Un extrabajador del Concello de Lalín presentó una reclamación administrativa previa a la vía jurisdicional en relación con la extinción de su contrato, vinculado al extinto programa municipal "Entornos Saudables".

La demanda se registró el 19 de abril y el trabajador -licenciado en Educación Física- transmite al Ayuntamiento su disconformidad con la cuantía indemnizatoria recibida por la extinción de su relación laboral. El técnico venía desarrollando sus tareas en el programa "Entornos Saudables" desde el 24 de abril de 2008, aunque el gobierno local señala en su informe que el profesional fue dado de alta mediante una subvención de la Dirección Xeral de Saúde Pública para cofinanciar y desarrollar estilos de vida saludables. Mediante decreto de la alcaldía, el 8 de marzo se decide suspender la relación contractual del demandante -también de otra técnica cesada- y el Concello decide eliminar este programa específico con efectos del 31 del mismo mes. Según establece el informe municipal, el Concello pone a disposición del afectado la documentación escrita de la indemnización de 20 días por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año. La supresión de "Entornos Saudables" fue justificada por la administración local por carecer de financiación; es decir, opta por cancelar el servicio.

El 31 de marzo el trabajador declara que considera "saldado y finiquitado -el contrato-, renunciando a reclamar algún otro emolumento o indemnización que me pertenezca o pudiera pertenecer en el futuro". En la propuesta de liquidación reclama el pago de los días de vacaciones -seis- y la temporalidad del servicio. El Concello desestima la reclamación alegando además que la cuantía indemnizatoria está acreditada con certificación bancaria el 1 de abril, entendiendo así que existe voluntad de realizar el pago de la liquidación.