El PP dio luz verde al expediente de contratación que sitúa a la empresa Caldaria Termal como único operador económico posible para explotar la piscina termal flotante que se construirá con un coste de 400.000 euros sobre el río Miño, en Laias. Los tres grupos de la oposición, PSOE, DO y BNG, rechazaron esta propuesta que se llevó ayer al pleno de la Diputación reprochando que la institución provincial subvencione con fondos públicos (la Xunta aporta 200.000 euros) la ejecución de un servicio del que se beneficiará una empresa privada.

La contratación de la obra ya se licitó y se propuso la adjudicación a Izmar por importe de 397.485 euros. Lo que se autorizó ayer en el pleno es la contratación administrativa especial para la prestación del servicio mediante el procedimiento negociado sin promover concurrencia en la oferta, o lo que es lo mismo, la adjudicación directa a Caldaria a través de la junta de gobierno. No obstante, el mismo informe que justifica el impedimento objetivo de licitar un contrato al que solo se puede presentar un aspirante, establece también que siendo "evidente que la mercantil citada va a ser beneficiada directa e indirectamente por la prestación objeto del contrato, el expediente de contratación debe prever que el canon a abonar por el contratista a la Diputación sea suficiente para amortizar la importante inversión a acometer y que, en todo caso, debe servir como pulo del sector termal y turístico que está administración tiene la obligación de fomentar dentro de sus competencias".

La aprobación de este procedimiento generó un debate plenario con críticas directas a la supuesta "vinculación" del PP con esta firma y al uso de fondos públicos para intereses privados a través de una adjudicación de "dudosa legalidad" para los diputados de la oposición ya que, en palabras del nacionalista Ramiro Rodríguez, "roza o traspasa la raya de la prevaricación". Frente a esto el grupo de gobierno incorporó un informe de ocho páginas en el que se recogen los argumentos justificativos que sitúan a la empresa que gestiona el balneario de Laias como la única que puede explotar esta piscina ya que Caldaria Termal es la titular de la autorización del aprovechamiento de las aguas procedentes del manantial denominado "Laias". Precisamente la piscina se encuentra dentro de su perímetro de protección, siendo la empresa termal la que dispone del "derecho exclusivo y excluyente" para su explotación. Aclara este documento que solo Caldaria puede prestar el servicio en la piscina flotante del Miño "primero por ser titular del recurso termal que abastecería la instalación, y segundo porque la ubicación se sitúa en el perímetro de la instalación balnearia citada", y sólo a través de una instalación balnearia, matiza el documento, "se pueden prestar servicios de termales".

La cuestión de la ubicación, en la área de remanso existente frente al balneario de Laias, también fue discutida por la oposición que calificó de "cacicada" el proyecto enmarcado en un plan termal cofinanciado por la Diputación y la Xunta que tiene por objeto promover el turismo termal como fuente de riqueza para la provincia.

De hecho, los grupos solicitaron nuevos informes para contrastar un documento de cuya fiabilidad dudaron ya que justifica un "traje a medida" para la empresa privada. Ramiro Rodríguez, del BNG, solicitó un análisis externo que valore si existen otras ubicaciones posibles y el portavoz del PSOE, Ignacio Gómez, propuso que sean los propios técnicos de la Diputación los que se pronuncien. El líder de Democracia Ourensana, Gonzalo Pérez Jácome, puso en duda los propios informes cuyo contenido puede variar según los intereses de quien los solicite, indicó. En este sentido, la diputada del PP, Ana Villarino, avanzó que ya se encargó un análisis a los técnicos provinciales pero que todavía no se lo han entregado.

En todo caso, el informe que se incorporó al expediente señala que el lugar elegido para la instalación de la piscina flotante se decidió "en base a criterios única y exclusivamente técnicos" acreditados por el proyecto de construcción de la obra en el que se concluye que "el emplazamiento concreto de las obras no sólo es el idóneo sino que es el único donde es técnicamente viable". Y esgrime como razones que se trata de una zona de abrigo de las corrientes del río en situaciones de avenida y única que ofrece esa protección en todo el entorno". Asimismo, añade, "el acceso peatonal y rodado está aquí garantizado sin necesidad de afectar al entorno natural. Queda acreditado, concluye el informe, "que se trata de un supuesto de exclusividad objetiva y que no fue objeto de creación artificial".