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Multas ejemplarizantes de la Xunta a los dueños de fincas abandonadas

Terrenos cubiertos con maleza

Quienes tengan fincas abandonadas, sobre todo si son de alto valor agrario, tendrán que empezar a trabajarlas, arrendarlas a terceros o cederlas al Banco de Terras. Lo contrario les podría salir caro. Se arriesgan a sanciones de hasta 6.000 euros, además de multas coercitivas de hasta 1.000 euros al mes mientras no pongan a producir la tierra. En los casos más graves, cuando la parcela tenga una superficie superior a las 10 hectáreas, la Xunta podrá incluso hacer públicos los nombres de los infractores en la prensa. Pero este régimen sancionador no se aplicará solo a los propietarios de tierras en situación de abandono sino también a los de aquellos predios que estén “infrautilizados”, es decir, cuya actividad no coincida con los usos que determinará la Consellería de Medio Rural a través de un nuevo Catálogo de suelos agropecuarios y forestales.

A través de la futura Lei de Recuperación de Terras la Xunta quiere movilizar tierras abandonadas, no solo para revitalizar el campo sino también para luchar contra la lacra de los incendios. El borrador del Plan Forestal prevé rescatar en los próximos veinte años 150.000 hectáreas de tierras agropecuarias en desuso y 35.000 hectáreas de monte que está sin explotar.

  • La graduación del castigo

    Si el predio tiene menos de 1 hectárea la multa será de hasta 600 euros. Se elevará a 3.000 euros si no llega a 10 hectáreas y, a partir, de ahí sube hasta 6.000 euros.

  • Sanciones coercitivas

    La nueva ley de Medio Rural contempla también multas coercitivas de hasta 1.000 euros al mes para apremiar al propietario a poner a producir la finca.

  • Difundir el infractor

    En las multas consideradas muy graves, a propietarios de más de 10 hectáreas, la Xunta podría difundir el nombre del infractor en la prensa.

Para ello, según contempla la nueva norma, la Xunta podrá declarar parcelas en estado de abandono o infrautilización. Pero, ¿cuándo una parcela se puede considerar abandonada o mal aprovechada? Según recoge la normativa, una tierra agroforestal en situación de abandono es aquella en la que “no se realiza ningún tipo de actividad agrícola, ganadera o forestal, y que presenta una cubierta herbácea, arbustiva o arbórea espontánea en la mayor parte de su superficie”. Quedarán exceptuadas las tierras en barbecho o las zonas cuyos valores ambientales, patrimoniales o paisajísticos deben ser objeto de protección.

Por otro lado, se considerará que una parcela está infrautilizada “cuando su actividad no coincida con el Catálogo de suelos agropecuarios y forestales”. Sería el caso, por ejemplo, de un terreno con buenas aptitudes para la agricultura que se haya destinado a la plantación de eucaliptos.

Si las fincas responden a esta descripción se abrirá entonces una investigación para identificar a los propietarios. Si no aparecen, podrá incorporar el predio directamente al Banco de Terras de la Xunta y si en un plazo de cinco años nadie acredita la propiedad de la finca pasaría a titularidad pública.

  • Lei de Recuperación de Terra Agraria de Galicia Infracciones leves - Fincas en estado de abandono o infrautilizadas de menos de 1 hectárea: Apercibimiento o multa de hasta 600 euros Infracciones graves - Fincas en estado de abandono o infrautilizadas de entre 1 hectárea y 10 hectáreas: Multa de entre 601 y 3.000 euros Infracciones muy graves - Fincas en estado de abandono o infrautilizadas de más de 10 hectáreas: Multa de entre 3.001 y 6.000 euros

Si se localiza a los dueños se les dará un plazo de 15 días para elegir entre tres opciones: comprometerse a trabajar la tierra conforme a los usos fijados por la Xunta en su Catálogo de suelos agropecuarios y forestales, traspasar la tierra a un tercero para su gestión o cederla al Banco de Terras. Si optan por una de esas alternativas pero no cumplen la Xunta podrá imponerles multas coercitivas en periodos mensuales de hasta 1.000 euros hasta que pongan a producir la tierra.

En caso de negarse a aceptar ninguna de las opciones, Medio Rural podrá declarar las fincas en estado de abandono en el plazo máximo de un año desde la apertura del expediente. Y los propietarios de predios inferiores a una hectárea podrán ser multados con hasta 600 euros por una infracción leve. Si la parcela es de hasta 10 hectáreas la sanción podría elevarse a 3.000 euros. Y los titulares de terrenos superiores a las 10 hectáreas afrontan una penalización de hasta 6.000 euros y el nombre del infractor podría ser difundido por la Xunta a través de la prensa.

Medio Rural definirá los usos y cultivos más viables para cada zona del territorio

Para recuperar tierras agrarias con éxito, la Xunta considera que tiene que haber una ordenación de la actividad agraria, ganadera y forestal, de manera que estos usos se asienten en los emplazamientos más adecuados. “Esto favorecerá el progreso económico y la cohesión social del territorio rural”, explican en la nueva Lei de Recuperación de Terras. “La planificación de los usos del suelo facilita una mayor eficiencia económica de las actividades agrarias al mismo tiempo que garantiza su sostenibilidad ambiental”, añaden.

Con este argumento, la Consellería de Medio Rural elaborará un Catálogo de suelos agropecuarios y forestales de Galicia, donde clasificará la totalidad de los terrenos en función de su aptitud productiva y su potencial. Para ello analizará factores físicos, ambientales, estructurales, ambientales y socioeconómicos.

Según explican en la ley, la clasificación de cada terreno podrá tener distintos niveles de desagregación. Podrá limitarse a delimitar si son suelos agrarios, ganaderos o forestales o ir más al detalle e identificar qué cultivos o aprovechamientos son mejores para esa zona.

Además, tanto en los terrenos agroganaderos como en los forestales el catálogo identificará los suelos de “alta productividad agropecuaria y forestal”, que tendrán una mayor protección para evitar, por ejemplo, que tierras de alto valor agrario se terminen convirtiendo en eucaliptales.

Este catálogo establecerá también los usos agropecuarios y forestales que estarán permitidos, prohibidos y serán autorizables en cada uno de los terrenos.

Además esta herramienta se podrá complementar con catálogos parciales que analicen los usos de cada parcela en ámbitos territoriales más pequeños.

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