El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha falldo a favor del Concello de Ourense y desestima la reclamación de responsabilidad patrimonial de una empresa que le solicitaba al ayuntamiento una indemnización de 3.337.424,26 euros. La empresa fundamentaba su reclamación en presuntos daños ocasionados por la anulación por sentencia judicial del Plan Xeral de Ordenación Municipal de Ourense aprobado en 2003.

A Porteliña, S.A era titular de terrenos en Barrocás clasificados como suelo urbanizable en el Plan de 2003. Como consecuencia de la anulació del Plan perdieron la condición de urbanizables y pasaron a ser rústicos. La empresa le reclamaba al Concello 3,3 millones de euros como indemnización.

La resolución del tribunal gallego desecha la pretensión de la empresa, y acoge en su totalidad las argumentaciones realizadas desde el Concello, según explican desde el consistorio en nota de prensa.

"En el presente supuesto se incluye sin duda que, si se producía algún daño para la entidad recurrente, este no resulta imputable a la administración o administraciones" concluye el Tribunal y cita como motivos que la empresa no llego a patrimonializar el aprovechamiento urbanístico que le daba el PXOM, pero no a causa del Concello, sino porque la propia empresa incumplió los plazos que el Plan fijaba para la urbanización de eses terrenos.

La sentencia condena a la empresa a pagar las costas del procedimiento fijadas en 5.000 euros. No obstante, la sentencia no es firme, ya que cabe recurso de casación.