El Juzgado del Contencioso-Administrativo núm. 1 de Ourendictamina que se inadmite el recurso contra los acuerdos municipales de aprobación de la Relación de Puestos de Traballo (RPT) y el presupuesto municipal de 2015, interpuesto por parte de la Abogacía del Estado. Una sentencia que es firme y contra la que no cabe recurso.

El recurso contencioso-administrativo fue interpuesto contra los acuerdos del pleno de la corporación municipal de fecha 25 de septiembre y 20 de noviembre de 2014, por los que se aprobaron, respectivamente, la RPT y los presupuestos de 2015, en lo referente a los incrementos retributivos de los puestos de trabajo del secretario-interventor, administrativo, auxiliar administrativo, trabajadora social, auxiliar de Axuda no Fogar y coordinador de obras y servicios.

El Juzgado declara la inadmisión del recurso por haber sido recurridos los acuerdos impugnados fuera del plazo legalmente establecido. Y sobre el fondo del asunto del recurso, los incrementos retributivos indicados, que motivó una reclamación ante la Subdelegación de Gobierno en Ourense por parte del PSOE, el magistrado observa que "....no se produjo un incremento lineal de las retribuciones del cuadro de personal municipal (como en otros precedentes anulados en las sentencias citadas en la demanda). Se aprobó una RPT en la que se alteró la retribución de determinados puestos, de manera particularizada y diferente para cada uno, con una justificación específica reseñada en la memoria de la RPT y explicada o motivada pormenorizadamente en un informe posterior del secretario-interventor...". Informes en los que "se concluye que la masa salarial neta de todo el Concello entre 2014 y 2015 solamente se incrementó en 1.939,79 euros, diminuyéndose en 2016 en 4.247,18, porque entre otras razones se redujeron las funciones y retribuciones del personal eventual, transferiéndose al funcionario o al laboral indefinido. (?)".

Ante esta sentencia, el grupo de gobierno municipal transmite su satisfacción y señala que queda aclarado que los incrementos retributivos de determinados puestos de trabajo aprobados no tenían una finalidad electoralista, tal y como había manifestado el PSOE.