La sección séptima de la Audiencia Provincial de Madrid acaba de absolver a las quince personas imputadas en el caso por la supuesta filtración de exámenes de acceso a la Guardia Civil, que fue destapada hace una década en los juzgados de la capital dezana y por la que estaban imputados cinco vecinos de la comarca, cuatro de ellos del municipio de Lalín y el quinto de Rodeiro.

Así, estaban encausados los lalinenses Tomás Pereira Gil, su padre Tomás José Pereira Rodríguez, José Antonio Ferreiroa Dobarro y Ramón Silva Donsión y el rodeirense Luis Cambeiro Fernández. Además, también han quedado libres de cargos el supuesto líder de esta trama, el cacereño Paulino Osado Robledo, sobre el que pesaba la petición de la pena de cárcel más elevada y la también gallega María Begoña Pacio López, del municipio lucense de A Pastoriza. Los restantes implicados, ya absueltos, son las canarias Carmen Delia Mújica Rivero, Natalia Raquel Pérez Alzola, y Laura Castellano Martón, los madrileños Arancha Sánchez Mascaraque, Javier Corporales Bartulos y José Luis Álvarez García, el bilbaíno José Ignacio Moreno Pérez y el castellonense Óscar Gálvez Sanguino.

Cabe señalar que el Ministerio Fiscal realizaba distintas solicitudes de cárcel para los imputados que oscilaban entre los seis meses y los once años de prisión y peticiones de inhabilitación especial, aunque finalmente la sentencia no ha tenido en consideración sus argumentaciones y ha absuelto a todos los acusados. El departamento público los imputaba, aunque con distinciones según la supuesta implicación en la trama, por los delitos de revelación de secretos con grave daño a la causa pública, falsedad en documento oficial, prevaricación y tenencia ilícita de armas.

Básicamente, la sentencia del tribunal madrileño considera que las pruebas practicadas en torno la revelación de secretos por filtrar exámenes de acceso a la Guardia Civil son nulas y también que la falsedad documental no se produce en este caso, ya que constata actuaciones relativas a la validez de las titulaciones obtenidas por algunos de los acusados que aspiraban a entrar en la Benemérita. En este sentido, cabe recordar que el caso se centraba, en parte, en la consecución de títulos académicos falsificados para candidatos a entrar en el Instituto Armado que carecieran de los estudios necesarios para ello.

Eso sí, la Audiencia ha llegado a esta sentencia pese a descartar la nulidad de las intervenciones telefónicas practicadas como medio de investigación, como solicitaban las defensas, aunque dudando de su validez como prueba de cargo. También ha rechazado otras peticiones de los abogados referidas a la vulneración de los derechos fundamentales de los acusados y descartó que se produjera una obtención ilegal de pruebas.

Finalmente, contra la sentencia abre la posibilidad de interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo por espacio de cinco días.