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Los compradores adelantan la compra de vivienda a finales de año para sortear el alza fiscal

Cartel de “se vende” en un piso en Vigo. | // ALBA VILLAR Lidia Montes

El mercado inmobiliario se revoluciona en la recta final del año y no es casual. Fue en julio que entró en vigor la ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. Una norma que, entre otros aspectos, modifica, a partir del 1 de enero de 2022, la valoración tributaria de los impuestos y podría incrementar las bases imponibles de los tributos de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Sucesiones y Donaciones, y Patrimonio. Frente a esta posible escalada de los gravámenes, se apresuran las operaciones de compras de viviendas en los últimos meses del ejercicio.

Ante esta coyuntura y con la intención de tributar una cuantía menor, los compradores adelantan sus adquisiciones, reconoce Rubén Rúa, coordinador del Grupo de Expertos de Catastro y Haciendas Locales de la Asociación Española de Asesores Fiscales. De la mano, se ha producido un incremento sustancial en el número de consultas para realizar estas operaciones, coinciden Jaime Romero, notario y delegado del Colegio Notarial de Galicia en Vigo y Estefanía Loureiro, CEO de Grupo Galo.

No será hasta el próximo 20 de diciembre que “se harán públicos los valores de referencia de la base imponible”, comenta Rúa, “hasta entonces es todo incertidumbre”. Una incerteza que apremia a adelantar las adquisiciones de inmuebles para evitar la potencial subida de la factura tributaria. “No sabemos cual será la base imponible para calcular esos impuestos. Se prevé que será superior”, continúa Rúa. Por lo que el experto estima que tras este acelerón de las ventas de inmuebles se producirá un parón de las operaciones, tras el arranque de ejercicio, de entre tres y cuatro meses. “Hay gente que pretende vender antes de que cierre el año porque no sabe bien cómo es el proceso. Pero a quien afecta es al comprador no vendedor”, detalla Loureiro.

El cambio legislativo gestado por el Ministerio de Hacienda elimina ese concepto de valor real de los inmuebles transmitidos, el mismo en el que se basaba el cálculo de las bases imponibles. Un concepto que tumbó el Tribunal Supremo tras años de alta ligitiosidad y que pasará a ser sustituido por un valor de referencia, un cálculo efectuado a partir de los datos catastrales. Así, a partir del próximo enero, entrado el nuevo ejercicio, se establecerá automáticamente como base imponible el valor de referencia. Un mecanismo que sustituye al procedimiento anterior en el que el contribuyente declaraba el valor de la compra y era la administración quien podría comprobarlo.

“Hay consultas, pero todo está en el aire. Está la cosa caliente”, matiza Romero. Y es que, advierte, este tipo de decisiones requieren de muchas operaciones previas: como la tramitación de préstamos hipotecarios, el tiempo destinado a garantizar la transparencia del proceso para el consumidor y el cliente bancario. “La Xunta, en sus prepuestos plantea una rebaja del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales para el año que viene. Esa subida del valor de referencia se puede ver suavizada por la rebaja del tipo impositivo del 10% al 9%. Esto hace que la gente esté más tranquila”, resuelve el delegado del Colegio Notarial de Galicia en Vigo.

Con la nueva ley de Prevención de Fraude Fiscal, cambia el valor de referencia con el que se calculará el pago de estos impuestos. En caso de que el valor de compra sea inferior al que figura en el nuevo mapa de referencia catastral, el comprador tendrá que tributar por el valor de referencia. Si el precio de la operación es superior, se tributará por el precio de compraventa. De esta manera, la carga fiscal será mayor si el precio del valor de referencia es superior al precio de venta.

El comprador, objeta Rúa, “no tiene armas para cambiar la valoración del inmueble previa compra”. Y es que si bien es el comprador el que paga los impuestos de la transmisión, “no tiene posibilidad de alterar el registro catastral porque no es el propietario”. De esta manera, si el valor estuviera mal calculado, tendría que pagar en base a éste y luego recurrirlo, una vez sea titular del inmueble “Ya tenemos clientes firmando propuestas para recurrir el valor de compraventa a partir del 1 de enero”, asegura, “también nos han contactado bancos para recurrir la valoración”.

Mapa catastral

El pasado octubre se publicó el mapa que establece los valores de referencia los inmuebles a partir de 2022, que condicionará cuánto debe pagar en impuestos quien compre una vivienda.

Cálculo del tributo

Estos valores primarán si el valor de compra en inferior y afectarán a la base imponible sobre lo que se calcula el Impuesto de Transmisiones para vivienda usada.

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