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El escudo heráldico de Lalín

En el emblema institucional figura una banda de oro engolada en cabezas de dragón, el desaparecido Carballo da Manteiga y una corona condal por los Andrade y de Villalba

El escudo heráldico de Lalín

Hallándose facultados los Ayuntamientos españoles para adoptar un Escudo de Armas en el que se recojan, con adecuada simbología y conforme a las normas de la heráldica, los hechos más destacados de la historia de la villa, dignos de figurar en su Blasón, el Ayuntamiento de Lalín, considerando que su escudo no era representativo, desea disponer de una Enseña heráldica propia en la que se perpetúen y divulguen las glorias y virtudes del pasado, simbolizadas en las figuras y colores del Blasón.

El día 10 de febrero de 1977, la Alcaldía del Ayuntamiento de Lalín, publicó un decreto, acerca de la conveniencia de adoptar un Escudo de Armas que correspondiera a los hechos históricos más sobresalientes de la villa y sirviese para autorizar, entre tros asuntos, los documentos oficiales. El Pleno del Ayuntamiento, del 19 del mismo mes y año, acordó por unanimidad, aceptar la iniciativa para que se procediera a la instrucción del oportuno expediente, facultando a la Alcaldía a fin de que encargase a una persona competente la realización de los estudios e investigaciones pertinentes para formular la correspondiente memoria.

Se encargó este trabajo a José Crespo Názara, para que realizara las actuaciones pertinentes y aportara los datos históricos para su diseño. Teniendo en cuenta que sus datos interpretaban fielmente los hechos más destacados del pasado del municipio, merecedores de ser representados en el que sería a partir de entonces el Blasón municipal, la corporación reunida nuevamente el día 6 de abril de 1977, y en virtud de las atribuciones (enumeradas en el apartado b) del artículo 121 de la Ley de Régimen Local y su texto refundido de 24 de junio de 1955, en relación con el 122 número 11 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones locales, de 17 de mayo de 1952, acordó, con el quórum legal establecido, aprobar el proyecto y diseño del escudo y remitirlo al Ministerio de la Gobernación.

Siguiendo la tramitación reglamentaria fue sometido al requisito de información pública mediante inserción de un edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, número 98 de fecha 29 de abril, así como la fijación de anuncios en el tablón de la Casa Consistorial y demás lugares de costumbre de la localidad, sin que durante el plazo de su exposición se presentara reclamación ni oposición alguna contra el mismo.

Los hechos aducidos por el Ayuntamiento de Lalín para extraer los antecedentes históricos en que fundamentar el Blasón, fueron el castillo erigido en la comarca y el célebre Carballo de Manteiga, representativo del paisaje predominante.

La Real Academia de la Historia emitió un dictamen previsto en el artículo 301 del Rreglamento anteriormente citado, manifestando que dentro del alcance representativo que primordialmente han de cobrar estos símbolos heráldicos, de un pretérito colectivo o de otros valores en estrecha vinculación a la localidad interesada, una más entre sus características, debe existir, cual es la diferenciadora castillos y árboles, aparecen reiterados insistentemente, sobre el campo de Blasones de esta índole, incluso sin llegar a establecerse entre ellos, muchas veces, el apetecido distinto aquél, tan importante para la verdadera eficacia representativa de unos y otros, por íntimas y poderosas causas que pudieran en este caso justificarlos.

El ayuntamiento y la jurisdicción entera de ésta, en la cual se integra y asienta Lalín, hubo de quedar incluida en el Mayorazgo de Zúñiga y Ulloa así como otras extensas tierras galaicas.

Por lo expuesto, el Ayuntamiento de Lalín podrá organizar su Escudo en la forma siguiente: Cortado primero, de sinople, la banda de oro engolada en cabezas de dragón del mismo metal (Andrade). Segundo, de plata, árbol de roble de sinople, terrazado de lo mismo. Mientras tanto, al timbre, llevará una corona condal, por los de Andrade y de Villalba, títulos que incorporados a la Ducal Casa de Alba son otro prestigio de la misma.

Cumplidos los requisitos y preceptos en la tramitación del expediente exigidos por el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones locales, y emitido el dictamen por la Real Academia de la Historia, el Ministerio de la Gobernación se mostró favorable a la petición, con la organización del Blasón en la forma arriba indicada.

Acuerdo definitivo

En la reunión de 20 de mayo de 1978, el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio y de conformidad con los dictámenes favorables emitidos por la Real Academia de la Historia y Dirección General de Administración Local, acordó autorizar al Ayuntamiento de Lalín adoptar su actual escudo heráldico municipal de acuerdo con el anterior dictamen.

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