Castigo a unos padres por educar a su hijo en casa: el fiscal pide retirarles 6 años la patria potestad

La madre declara que solo ocurrió durante un curso escolar para subsanar el impacto "negativo" que el colegio tuvo en él: “Tenía horarios y rutinas de trabajo, seguimos el currículo oficial y el niño mejoró”

El juicio contra los padres del niño se celebró en la Ciudad de la Justicia de Vigo.

El juicio contra los padres del niño se celebró en la Ciudad de la Justicia de Vigo. / A. O.

Marta Fontán

Marta Fontán

“Elegí ayudar a mi hijo”. Una madre que se sentó ayer en el banquillo en Vigo junto a su pareja acusados de delito de abandono de familia por educar a su hijo en casa durante todo un curso escolar no pudo contener las lágrimas durante su declaración ante la jueza. La mujer explicó que tomó esa decisión al descubrir el impacto “negativo” que el centro escolar estaba teniendo en el niño. “Fue una isla en el tiempo, un proceso temporal que iba a tener principio y fin”, declaró, señalando que, de hecho, el menor, de 8 años, mejoró y al curso siguiente volvió al colegio y, con ello, al sistema reglado de clases presenciales. Lo hizo además pasando al nivel que le correspondía por edad, cuarto de Educación Primaria, al constatarse una perfecta integración con sus compañeros y que durante la etapa de la escolarización en casa, con su madre haciendo el papel de maestra, había adquirido los conocimientos y objetivos correspondientes al curso en cuestión.

"Por debajo de los 16 años la educación es obligatoria y presencial"

El juicio se celebró en el Juzgado de lo Penal número 1 de Vigo. La Fiscalía pide para estos padres 5 meses de prisión y 6 años de inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad al acusarle del delito del artículo 226.1 y 2 del Código Penal. “En España, por debajo de los 16 años, la educación es obligatoria y presencial”, zanjó el fiscal en la vista, indicando que los acusados no siguieron “ninguna directriz” del sistema educativo oficial, no tuvieron “supervisión externa“ y el niño no pudo ser “evaluado”. “¿Qué mayor negligencia hay que la de unos padres que creen que por sí mismos van a poder educar a su hijo?”, resumió, agregando que para realizar esta importante labor están los profesionales que “han pasado cuatro años de su vida” estudiando “la carrera de Magisterio” para “aprender a educar” y a entender “psicológicamente” a los niños.

Igual de tajante que fue el representante del Ministerio Público para solicitar una sentencia condenatoria lo fueron las defensas para pedir la absolución, incidiendo en que el niño sí recibió “formación” en “el sentido amplio de la palabra”, excediendo incluso la que habría tenido en el ámbito reglado. “No hubo desidia ni desinterés, sino todo lo contrario, les movió buscar el bienestar de su hijo”, concretó un abogado, señalando, además, que la pareja ignoraba que estaba cometiendo un delito.

"Aprendía rápido y socializaba con otros niños"

La madre fue la que se encargó de educar a su hijo durante ese curso escolar, el de 2021/22. En su declaración arrancó relatando que durante el confinamiento por el COVID el niño “empezó a aflorar” sentimientos y “vivencias” relacionadas con el colegio que les hicieron descubrir que allí no recibía “la protección y seguridad” que necesitaba. “Estaba ansioso, se autolesionaba...”, describe. “Había que parar y su padre y yo adoptamos la decisión, comunicada al director del centro escolar verbalmente y por escrito; fueron conversaciones cordiales en las que él mostró empatía”, declaró.

“El niño tenía un horario en casa, una rutina de trabajo y estudio; seguimos el currículo oficial con los libros de texto y estábamos en contacto con familias para comprobar que íbamos en paralelo a sus compañeros del colegio; íbamos incluso más rápido y pudimos avanzar en lectura y escritura y en otras áreas”, ahondó la mujer. Y el menor tenía más “referentes” fuera de casa, enfatizó: “Fue a clases de educación musical y piano, de idiomas, a atletismo o a talleres en la biblioteca; y socializaba con otros niños en esas actividades o en el parque”.

El colegio activó el protocolo de absentismo escolar

El padre suscribió todas y cada una de las palabras expresadas en la sala de vistas por su pareja y, a continuación, declararon los testigos. El director del colegio en el que estudiaba el menor cuando no acudió al curso escolar en el que fue educado en casa reconoció que dicha opción no está “contemplada en el marco legislativo actual” y que por ello tuvo que aplicar el protocolo de absentismo. Una trabajadora social del Concello a la que le llegó el caso a través del centro escolar declaró que no detectó ningún tipo de “riesgo” en la familia. “No había desamparo; no vi menoscabo en el desarrollo del menor ni falta de capacidad de los padres para educar”, resumió. El juicio quedó visto para sentencia.

El caso

  • Acusación de delito de abandono de familia

    La Fiscalía atribuye el delito del artículo 226.1 y 2 del Código Penal, que castiga, entre otras conductas, a quien deje de cumplir de “forma consciente y deliberada” los deberes legales inherentes a la patria potestad, en este caso, se mantiene, “procurarles formación”.

  • Petición de cárcel y de inhabilitación

    El fiscal pide 5 meses de prisión y 6 años de retirada de la patria potestad. Las defensas demandan la absolución, al sostener que no hay delito y, aunque así se decretase, hay “error de prohibición” porque los acusados ignoraban que su proceder estaba castigado penalmente.

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Casos como el que centró el juicio contra estos padres no son demasiado frecuentes en Vigo, pero en los últimos años hubo más progenitores que acabaron en el banquillo por situaciones similares. La sentencia más reciente es del pasado verano, de julio de 2023, cuando el mismo juzgado en el que se celebró el juicio de ayer absolvió a un matrimonio que desescolarizó a sus hijas del colegio para educarlas en casa, aunque la diferencia con respecto al de ayer es que las menores recibían <strong>clases online desde una academia de California</strong>, en EE UU. La Fiscalía pedía una pena de 3.000 euros de multa para ellos, pero la jueza los eximió del delito de abandono de familia porque la falta de escolarización no iba unida “a una situación de desamparo o riesgo social” de las niñas.

Hace ya más de una década otro juzgado de lo Penal de Vigo, el número 2, también exculpó a una madre que optó por educar a su hijo en casa. Este caso sí es más similar al que fue enjuiciado ayer. La magistrada consideró que la vía penal no era la adecuada en una sentencia que después, tras el recurso de apelación contra la absolución presentado por la Fiscalía, fue <strong>ratificada por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra</strong>.

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