Las gentes del campo que prenden fuego a los restos agrícolas apilados en sus propiedades deben proceder siempre con la máxima cautela, teniendo muy claro que la comunicación de las mismas no les exime de responsabilidades "por los daños o pérdidas a que hubiera lugar en caso de producirse un incendio forestal" derivado de las operaciones de quema controlada de rastrojos cuando se aprecie negligencia o imprudencia.