Fernando C.V., nacido en Agolada en 1973, ha quedado absuelto de las acusaciones de abusos sexuales a una sobrina cuando esta era menor de edad. El fiscal pidió para él 37 años y 3 meses de prisión como autor de siete delitos de abusos sexuales, en base al testimonio de la víctima y a un informe pericial que le daba veracidad. Pero la renuncia de la chica a ejercer la acusación en el juicio oral dejó sin base todo el proceso.

"No existen pruebas de contenido incriminatorio", concluyen los magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra, por lo que "se impone un pronunciamiento absolutorio" y la declaración de las costas de oficio. La resolución no es firme y contra ella cabe recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo en los cinco días siguientes a su notificación.

El proceso se inició a raíz de una denuncia presentada hace años por la presunta víctima y en la cual acusaba a su tío Fernando de abusar sexualmente de ella en siete ocasiones entre los años 1993 y 2004, es decir, desde que tenía 4 hasta que cumplió los 16 años, tanto en su casa familiar de Lalín como en Tenerife, pues ambos residieron un tiempo en Canarias. El Fiscal basó en el testimonio de la joven su petición de 37 años y 3 meses de cárcel y 57.000 euros de indemnización. También se apoyó en un informe elaborado por especialistas del Instituto de Medicina Legal de Santa Cruz de Tenerife, que en la presunta víctima apreciaron "síntomas ansioso-depresivos, problemas a la hora de relacionarse con los demás, desconfianza y suspicacia, así como "problemas de adaptación a nivel personal familiar, social y laboral", además de "una sintomatología de estrés postraumático asociada a los hechos denunciados". Pero el tribunal entiende que el informe pericial "no constituye prueba, sino que queda sin valor, ante la no ratificación de los hechos por la presunta víctima". Esta manifestó en el juicio que no podía confirmar los hechos y que cuando puso la denuncia estaba pasando por una depresión. Una tía suya y hermana del acusado refirió que la propia joven le había contado dos años atrás que quería retirar la denuncia.

En definitiva, "no ha quedado acreditado que desde 1993 hasta 2004 el acusado hubiera mantenido cualquier tipo de contacto o relación sexual con (su sobrina)", considera el tribunal, que aceptó la petición de "libre absolución" de Fernando C.V., defendido por la letrada Nuria Llanera.