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¿Por qué los montes vecinales son menos rentables?

Corta de madera en un monte de Meaño. | // IÑAKI ABELLA

El tradicional minifundismo gallego es una de las principales trabas para frenar el abandono de tierras. Para que el campo sea rentable hay que redimensionar el tamaño de las parcelas. Varios han sido los intentos de fomentar, por ejemplo, las agrupaciones forestales que, sin embargo, no han terminado de cuajar. Y una de las razones es la fiscalidad, que castiga a asociaciones y mancomunidades frente a los propietarios individuales. La carga tributaria que soportan los comuneros recorta en un 30 por ciento la rentabilidad de sus montes en comparación con lo que obtienen los particulares.

Por el contrario, existe “un proteccionismo fiscal” respecto a los titulares individuales. “Resulta evidente que hay una clara discriminación entre los dos tipos de propiedad”. Así lo concluye un estudio que analiza el “Impacto de la fiscalidad en la rentabilidad de plantaciones forestales y montes vecinales de Galicia”, en el que participan investigadores de la Universidade de Santiago, la Polictécnica de Madrid y el Centro de Formación y Experimentación Agroforestal de Becerreá.

El aumento de la demanda de madera en toda Europa coloca al sector forestal gallego en una situación privilegiada para crecer en los próximos años. Pero en Galicia el 60 por ciento de la superficie forestal está en manos de particulares y la propiedad está excesivamente atomizada. El tamaño medio de cada terreno forestal es de 1,7 hectáreas.

Por otro lado, hay 3.300 montes vecinales de mano común, que gestionan 664.230 hectáreas, una media de 200 cada uno. Sin embargo, cuatro de cada diez mancomunidades no cumple con sus obligaciones administrativas y algunos de estos montes incluso están abandonados. De hecho, solo el 30 por ciento cuenta con un proyecto de ordenación y un porcentaje muy pequeño, el 7,5 por ciento, tiene su gestión certificada, cuando en los montes públicos esta cifra es más del doble.

¿A qué se debe entonces que no se saque suficiente provecho a estos montes en manos vecinales? Los autores del estudio (Arenas Ruiz S., Díaz Balteiro L. y Rodríguez Soalleiro R.) apuntan al impacto de la fiscalidad.

Cuando el aprovechamiento forestal está vinculado a una propiedad colectiva, ésta tributa por el Impuesto de Sociedades. Además los repartos a los comuneros están gravados por el correspondiente IRPF. “Las reducciones en el resultado económico son muy relevantes y justifican la escasa existencia de reparto de dividendos entre los comuneros”, argumentan.

Por el contrario, los propietarios individuales no pagan Impuesto de Sociedades. Y además si sus montes no superan las 3 hectáreas (que son la práctica mayoría en Galicia) no realizan declaraciones trimestrales de IVA y tributan el IRPF por el método de estimación objetiva, el más conocido como sistema de módulos. Esto significa que pagan una cantidad fija en base a unos barremos según sus características y su actividad.

Este tipo de tributación favorece la rentabilidad de sus explotaciones forestales. Según detalla el estudio, la rentabilidad de un monte propiedad de un particular sin tener en cuenta los impuestos es de 5.409 euros por hectárea. Tras aplicar los gravámenes este valor incluso se incrementa hasta los 5.663 euros.

Sin embargo, un monte mancomunado sin carga fiscal tendría una rentabilidad de 7.016 euros, por hectárea, pero tras abonarlos correspondientes gravámenes se queda en 3.595 euros, un 50 por ciento menos.

Y si en el mismo escenario de pago de impuestos se comparan ambos tipos de propiedad, los montes vecinales obtienen 4.038 euros menos por hectárea comparado con los terrenos propiedad de un particular, es decir, una merma del 28 por ciento.

La única ventaja impositiva para los comuneros es que están exentos de pagar el IBI. Pero no resulta suficiente para compensar las ventajas que tienen los montes de un único dueño.

“El actual esquema de fiscalidad favorece claramente a la propiedad individual que puede combinar el régimen de la estimación objetiva (EO) para el IRPF y un régimen especial para la agricultura en el IVA, frente a la propiedad colectiva que debe tributar siguiendo el Impuesto de Sociedades”, concluye la investigación.

Medio Rural plantea bonificaciones para impulsar las agrupaciones forestales

La Consellería de Medio Rural es consciente de que la fiscalidad desincentiva las agrupaciones de propietarios forestales y castiga a las comunidades de montes y plantea cambios, aunque tributos como Sociedades o el IVA son competencia del Estado.

Aún así, en el nuevo Plan Forestal, que aún está pendiente de aprobación, propone una batería de propuestas de mejora fiscal para que sean asumidas por la Xunta o bien trasladadas al Gobierno central.

En el IRPF pide que la actividad forestal tribute toda por estimación directa (sistema de módulos). En cuanto al Impuesto de Sociedades, plantea reducir el tipo impositivo del impuesto de Sociedades que grava a las comunidades de montes y equiparar este régimen para las agrupaciones forestales de gestión conjunta.

  • Un 16% de IRPF para los comuneros

    Los particulares tributan el IRPF por el sistema de módulos con deducciones de entre el 5 y el 30%. A los comuneros se les aplica un 16% sobre sus ganancias.

  • La exención en Sociedades

    Los particulares están exentos de pagar el Impuesto de Sociedades. Los comuneros además de pagarlo, tienen una carga del 25% sobre los ingresos no reinvertidos.

  • Sin diferencias en el IVA

    Si el monte vecinal no llega a los 300.000 euros de ingresos anuales, no hay diferencias en el IVA con los propietarios privados.

También piden la creación de un régimen de estimación objetiva (módulos) en el impuesto de Sociedades para montes vecinales y agrupaciones forestales, igual que el que se aplica en el IRPF.

La Xunta defiende que haya “coeficientes reductores” a los ingresos que provengan de la actividad “para ajustar el resultado fiscal a la realidad” y elaborar un plan sectorial de contabilidad que recoja las características diferenciadas de la actividad silvícola, especialmente en la valoración de las existencias, puesto que hay diferencias según el tiempo transcurrido desde que se hace la plantación hasta que se hace la corta.

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