre y la madre del acusado, así como a sus tres hermanos, como cómplices de un delito de detención ilegal porque ayudaron a retener a la víctima en la vivienda familiar.

Además de los golpes que le propinó, el tribunal relata en la sentencia que el procesado "la obligó a beber alcohol, a consumir sustancias estupefacientes, a ingerir sus propios vómitos, a cortarse el pelo y a bañarse con una manguera de agua fría". El condenado, además, no le permitió comer "en diversos días" porque le decía que estaba "gruesa".

"El agresor, con la complicidad de sus padres y hermanos, atentó contra la libertad, dignidad e indemnidad sexual de la víctima, a la que privó ilícitamente de su libertad durante 19 días", recalcan los jueces, quienes subrayan que "la hizo objeto, de manera violenta, de reiteradas agresiones sexuales y de plurales actos vejatorios". Con esa privación de libertad, según la Audiencia, pretendía "saciar su deseo sexual, obtener dinero de la cuenta bancaria de la joven a través de los cajeros a los que la conducían y forzarla a acompañarlos a pedir limosnas y a robar en casas".

La sentencia reproduce el "calvario personal" de la víctima con el mismo detalle y contundencia con que la mujer lo expuso una y otra vez durante todo el procedimiento. La "perseverancia" del relato en el tiempo, unido a las pruebas documentales, testificales y periciales practicadas, no dejan lugar para la duda. El tribunal tiene claro que entre el 7 y el 26 de enero de 2018, la víctima fue retenida y sometida al control del acusado, que la violó y la humilló reiteradamente.

La relación se había iniciado días antes por Whatsapp y habían quedado dos veces en un hostal, donde mantuvieron relaciones consentidas. Pero desde que la mujer puso el pie en la casa del acusado (en el juicio declaró que no recuerda como llegó allí), quedó atrapada. Lo primero que hizo Javier G.J. fue quitarle el teléfono móvil y tan sólo le permitió enviar cuatro mensajes a su familia, redactados por él. Mediante una conducta "violenta y agresiva, acompañada de continuas intimidaciones", señala la sentencia, la obligó a permanecer en la vivienda.

Empezaba así una pesadilla que duraría 19 días en los que el acusado, refiere la sentencia, "la obligó a mantener todos los días relaciones sexuales contra su voluntad". La amenazaba con matarla y tirarla a un pozo que había en la finca y la golpeaba con palos o exhibía un cuchillo. Estaba muerta de miedo y era incapaz de resistirse porque consideraba al acusado capaz de cumplir sus amenazas. Había sido testigo de su "carácter violento" y estaba avisada de que si denunciaba la mataría a ella y a su familia.

El escenario que construyó el acusado durante este tiempo, destaca el tribunal con dureza, era "impío y despiadado". Llegó a amenazarla con una escopeta por negarse a satisfacer sus deseos sexuales, "provocando en ella un estado de pánico que le llevó a orinarse encima en alguna ocasión". Además de los golpes y los reiterados abusos, la sentencia recoge que la obligó a beber alcohol y drogarse a pesar de que ella nunca lo hacía, a cortarse el pelo con rudeza y a bañarse con una manguera de agua fría. Decía que estaba "gruesa" y algunos días no le permitía comer. Llegó a ingerir sus propios vómitos.

Todo esto ocurrió con la complicidad de los padres y hermanos del acusado, y no terminó hasta que ellos mismos la entregaron en Comisaría. Estaba en un estado deplorable, presa del pánico y la ansiedad.

La "convicción" de la culpabilidad reflejada en la sentencia, señala el tribunal, "se funda en el testimonio de la víctima claro, reiterado, concluyente y digno de crédito" y, además, está "corroborado por las pruebas documentales, periciales y testificales practicadas". El condenado también fue sentenciado a la prohibición de comunicarse y aproximarse a la afectada durante 23 años y a abonarle una indemnización de 8.855 euros por los perjuicios personales y las secuelas y de 12.000 euros por el daño moral que le causó. Contra esta sentencia, cabe recurso.