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Ribera consuma el recorte a concesiones en la costa y se modificarán los deslindes

Transición Ecológica publica la modificación del reglamento de Costas e indigna a Xunta y sector | “No es positivo; no recogen ninguna de nuestras alegaciones”, critica Maneiro

Línea de costa sur de la ría de Vigo, con el puente de Rande al fondo. | RICARDO GROBAS

Agosto, un mes a menudo calificado como casi inhábil en la Administración y en muchos sectores por las vacaciones, ha sido el elegido por el Ministerio de Transición Ecológica y el Reto Demográfico para publicar la esperada modificación del Reglamento General de Costas. Y a través de un real decreto, el departamento que lidera Teresa Ribera ha vuelto a causar inquietud y enfado entre los miembros de la industria del mar gallega y la Xunta. Los cambios propuestos en el articulado consuman lo más temido por parte del sector, la limitación de las prórrogas de las concesiones en el dominio público marítimo-terrestre a un máximo de 75 años. La medida, pese a ser muy criticada, era ya la esperada por parte de representantes de la industria, como explica el secretario general de la asociación de depuradoras Agade, Juan Maneiro. Lo que ya no lo era tanto es lo que tiene que ver con las líneas que marcan los deslindes, es decir, los que separa la zona de dominio público de la privada. “En el anterior reglamento el deslinde se marcaba por la ola más alta, hasta donde llega, durante cinco veces en cinco años; esto último se ha retirado, lo que daría pie a Costas a plantearse la modificación de un deslinde”, avisa Maneiro.

El BOE recogía ayer la modificación del reglamento. El documento, de 18 páginas, contiene las variaciones impulsadas desde Transición Ecológica ante las que el sector presentó alegaciones a través de la Confederación Mar Industria Alimentaria, formada por Agade, la patronal conservera Anfaco, Apromar y el Clúster de Acuicultura de Galicia. Tras una primera lectura, y a falta de un análisis más profundo, Maneiro ya destaca que el texto “no es positivo” y que “no recoge ninguna” de las propuestas del sector.

Así, el Ministerio publica la modificación de los artículos 131 y 135 para “una regulación que module y objetive la decisión sobre el otorgamiento de concesiones y prórrogas y su duración”. Aunque el Supremo ya se pronunció en casos concretos (y sigue analizando otros), Transición Ecológica sigue apostando por limitar a 75 años la vigencia máxima de una concesión, incluyendo sus prórrogas, al igual que hizo en el marco de la Ley de Cambio Climático. Y, a ello, suma también una diferenciación en función del tipo de empresas: serán 75 años “para proyectos de restauración y conservación de ecosistemas marinos o costeros, obras encaminadas a garantizar el uso público y la integridad del dominio público marítimo-terrestre y cultivos marinos”, de 50 años para “instalaciones de servicio público” y de 30 “para el resto de actividades e instalaciones”, una indefinición que, a juicio del sector, genera “inseguridad jurídica”.

  • Concesiones

    “No podrán exceder de 75 años para proyectos de restauración y conservación de ecosistemas marinos o costeros, obras encaminadas a garantizar el uso público y la integridad del dominio público marítimo-terrestre y cultivos marinos, 50 años para instalaciones de servicio público que, por su naturaleza, requieran la ubicación del dominio público y 30 años para el resto de actividades e instalaciones”.

Según Fernando Otero, abogado especializado en el sector, la modificación “va a afectar a aquellas concesiones que lleven más tiempo en su ubicación actual”, ya que “ahora, y a partir de la entrada en vigor de la Ley del Cambio Climático (el 22 de mayo de 2021), las prórrogas que se otorguen con posterioridad no podrán superar los 75 años en total”.

Desde las consellerías do Mar y de Medio Ambiente explican que se denegará la posibilidad de prórroga a “todas aquellas instalaciones que no consigan demostrar que el único sitio para desarrollar su actividad es en el dominio público marítimo-terrestre”. Además, critican que “el reglamento no espera la resolución del recurso de casación presentado ante el Tribunal Supremo para sentar doctrina en esta cuestión”. Y en el caso de poder demostrarlo, “establece que el límite temporal de concesión y prórroga no podrá superar los 30 años”.

  • Renovación

    “El plazo de la prórroga se computará desde la fecha de su solicitud, con independencia del plazo que reste para la extinción de la concesión que se prorroga, y no excederá de 75 años computados desde el otorgamiento inicial de la concesión”.

Otro de los puntos calientes localizados desde el sector y la Xunta es el que tiene que ver con los deslindes. La modificación del reglamento abre la puerta a variar estos límites del dominio público marítimo-terrestre “de una forma totalmente arbitraria”, a juicio de la Administración gallega. “Hasta ahora esta modificación se producía cuando se constataban cinco alcances del mar en un período de cinco años. Con este reglamento, bastará un solo alcance para que el Ministerio cambie este límite”, critica la Xunta. En palabras de Juan Maneiro, podría bastar con un temporal para que el Gobierno cambiase el deslinde, afectando así a muchas más viviendas o empresas.

Por todo esto, ambas consellerías creen que el nuevo texto supone “un ataque directo” para las viviendas y empresas gallegas situadas en estas zonas, ya que a su juicio el Gobierno central “busca expulsar de nuestra costa toda presencia de actividad social y económica sin justificación técnica alguna”.

Los dueños de casas perderán el derecho a prórroga, según la Xunta

Las Consellerías do Mar y de Medio Ambiente analizaron ayer el texto publicado en el BOE y sus conclusiones coincidieron con las del sector mar industria. Sin embargo, desde la Xunta añadieron otra derivada, la que tiene que ver con la afectación del nuevo texto para los titulares de viviendas situadas en el dominio público marítimo-terrestre. Según su análisis, “con este nuevo Reglamento de Costas” los dueños de estas viviendas “perderán todo el derecho a la prórroga” en aplicación del artículo 32, “que las considera uso prohibido”.

Para la Xunta, que considera la modificación un “ataque directo” tanto a la industria como a los titulares de estas casas, el reglamento “contradice claramente la sentencia del Tribunal Supremo de 2021” en relación a una casa en Mazarrón, Murcia, “en el que sí permite –para aquellas construidas antes de 1988– ese derecho a la prórroga extraordinaria”. Eso es así “por entender que no es aplicable ese artículo 32”.

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