El 1 de enero entra en vigor la modificación de la ordenanza fiscal que regula el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) en Silleda, y que consiste en una bonificación del 95% de la cuota íntegra del impuesto que se aplica a construcciones rústicas indispensables para el desarrollo de las explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales. Aquí entran desde casetas de riego y de transformación e instalaciones ganaderas hasta granjas, invernaderos, balsas, tanques y silos. Ninguna de estas edificaciones tributaba hasta el presente año, cuando la Dirección General de Catastro fijó que 2016 era el plazo límite para actualizar la tributación de estas construcciones.

De este modo, el tipo de gravamen del IBI aplicable a los bienes de naturaleza urbana queda fijado en un 0,53%, mientras que el de bienes de naturaleza rústica es de un 0,43 y el de bienes de características especiales (Bices) es de 1,3%. La bonificación podrá solicitarse desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo, y su concesión se mantendrá en años sucesivos.