Deniegan una licencia por riesgo de lactancia natural a una letrada judicial por tratarse de una “decisión de los padres”

El TSXG alega que se trata de más de una cuestión de “organización” que de imposibilidad para que el menor, de nueve meses, reciba las tomas

Imagen del mazo de un juez

Imagen del mazo de un juez / FdV

R. V.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) desestimó el recurso presentado por una Letrada de la Administración de Justicia de Vigo para acceder a una licencia por riesgo de lactancia. Los magistrados sostienen que no ha quedado suficientemente acreditado el “riesgo específico” que supondría para el menor al tratarse de una decisión de los padres continuar con la lactancia natural para el bebé.

En el fallo, el Alto tribunal gallego apunta a que la profesional podría hacer uso de otras medidas como la “flexibilización horaria” o la “reducción de jornada”, mientras sea conveniente para el hijo. Apunta a mayores que, si el menor debe recibir una toma cada 2 y 3 horas, con estas medidas podría solucionarlo, por lo que apunta a la petición de la madre como “una cuestión de organización” más que de “imposibilidad”.

Además, señala que, en este caso, la lactancia materna en exclusividad se basa en una decisión de los progenitores“, sin que haya objeción a la posibilidad de una alimentación “total o parcial” de base distinta.

La Letrada Judicial incluso planteó la posibilidad de que el menor recibiese estas tomas en su puesto de trabajo, si bien reconoce que el mismo no está adaptado a las condiciones mínimas de salubridad e intimidad necesarias.