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La captación de menores y mujeres para el yihadismo ocurre a diario en España, según el fiscal Perals

El fiscal del caso Neymar y del cerco al Parlament analiza en la Agasp la regulación de los delitos de atentado, desorden público y terrorismo

El fiscal de la Audiencia Nacional José Perals, ayer, en la Agasp. // Bernabé / Javier Lalín

La captación de menores y de mujeres víctimas de trata para convertirlas en cónyuges, compañeras o esclavas sexuales de los terroristas yihadistas mediante un "adoctrinamiento exprés" efectuado muy a menudo mediante las redes sociales "está ocurriendo todos los días" en España y es objeto de investigación por parte de la Audiencia Nacional.

Tras la reforma del Código Penal que entró en vigor hace escasos meses, esto "se castiga más". Se introducen importantes novedades como "el castigo de este delito por imprudencia" y también que pase a ser delito el "adiestramiento o adoctrinamiento pasivo" que cometen los sujetos al consumir vídeos u otro material con la "finalidad de capacitarse" para perpetrar un atentado. "Se anticipa la acción penal" porque "no nos podemos quedar quietos mientras lo hacen, dado que la realidad demuestra que quien se autodoctrina así al final "acaba haciéndolo". Y al impulsar la acción penal también se busca la "reversión de ese adoctrinamiento". Así lo explicó ayer el fiscal de la Audiencia Nacional José Perals Calleja en la Academia Galega de Seguridade Pública (Agasp) radicada en A Estrada (Pontevedra) al analizar la nueva regulación de los delitos de sedición, atentado, desórdenes públicos y terrorismo en el marco de las "Xornadas sobre as reformas en materia penal". organizadas por la Vicepresidencia de la Xunta y la propia academia.

Perals -muy conocido por haberse encargado del caso Neymar- se mostró crítico con una reforma exprés que apenas tardó "mañana y media en debatir más de la tercera parte del Código Penal". No ocultó que, en relación con algunos aspectos, le parece "nada afortunada". Así, por ejemplo, se mostró crítico "desde el punto de vista técnico", no político, con que, en relación con el delito de atentado, se haya despenalizado intimidar gravemente a los agentes de la autoridad. Por el contrario, añadió, se ha sumado como posible sujeto pasivo del delito de atentado a bomberos y personal de seguridad privada. De ahí que concluyese que con la nueva reforma "están más protegidos los bomberos que los agentes de la autoridad". Lo atribuye a que la modificación del Código Penal fue acometida por funcionarios del ministerio que trabajaron sobre diferentes artículos por separado. Y ello impide la necesaria visión de conjunto que podría evitar despenalizaciones poco afortunadas.

No obstante, también valoró cambios que favorecen, por ejemplo, la lucha contra el terrorismo yihadista, de acuerdo con la resolución del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, que mostraba su inquietud ante el nuevo fenómeno terrorista e incitaba a los estados a cambiar sus normativas para penalizar las diversas fases del terrorismo internacional que golpeó con dureza a Occidente en los atentados perpetrados el 11-S, el el 11-M o el 7-J. Se ha demostrado que el terrorismo yihadista está "en constante evolución" y que usa "las nuevas tecnologías de modo masivo" para tener "una mayor presencia" y captar yihadistas para sus filas. Uno de los mayores problemas son "los lobos solitarios", especialmente los que van a Siria o Irak y pueden regresar con la intención de perpetrar atentados. Tambiénresulta muy preocupante la citada captación de mujeres y menores para engrosar las filas de estas organizaciones terroristas de ámbito internacional.

Perals consideró que "está bien" que el reformado Código Penal haya ampliado la finalidad del delito de terrorismo añadiendo el supuesto de quien pretende provocar el "estado de terror en la población". También aludió a la reforma de 2010 que declaró la imprescriptibilidad de los delitos de terrorismo y habló de cómo luchar contra su financiación o de cómo cambió la legislación paraacabar con el enaltecimiento o justificación del terrorismo que, por ejemplo también se apreciaba en casos registrados en el País Vasco. Ahora, también se lucha contra las supuestas prácticas de enaltecimiento a través de la red, considerando Facebook y Twitter como medios de comunicación.

En su ponencia, Perals repasó la nueva regulación mezclando contenidos teóricos -de análisis del nuevo Código Penal- con la utilización de sentencias que le servían para ejemplificar lo que estaba diciendo. Así lo hizo cuando habló de los delitos de terrorismo, atentado, desórdenes públicos (la regulación al respecto de los tres ha sido profundamente reformada a lo largo de 2015) y sedición (uno de los "pocos que se mantiene inalterable desde 1995" ).

Dos de las sentencias a las que aludió Perals fueron, precisamente, las relativas la caso del cerco al Parlament de Catalunya que se produjo en junio de 2011. Recordó que tuvo lugar tras el movimiento del 15-M. La Fiscalía perdió el caso en la Audiencia Nacional porque una sentencia de su Sección 1ª absolvió a los acusados al ver como eximente que lse habían confrontado a los parlamentarios para proteger los derechos de todos los ciudadanos tras el "vaciamiento" derivado de los recortes. No obstante -aunque Perals no dijo que él había llevado ese caso- tras un recurso de la Fiscalía, que entendía que esas 1.000 personas no podían actuar así porque afectaban al resto de los ciudadanos que habían votado a los diputados, el Tribunal Supremo condenó a ocho personas a prisión. "La historia europea demuestra que los ataques a los parlamentos" tienen consecuencias muy perniciosas, consideró Perals, abogando por no banalizar ese asunto.

Hoy las jornadas sobre la reforma del Código Penal continuarán en la Agasp con ponencias del profesor de Derecho Procesual de la USC, Bernardino Varela; y del presidente de la Audiencia Nacional, Ramón Navarro Miranda. El vicepresidente de la Xunta, Alfonso Rueda, clausurará las jornadas hoy a las 13.30.

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